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Sala Electoral
  • Fecha: 06 de febrero de 2002





CUENTA Nº 18

 

 

 

 

CUENTA Nº 18

 

 

 

Despacho del miércoles seis  (06) de febrero de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000019: Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó competencia para conocer de la apelación de la sentencia de fecha 17 de noviembre de 1999, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que resolvió el recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos Rufino Pérez, Marcial Segovia, Ramón Noguera, Francisco Sánchez, Gladys Flores, Félix Mena, Ramón Rodríguez, Héctor Ayala y Cesar Rocca, todos integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Único de Obreros al servicio de la Asamblea Legislativa del Estado Carabobo, asistidos por el abogado Atilio Hernández Ramírez, contra el proceso electoral del referido Sindicato, realizado en fecha  21 de enero de 1999. Oficio Nº 047, de fecha 06-02-01, remitiendo el expediente Nº 8961 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

Por recibido Oficio Nº 031, de fecha 22 de enero de 2002, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual se remite las resultas de la Comisión conferida por esta Sala, en fecha 29 de noviembre de 2001, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus anexos.

 

 

 

OFICIOS LIBRADOS EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000100: FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000, para elegir al  Alcalde del  Municipio Roscio del Estado Guárico.

 

Se libró Oficio Nº 02-060, mediante el cual se solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral,  para que dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a su notifica

ción, consigne las CAJAS CONTENTIVAS DE LOS INSTRUMENTOS DE VOTACIÓN correspondientes a las Actas de Escrutinio Nos. 4282 y 4284.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000148: LUIS FERNANDO RUEDA, GERMÁN ENRIQUE HERNÁNDEZ VILLASMIL, CARLOS JOSÉ LEÓN, GERMÁN HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, CARLOS CEGARRA RAMÍREZ Y RODRIGO MENA, asistidos por el abogado Julio Cesar Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15548, interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010914-278, aprobada  en sesión del 14-09-01, del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se ordenó a la Comisión Electoral de la Federación de Trabajadores del Calzado, Pieles Curtiembres Anexos y sus Similares de Venezuela (FETRACALZADO), admitir la postulación de la Plancha 200.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 02-059, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el fallo dictado por esta Sala en fecha 21-01-2002. Así mismo se le remitió expediente administrativo constante  de dos  (2) piezas.

 

 

4.- Expediente Nº 2002-000003: ORLANDO JOSÉ LIENDO LIENDO, asistido por la abogada Ingrid Beatriz Sánchez Faneites, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 37.963, interpone recurso contencioso electoral la Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación elaborada por la Comisión Electoral del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del Hospital Universitario de Caracas, (SUNEP-HUC), con motivo de las elecciones realizadas en el referido Sindicato en fecha 20-09-2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-056, mediante el cual se remite al Presidente del Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos, constante de dos (2) piezas. Remisión esta que  obedeció al auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral, en fecha 22-01-2001, mediante el cual se declaró INADMISIBLE el recurso contencioso electoral interpuesto.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000214: PEDRO LÓPEZ Y TYRONE TORRES, asistidos por la abogada Haidee del Carmen Rodríguez Reinoso, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 19.992, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011109-386, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 09-11-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos José Cova, Pedro López, Luis Reyes y Tyrone Torres, contra la admisión de la postulación de los ciudadanos Julio Ramos Díaz, Héctor Alvarado, Enardo Martínez y otros, para la elección de las autoridades del Sindicato Único de Trabajadores de Institutos Educacionales del Estado Carabobo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 02-045, mediante el cual se remite al Presidente del Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos, constante de una (1) piezas. Remisión esta que  obedece al auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral, en fecha 17-01-2002, mediante el cual se declaró INADMISIBLE el recurso contencioso electoral interpuesto

