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CUENTA Nº 31
Despacho del
martes cinco (05) de marzo de 2002. Se abrió la sesión presidida por el
Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente
Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.-
Expediente Nº 2001-000213:
WILMER JOSÉ GUTIÉRREZ REYES, asistido por el abogado Alexy Palmar Castillo, inscrito
en el Inpreabogado bajo el Nº 14.696, interpone recurso contencioso electoral,
contra la Resolución Nº 011207-471, emanada del Consejo Nacional Electoral, en
fecha 07-12-2001, mediante la cual declaró con lugar el recurso jerárquico
interpuesto por los ciudadanos Henry Márquez, Argenis Rivas, Víctor Valles y
Rafael Suárez, contra la elección de las autoridades del Sindicato de Obreros y
Empleados Petroleros de Tía Juana (S.O.E.P.T.J.); revoca el reconocimiento
otorgado por el Consejo Nacional Electoral
y en consecuencia declara la nulidad del acto de votación realizado el
día 10-10-2001, convoca a una Asamblea
General para el día 13-12-2001, en la cual se designará la nueva Comisión
Electoral y fija como nueva fecha para la elección de las nuevas autoridades
del referido Sindicato el día 19-12-2001.
Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que esta Sala dicte el
fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15)
días de despacho, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la
Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.
DILIGENCIA EN:
2.- Expediente Nº 2002-000027: ORLANDO JOSÉ
URDANETA JIMÉNEZ, asistido por el
abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
32.190, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de suspensión de
efectos contra las
Resoluciones Nos. 011212-332 y 020128-049, emanadas del Consejo Nacional
Electoral en fechas 12 de diciembre de 2001 y 28 de enero de 2002,
respectivamente, publicadas en Gaceta Electoral Nos. 141 y 147,
respectivamente, el proceso electoral
realizado en fecha 27 de enero de 2002
para elegir al Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda y contra las
Actas de Escrutinio Nos. 12105725-290-3 y 13005726-060-8.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº
02-101, mediante el cual se solicita al
Presidente del Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos, así
como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados
con el recurso.
3.- Expediente Nº 2002-000028: Sergio Urdaneta, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando con el carácter de apoderado
judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone recurso de abstención o
carencia contra el Consejo Nacional
Electoral, por no haber resuelto el recurso jerárquico interpuesto en fecha
22-01-2001 por el mencionado ciudadano, contra la adjudicación de Concejales
por Lista en el Municipio Catatumbo del Estado Zulia, con ocasión de las
elecciones celebradas en fecha 3 de diciembre de 2000.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº
02-102, mediante el cual se solicita al
Presidente del Consejo Nacional Electoral los
antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el
recurso.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
4.- Expediente Nº 2002-000028: Sergio Urdaneta, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando con el carácter de apoderado
judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone recurso de abstención o
carencia contra el Consejo Nacional
Electoral, por no haber resuelto el recurso jerárquico interpuesto en fecha
22-01-2001 por el mencionado ciudadano, contra la adjudicación de Concejales
por Lista en el Municipio Catatumbo del Estado Zulia, con ocasión de las
elecciones celebradas en fecha 3 de diciembre de 2000.
El
abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558,
actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY,
consignó escrito (Acompañó anexo).
5.- Expediente Nº 2002-000025: ERNESTO SIMÓN RIVAS, asistido por los abogados Francisco López Mercado y Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 44.203 y 72.042, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020121-003 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 21-01-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 146 de fecha 31-01-2002, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de impugnación interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Unificado de Trabajadores Expendedores de Productos Derivados del Petróleo Similares y Conexos del Estado Aragua (SUTRA-PETROL).
El
abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212,
actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de
derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó
agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder
que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano
electoral y formar tres (3) piezas separadas con los restantes recaudos que acompañaron al escrito, por contener
los antecedentes administrativos relacionados con el caso.
