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CUENTA Nº 47
Despacho del
jueves cuatro (04) de abril de 2002. Se abrió la sesión presidida por el
Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado
Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
1.- Expediente Nº 2002-000041: OLGA PETIT GARCÉS, asistida por el abogado Julio Cesar Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020218-097 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 18 de febrero de 2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12 de marzo de 2002, mediante la cual se declaró Inadmisible el recurso interpuesto por la mencionada ciudadana contra el proceso comicial celebrado en fecha 21-09-2001 en el Sindicato Único Nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Nutrición (SUNEP-I.N.N.).
Se acordó solicitar los antecedentes administrativos, así como también el
informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente
recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el
Oficio Nº 02-164.
2.-
Expediente Nº 2001-000098:
Luis Alberto Albarrán Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
15.511, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ÁNGEL DAVID PAREDES, interpone recurso
contencioso electoral contra la Resolución Nº 010524-143, emanada del Consejo
Nacional Electoral en fecha 24-05-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 107 de
fecha 27-06-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano, contra nueve (9) actas de escrutinio
que señala y que corresponden a la elección de Alcalde del Municipio Las
Mercedes del Llano del Estado Guárico, celebradas en fecha 30-07-2000.
Vista la
diligencia presentada en fecha 18-03-2002, por el abogado Gustavo Adolfo
Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.833, mediante la cual
solicita copia certificada de la totalidad del expediente, se observa que,
cursan a los folios 1 al 68, 73 al 263 Vto. y 268 al 319 del expediente,
documentos en original o
certificados, por lo que esta Sala ACORDÓ expedir su
certificación. Con relación a los documentos que cursan a los folios 69 al 72 y
264 al 267 del expediente, esta Sala NEGÓ su certificación por no cursar
los mismos en original, hecho este que impide su confrontación, de allí que se
ordenó su expedición en copia simple.
3.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí
Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se
reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01
por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de
Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y
reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización,
Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión
Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas,
Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.
Vista la diligencia presentada en fecha 03-04-2002, por el abogado Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, mediante la cual solicita prórroga del lapso de evacuación de pruebas, esta Sala, de conformidad con el principio de la preclusividad de los lapsos procesales, negó la aludida solicitud de prórroga del lapso de evacuación de pruebas.
4.- Expediente Nº X-2002-000006: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone medida cautelar innominada con recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006. (Recurso Principal Expediente Nº 2002-000024)
Visto el escrito presentado por el abogado Roberto
Hung Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97, actuando con el
carácter de apoderado judicial del Comité Olímpico Venezolano, anexo al cual
consigna material electoral concerniente al proceso comicial, efectuado en el
referido Comité Olímpico, a los fines del mejor manejo del expediente, se
ordenó agregar al expediente el referido escrito y formar una (1) pieza de
anexo identificada con el número 1.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
5.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí
Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone recurso
contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del Consejo
Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se reconoce la
validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01 por los
cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de Trabajadores
Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y reconoce la
validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización, Proclamación y
Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión Electoral de
FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas, Ramón
Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.
Se designó ponente al Magistrado
Doctor ALBERTO MARTINI
URDANETA, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la
presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, ello de
conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio
y Participación Política.
ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS
AUTOS:
6.- Expediente Nº 2002-000038: Edilberto José Natera Barreto, inscrito
en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado
judicial del ciudadano AGALDES JOSÉ GONZÁLEZ, interpone recurso contencioso
electoral contra la Resolución Nº
020219-105, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-02-2002,
publicada en Gaceta Electoral Nº 152, de fecha 06-03-2002 y contra la elección
del ciudadano Cristóbal Jiménez como Alcalde del Municipio Pedernales del
Estado Delta Amacuro. Resolución mediante la cual se ratifica la proclamación
del ciudadano Cristóbal Jiménez como
Alcalde del Municipio Pedernales del Estado Delta Amacuro.
El
abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212,
actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de
derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente
recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el
referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como
apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar dos (2) piezas
separadas con los restantes recaudos
que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos
relacionados con el caso.