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000138: YLAYALY COROMOTO PACHECO BECERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 73.745, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de los ciudadano Belén Virginia García de Molina, José Luis Salamanca Mendoza, Iván Alexander Chacón Robles, Santos Gerardo Rincón Carrero, Eslendy Elizabeth Valero Useche, Anail Coromoto Rolon, Franklin Alexander Peñaloza Ramírez, Danilo Rueda Berbesi, Carlos Julio Rosales Zambrano, Rosmary Josefina Escalona Camargo y otros, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010829-288, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 29-08-2001, mediante la cual se declaró extemporáneo el recurso interpuesto en fecha 27-06-2001, contra las Resolución 17 y 18 de fecha 13-05-2000, y contra la Acta de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira dictadas por la Junta Regional Electoral del Estado Táchira del referido órgano electoral.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-044, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral el fallo dictado por esta Sala en fecha 22-01-2001. Así mismo se le remitió expediente administrativo constante  de una  (1) pieza.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000152: FRANCISCO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Salvador Salas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.825, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Resolución de fecha 24-09-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se ordena a la Comisión Electoral del Sindicato de Radio, Cine, Teatro, Televisión, Músicos, Similares, Afines y Conexos del Estado Lara, la suspensión del proceso electoral convocado para el día 25-09-2001, la inscripción  de la Plancha Nº 02 y  fija  como nueva fecha para las elecciones el día 15-10-2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio 02-058, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el fallo dictado por esta Sala en fecha 30-01-2002. Así mismo se le remitió expediente administrativo constante  de una  (1) pieza.

 

 

 

 

AUTO PARA MEJOR PROVEER

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000100: FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000, para elegir al  Alcalde del  Municipio Roscio del Estado Guárico.

 

La Sala acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral,  para que dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a su notificación, consigne las CAJAS CONTENTIVAS DE LOS INSTRUMENTOS DE VOTACIÓN correspondientes a las Actas de Escrutinio Nos. 4282 y 4284.

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000207: FRANCISCO CARACCIOLO ESPINOZA, asistido por el abogado Nelson Asdrúbal Morán Guilarte, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.431, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra “la postulación del ciudadano, profesor Jaime Manzo a la Presidencia del Comité Directivo Nacional de la Federación Venezolana de Maestros, en el proceso de renovación sindical de dicha federación realizado el 13 de Noviembre de 2001” y el cual se encuentra referida a la Resolución Nº 011112-392, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 12 de noviembre de 2001, y publicada en Gaceta Electoral Nº 134, de fecha 22 de noviembre de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Francisco Caracciolo Espinoza, en el cual solicitó se dejara sin efecto el acto de aceptación de postulación por la Comisión Electoral del ciudadano Jaime Manzo Manzo, como candidato a la referida Federación.

 

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 05-02-2002, por el ciudadano Francisco Caracciolo Espinoza, asistido por los abogados Nelson Morán Guilarte  y Edilberto Natera Barreto, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 50.431 y 47.548, respectivamente, así como sus respectivos anexos.

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000207: FRANCISCO CARACCIOLO ESPINOZA, asistido por el abogado Nelson Asdrúbal Morán Guilarte, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.431, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra “la postulación del ciudadano, profesor Jaime Manzo a la Presidencia del Comité Directivo Nacional de la Federación Venezolana de Maestros, en el proceso de renovación sindical de dicha federación realizado el 13 de Noviembre de 2001” y el cual se encuentra referida a la Resolución Nº 011112-392, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 12 de noviembre de 2001, y publicada en Gaceta Electoral Nº 134, de fecha 22 de noviembre de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Francisco Caracciolo Espinoza, en el cual solicitó se dejara sin efecto el acto de aceptación de postulación por la Comisión Electoral del ciudadano Jaime Manzo Manzo, como candidato a la referida Federación.

 

De conformidad con el artículo 397, único aparte,  del Código de Procedimiento Civil y con la sentencia dictada por esta Sala en fecha 6 de agosto de 2001, signada con el  número 99, se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01 por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización, Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas, Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.

 

El abogado Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, consignó diligencia anexa a la cual consignó la página 1-11 del diario “El Universal” del día 5-02-2002, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

12.- Expediente Nº 2002-000006: JESÚS GUZMÁN, asistido por el abogado Sixto Borrero Pineda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.028, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 011120-438, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 del 17-12-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Ramón Silva Ulloa y en consecuencia, anuló parcialmente el acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Elección de los Miembros de las Juntas Parroquiales de la Parroquia Bella Vista del Municipio Sucre del Estado Aragua, revocó la proclamación del ciudadano Jesús Guzmán  como miembro de la referida Junta y proclamó como legítimo Miembro al ciudadano José Ramón Silva Ulloa. 

 

El abogado Sixto Borrero Pineda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.028, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JESÚS GUZMÁN, consignó diligencia mediante la cual deja constancia de haber recibido las copias certificadas que fueron acordadas mediante auto de fecha 04-02-2002.