6.-
Expediente Nº 2001-000213:
WILMER JOSÉ GUTIÉRREZ REYES, asistido por el abogado Alexy Palmar Castillo,
inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.696, interpone recurso contencioso
electoral, contra la Resolución Nº 011207-471, emanada del Consejo Nacional
Electoral, en fecha 07-12-2001, mediante la cual declaró con lugar el recurso
jerárquico interpuesto por los ciudadanos Henry Márquez, Argenis Rivas, Víctor
Valles y Rafael Suárez, contra la elección de las autoridades del Sindicato de
Obreros y Empleados Petroleros de Tía Juana (S.O.E.P.T.J.); revoca el
reconocimiento otorgado por el Consejo Nacional Electoral y en consecuencia declara la nulidad del
acto de votación realizado el día 10-10-2001,
convoca a una Asamblea General para el día 13-12-2001, en la cual se designará
la nueva Comisión Electoral y fija como nueva fecha para la elección de las
nuevas autoridades del referido Sindicato el día 19-12-2001.
El
abogado Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.462,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Henry Márquez,
Argenis Rivas, Víctor Vallas y Rafael Suárez, consignó escrito de conclusiones.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
7.- Expediente Nº 2002-000008: Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011116-433, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17-12-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la postulación del ciudadano Carlos Ramiro Orna como Alcalde del Municipio Camaguán del Estado Guárico.
El abogado Lorenzo Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Sebastián Navarro Marichal, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
8.- Expediente Nº 2002-000008: Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011116-433, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17-12-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la postulación del ciudadano Carlos Ramiro Orna como Alcalde del Municipio Camaguán del Estado Guárico.
El abogado Rafael Montano Nieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.898, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Ramiro Orna Rivera, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
9.- Expediente Nº 2002-000005: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HERMITO SEGUNDO BLANCO PÉREZ, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011122-447, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 136, de fecha 11-12-2001, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra actos y Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-100, mediante el cual se solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral la remisión de las cajas contentivas de las boletas de votación y los cuadernos de votación correspondientes a las Actas de Escrutinio señaladas en el auto de fecha 28-02-2002.
10.- Expediente Nº 2002-000005: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HERMITO SEGUNDO BLANCO PÉREZ, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011122-447, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 136, de fecha 11-12-2001, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra actos y Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia.
El
abogado Alexy Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
14.696, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Ramón José
Bracho Fonseca, consignó diligencia mediante la cual apela del auto dictado por
el Juzgado de Sustanciación de fecha 28-02-2002, en lo referente a la admisión
de la prueba indicada por el apoderado del recurrente en el punto tercero de su
escrito de promoción de pruebas.
DILIGENCIA
EN:
11.-
Expediente Nº 2001-000162:
Jorge Luis Meza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.861, actuando
como apoderado judicial de los ciudadanos ERIC ZULETA y HUGO CUICAS, mediante
el cual interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud
de medida cautelar innominada, contra la sentencia dictada por el Juzgado
Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Lara, en fecha 25 de septiembre de 2001, mediante la cual se acordó “MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE
LAS ELECCIONES DEL ‘SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR Y
SUS SIMILARES DEL ESTADO LARA (SUTTASEL)’”.
El ciudadano
Nelson Ricardo Cadevilla, asistido por el abogado Rafael Valbuena, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 1.866, consignó diligencia mediante la cual
manifiesta su interés en el procedimiento.
AUDIENCIA
CONSTITUCIONAL:
12.-
Expediente Nº 2001-000162:
Jorge Luis Meza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.861, actuando
como apoderado judicial de los ciudadanos ERIC ZULETA y HUGO CUICAS, mediante
el cual interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud
de medida cautelar innominada, contra la sentencia dictada por el Juzgado
Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Lara, en fecha 25 de septiembre de 2001, mediante la cual se acordó “MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE
LAS ELECCIONES DEL ‘SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR Y
SUS SIMILARES DEL ESTADO LARA (SUTTASEL)’”.
La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer de las acciones de amparo interpuestas por los ciudadanos ERICK G. ZULETA y HUGO CUICAS, contra las sentencias dictadas en fechas 25 de septiembre y 30 de octubre de 2001 por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; y por el abogado Ariel Rodríguez Salazar, actuando en su condición de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara el 30 de octubre de 2001, las cuales se encuentran acumuladas en la causa. 2.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta contra las referidas decisiones. 3.- IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida por el apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral. 4.- Se REVOCAN las decisiones emanadas del Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 25 de septiembre y 30 de octubre de 2001. 5.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Tomás Aquino Monasterios, Ramón Ventura y Carlos Zomer Rivas, contra la “Coordinadora del Consejo Nacional Electoral del Estado Lara”. El texto íntegro del fallo, será publicado en un lapso de cinco días continuos, contados a partir de la presente fecha.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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