7.- Expediente Nº 2002-000039: Edilberto José Natera Barreto, inscrito
en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado
judicial del ciudadano CARLOS GORDONES, interpone recurso contencioso electoral
contra la Resolución Nº 020204-64, emanada del Consejo Nacional Electoral en
fecha 04-02-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 152 de fecha 06-03-2002,
mediante la cual resolvió el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano
en fecha 25-08-2000 contra once (11) Actas de Escrutinio correspondientes a la
elección de Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre.
El abogado Ariel Rodríguez Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.955, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (1) pieza separada con el recaudo identificado con la letra “B” que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.
DILIGENCIA EN:
8.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí
Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se
reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01
por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de
Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y
reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización,
Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión
Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas,
Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.
El abogado Félix Roque Rivero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.249, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Rafael José Rosales Nieves, consignó diligencia mediante la cual se opone a la solicitud de prórroga del lapso de evacuación de pruebas, formulada por la parte actora.
9.- Expediente Nº 2002-000035: VIRGILIO
BRICEÑO, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID
DUARTE, HERNAN ECHENIQUE, JESÚS DELGADO, ANA WUILERMA BELISARIO, JOSÉ LUIS
NOGUERA, OLGA TORRES y JOSÉ LAGUNA, integrantes de la Comisión Electoral del
Sindicato Unificado de Trabajadores de Artes Gráficas, Similares y Conexos del
Distrito Federal y Estado Miranda (S.U.T.A.G.S.C.) y CARLOS REYES, MIGUEL
REYES, NICOLAS GONZÁLEZ, RAFAEL BRAVO, CONSOLACIÓN PINEDA, FRANCISCO PEÑA,
CARLOS CORRO, NIEVES DELGADO y EVELIO PALACIOS, integrantes de la Junta
Directiva del referido Sindicato, electa el 16 de octubre de 2001, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020130-053, de fecha
30-01-02, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual resuelve
dejar sin efecto las elecciones realizadas el 16-10-01 en el mencionado
sindicato.
El abogado VIRGILIO BRICEÑO, actuando con el carácter de apoderado judicial de los accionantes, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.
10.-
Expediente Nº 2002-000018: SAÚL
ANTONIO BERMÚDEZ, asistido por el abogado Reinaldo Bermúdez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 71.037, interpone recurso contencioso electoral
contra la Resolución Nº 020118-030, emanada del Consejo Nacional Electoral en
fecha 18 de enero de 2002 y publicada en Gaceta Electoral Nº 144 del 21 de
enero de 2002, mediante la cual se reconoce la validez del proceso electoral de
la Federación Venezolana de Maestros (F.V.M.), celebrada en fecha 13-11-2001.
El
ciudadano SAÚL ANTONIO BERMÚDEZ, asistido por el abogado Reinaldo Bermúdez,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.037, consignó escrito mediante el
cual apela del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 1-04-2002,
mediante el cual se declaró inadmisible la prueba de exhibición de documentos
contenida en el capítulo II del escrito probatorio presentado en fecha
21-03-2002.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
11.- Expediente Nº 2002-000025: ERNESTO SIMÓN RIVAS, asistido por los abogados Francisco López Mercado y Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 44.203 y 72.042, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020121-003 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 21-01-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 146 de fecha 31-01-2002, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de impugnación interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Unificado de Trabajadores Expendedores de Productos Derivados del Petróleo Similares y Conexos del Estado Aragua (SUTRA-PETROL).
El ciudadano Ernesto Simón Rivas, asistido por el abogado Francisco López Mercado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.203, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
12.- Expediente Nº 2002-000025: ERNESTO SIMÓN RIVAS, asistido por los abogados Francisco López Mercado y Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 44.203 y 72.042, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020121-003 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 21-01-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 146 de fecha 31-01-2002, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de impugnación interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Unificado de Trabajadores Expendedores de Productos Derivados del Petróleo Similares y Conexos del Estado Aragua (SUTRA-PETROL).
El ciudadano Ernesto Simón Rivas, asistido por el abogado Francisco López Mercado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.203, consignó escrito mediante el cual denuncia la adulteración del expediente y forjamiento de documentos, en la presente causa.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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