 

 

13.- Expediente Nº 2002-000008:  Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011116-433, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17-12-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la postulación del ciudadano Carlos Ramiro Orna como Alcalde del Municipio Camaguán del Estado Guárico.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-053, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral la admisión del recurso.

 

 

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

 

14.- Expediente Nº 2001-000203: NARCISO DÍAZ, HÉCTOR RAMÍREZ y JOSÉ PÁEZ, asistidos por el abogado Fabián Chacón López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 11.645, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 011009-384, de fecha 9-11-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los mencionados ciudadanos contra la admisión de la postulación de las Planchas Nos. 13 y 16, en el proceso electoral para elegir la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de la Universidad Central de Venezuela (SUTRAUCV- Caracas).

 

Por recibido Oficio Nº 35-00-273, suscrito por la Directora de Recursos Humanos de la Universidad Central de Venezuela, mediante el cual da respuesta a la solicitud formulada  por esta Sala mediante Oficio 02-037, anexo al cual remite Oficio Nº 35-DRyC/DyE-124-02, Oficio No. D.A.NOM.019/2002, así como un diskette contentivo de la información solicitada. Se acordó agregar al expediente los referidos Oficios. Por lo que corresponde al diskette el mismo quedó bajo la custodia de la  Secretaría de esta Sala.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO EN:

 

 

15.- Expediente Nº 2002-000014: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por las ciudadanas ODALIS BOADA y LUISA GARCÍA DE HERNÁNDEZ, asistidas por el abogado Mario Bastardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.525, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de la Universidad de Oriente. Oficio Nº 963-2001, de fecha 14-11-2001, remitiendo el expediente Nº 07987 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza)

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

16.- Expediente Nº 2002-000013: Andrey Gromiko Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.995, actuando en su propio nombre interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la decisión del Consejo Nacional de Universidades de reabrir la investigación disciplinaria iniciada en su contra en fecha 19-05-1998 y la cual fue cerrada mediante Resolución de fecha 18-02-1999, emanada del Consejo Nacional de Universidades.

 

Vista la diligencia presentada por el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui, en fecha 05 de febrero de 2002, mediante la cual manifiesta su imposibilidad de conocer de la presente causa, por encontrarse incurso en el supuesto de inhibición previsto en el ordinal 12 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se declaró  con lugar de la aludida inhibición, razón por la cual se procedió a la convocatoria del Segundo Suplente de esta Sala, Dr. Iván Vásquez Táriba.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

17.- Expediente Nº 2001-000094: VINICIO ROMERO MARTÍNEZ, actuando con el carácter de miembro de la SOCIEDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA,  asistido por el abogado José Vicente Haro, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.815, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los artículos 28, 57 y el parágrafo único del artículo 62 del Estatuto General de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, a los fines de que sean desaplicadas las referidas normas, en los comicios a celebrarse el día 23 de julio de 2001, para elegir la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad.

                       

El ciudadano Aníbal Laydera Villalobos, actuando con el carácter de Presidente de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, asistido por el abogado Jóvito Villalba Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 2116, consignó escrito.

 

 

SENTENCIA

 

 

18.- Expediente Nº 2002-000009: Sabino Garban Flores, Freddy José Leiva, Antonio Sousa Martins, Carlos Orlando Guedes, Pedro Roberto Guevara, Héctor Sastoque Pulido, José Ramón Betancourt, Olando Tovar Sandoval, Víctor Álvarez Cortez, Elías Herrera García, Andrés Herrera García, Miguel Ángel Centeno, Hernán García Paz, Mario Alberto Bravo y Pedro Emilio Medina, los dos primeros actuando en su propio nombre y representando a los nueve recurrentes siguientes, así como asistiendo a los cuatro últimos, representación que se realiza conjuntamente con el abogado José Vicente Arvelaiz, exceptuando a los ciudadanos a los ciudadanos Antonio Sousa Martins y Héctor Sastoque Pulido, interponen acción de amparo constitucional contra las amenazas inminentes por parte de la Junta Directiva provisoria de la Asociación Civil “Club Campestre Paracotos” y el Consultor Jurídico de la referida Asociación. La Sala se declaró INCOMPETENTE  para conocer del presente caso y  ORDENÓ remitir el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda a los fines de que se pronuncie sobre la acción de amparo interpuesta. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia Nº 22.

 

 

19.- Expediente Nº 2001-000058: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSÉ LEIVA, ANTONIO SOUSA MARTINS, CARLOS ORLANDO GUEDES, PEDRO ROBERTO GUEVARA, HÉCTOR SASTOQUE PULIDO, JOSÉ RAMÓN BETANCOURT, OLANDO TOVAR SANDOVAL, VÍCTOR ÁLVAREZ CORTES, ELÍAS HERRERA GARCÍA, ANDRÉS HERRERA GARCÍA y ERNESTO BUITRAGO LÓPEZ, interponen recurso contencioso electoral, contra el acta de Proclamación y subsidiariamente contra las elecciones para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos celebradas el día  04-03-2001. La Sala declaró IMPROCEDENTE  la solicitud de ejecución de sentencia, planteado por el abogado SABINO GARBÁN FLORES. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia Nº 23.

 

 

20.- Expediente Nº 2001-000121: Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de  Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,  declina la competencia en el expediente contentivo de la apelación interpuesta en fecha 15-01-1995, por el abogado Ramón Montes Sánchez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 22-12-94, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en recurso de nulidad intentado por  los ciudadanos Danilo Chirinos, Oscar Reyes, Williams Matheus, Ricardo Zerpa, Manuel Ramones, Aly Gómez y Antonio Mujica, contra las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Obreros y Empleados de Cementos Caribe, Similares y Conexos (SOECSC), Planta de Cumarebo, en el Estado Falcón. La Sala declaró: 1) DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 22 de diciembre de 1994, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. 2) CONFIRMA el fallo apelado. 3) RECONOCE, en forma provisoria y en los términos y condiciones contenidos en la motiva, a las siguientes autoridades del SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE CEMENTOS CARIBE C.A., SIMILARES Y CONEXOS (SOECSC) PLANTA DE CUMAREBO ESTADO FALCÓN: Junta Directiva: RUDY RAMÍREZ, C.I. N° 7.485.209, Secretario General. MIGUEL MORILLO, C.I. N° 9.932.794, Secretario de Organización. FREDDY LEAL, C.I. N° 5.290.013, Secretario de Finanzas. RICARDO ZERPA, C.I. N° 5.979.480, Secretario de Reclamos. Eudes gómez, C.I. N° 9.924.976, Secretario de Cultura y Propaganda. FRANCISCO CASTILLO, C.I. N° 10.708.522, Secretario de Actas y Correspondencia. PEDRO HERNÁNDEZ, C.I. N° 4.642.655, Secretario de Vigilancia y Disciplina. WILLIAMS MATHEUS, C.I. N° 7.473.201, 1er. Vocal. PABLO CHIRINOS, C.I. N° 7.496.970, 2do. Vocal. Saúl hernández, C.I. N° 4.787.835, 3er. Vocal. Tribunal Disciplinario: JESÚS ROMERO, C.I. N° 744.537. ANTONIO MUJICA, C.I. N° 3.362.632. ANTONIO ZAVALA, C.I. N° 10.700.545. CARLOS VARGAS, C.I. N° 7.494.632. OMAR MOTA, C.I. N° 6.595.155. Delegados a la Convención de Fetrafalcón: WILLIAMS MATHEUS, C.I. N° 7.473.201. MIGUEL MORILLO, C.I. N° 9.932.794. Delegado al Consejo Central de Fetrafalcón: RICARDO ZERPA, C.I. N° 5.979.480; quienes: a) no podrán realizar acto alguno de los calificados como de acción sindical, a saber: representar a sus miembros en las negociaciones y conflictos colectivos de trabajo, ni en los procedimientos de conciliación y arbitraje, así como tampoco promover, negociar, celebrar, revisar y modificar convenciones colectivas de trabajo; b) podrán realizar actos de contenido patrimonial de simple administración; c) no podrán realizar actos de contenido patrimonial que excedan de la simple administración, ni transigir, someter asuntos a compromisos arbitrales, desistir del procedimiento, de la acción o de recursos en caso de representación judicial, reconocer obligaciones, celebrar transacciones, convenimientos o desistimientos en juicio; y d) deberán autorizar los gastos necesarios para que tenga lugar el acto electoral de renovación de las autoridades del sindicato. 4) ORDENA a la provisoria y reconocida autoridad competente del Sindicato identificada en el numeral anterior, gestione ante el Consejo Nacional Electoral su inscripción en el Registro Electoral de Organizaciones Sindicales y solicite a ese órgano electoral la elaboración de un cronograma especial a efecto que tenga lugar proceso electoral de renovación de autoridades, en los términos dispuestos en la motiva. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 24.

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

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