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Sala Electoral
  • Fecha: 07 de marzo de 2002





CUENTA Nº 33

 

 

CUENTA Nº 33

 

 

 

Despacho del jueves siete (07) de marzo de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000029: Amarilis Gamboa Michelena, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 15.059, actuando con el carácter de apoderada judicial del  ciudadano RAMÓN E. RAMOS BERROTERÁN,  interpone recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y subsidiariamente medida cautelar innominada contra las Resoluciones Nos. 020122-44 y 020220-121 emanadas del Consejo Nacional Electoral en fechas 22 de enero de 2002 y 20 de febrero de 2002, respectivamente.

 

Se acordó solicitar los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 02-113.

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000100: FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000, para elegir al  Alcalde del  Municipio Roscio del Estado Guárico.

 

Se fijó el día lunes 11 de marzo de 2002, a las diez  de la mañana (10:00 a.m.) para que tenga lugar el acto de apertura de las cajas de resguardo de material electoral contentivas de las boletas de votación correspondientes a las Actas de Escrutinio números 4267 y 4268. Se acordó notificar al ciudadano Fiscal General de la República, a tal efecto se libró el Oficio Nº 02-112.

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000185: ALNARDO SIMANCAS, Presidente de la Caja de Ahorros de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo Municipal del Distrito Capital, FRANKLIN TORO, DIEGO SÁNCHEZ, JOSEFINA MAYORA, ÁNGEL RIVAS y LAURA MARTÍNEZ, actuando con el carácter de miembros del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia de la referida Caja de Ahorros, asistidos por el abogado Horacio de Grazia Suárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 84.032, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto contenido en el Oficio Nº FSCA-04203, de fecha 25 de octubre de 2001, dictado por el Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas, actuando por delegación de firmas del Ministro de Finanzas, mediante el cual se ordenó convocar a una Asamblea Extraordinaria a la referida Caja de Ahorros, a los fines de que “dentro de los quince días siguientes al recibo del ... oficio, siendo el punto único del orden del día: NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”.

 

Se ordenó solicitar Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la remisión de la Comisión  que le fuera conferida por esta Sala en fecha 19-12-2001, en el estado en que se encuentre. Se libró Oficio Nº 02-114.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente Nº 2002-000027: ORLANDO JOSÉ URDANETA JIMÉNEZ,  asistido por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.190, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de suspensión de efectos contra las Resoluciones Nos. 011212-332 y 020128-049, emanadas del Consejo Nacional Electoral en fechas 12 de diciembre de 2001 y 28 de enero de 2002, respectivamente, publicadas en Gaceta Electoral Nos. 141 y 147, respectivamente,  el proceso electoral realizado en fecha  27 de enero de 2002 para elegir al Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda y contra las Actas de Escrutinio Nos. 12105725-290-3 y 13005726-060-8.

 

La abogada Carmen Stebbing Villalonga, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.912, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que la acredita para actuar como apoderada judicial del mencionado órgano electoral y formar seis (6) piezas separadas con  los anexos identificados con las letras “B”, “C”, “D”, “E”, “F1”, “F2”, “F3” y “G” que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000028: Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone recurso de abstención o carencia  contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber resuelto el recurso jerárquico interpuesto en fecha 22-01-2001 por el mencionado ciudadano, contra la adjudicación de Concejales por Lista en el Municipio Catatumbo del Estado Zulia, con ocasión de las elecciones celebradas en fecha 3 de diciembre de 2000.

 

La abogada Carmen Stebbing Villalonga, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.912, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que la acredita para actuar como apoderada judicial del mencionado órgano electoral y formar una (1) pieza separada con  el anexo identificado con la letra “B” que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

 

6.- Expediente Nº 2002-000025: ERNESTO SIMÓN RIVAS, asistido por los abogados Francisco López Mercado y Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 44.203 y 72.042, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020121-003 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 21-01-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 146 de fecha 31-01-2002, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de impugnación interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Unificado de Trabajadores Expendedores de Productos Derivados del Petróleo Similares y Conexos del Estado Aragua (SUTRA-PETROL).

 

Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”. Se libraron los Oficios Nº 02-117, 02-116 y se expidió cartel de emplazamiento.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

7.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01 por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización, Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas, Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-107, mediante el cual se solicita al Director de la División de Exploración y Producción de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), la pruebas que se especifica en el auto de fecha 04-03-2002.

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01 por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización, Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas, Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-108, mediante el cual se solicita a la Comisión Electoral de la Federación de Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL), la prueba que fuera admitida mediante auto de fecha 04-03-2002.

 

 

9.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.

 

El ciudadano Tulio José Sánchez González,  inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre,  consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

10.- Expediente Nº 2002-000011: Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.

 

El ciudadano Raúl José León, asistido por el abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, consignó diligencia en la cual se dio por notificado del auto dictado en fecha 30-01-2002, renunció a los lapsos otorgados mediante el referido auto y consignó escrito de corrección anexo al cual consignó recaudos.

 

 

11.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.

 

Los ciudadanos Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, asistidos por el abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, consignaron diligencia mediante la cual se dan por notificados del auto dictado en fecha 30-01-2002, renuncian al lapso otorgado en el referido auto y consignó escrito de corrección anexo al cual consigna recaudos.

 

 

12.- Expediente Nº 2002-000011: Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.

 

El ciudadano Raúl José León, asistido por el abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, consignó diligencia mediante la cual otorga poder apud-acta a los abogados Julio César Márquez, Gloria Galerno y Nelsa Garcés, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 15.548, 20.299 y 23.358.

 

 

13.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.

 

Los ciudadanos Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, asistidos por el abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, consignaron diligencia mediante la cual otorgan poder apud-acta a los abogados Julio César Márquez, Gloria Galerno y Nelsa Garcés, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 15.548, 20.299 y 23.358.

 

 

14.- Expediente Nº 2002-000021: JOSÉ VICENTE PEREIRA GUERRA,  asistido por los abogados Yenibel Inés Lugo Bastardo y Pedro Ignacio Sifontes Ortiz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.584 y 87.168, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual declaró nulas las elecciones celebradas el 06-12-2001 en el Sindicato Profesional de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos, Similares y Conexos del Estado Monagas (SPTPPSCM).

 

La abogada Yenibel Lugo Bastardo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 73.584, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano José Vicente Pereira Guerra, consignó diligencia anexa a la cual consignó el poder que fuera otorgado por el mencionado ciudadano a los abogados Yenibel Lugo Bastardo y Pedro Ignacio Sifontes Ortiz,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.584 y 87.168, respectivamente.

 

 

15.- Expediente Nº 2002-000008:  Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011116-433, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17-12-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la postulación del ciudadano Carlos Ramiro Orna como Alcalde del Municipio Camaguán del Estado Guárico.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 5-03-2002, por el abogado Lorenzo Huari, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Sebastián Navarro, parte recurrente, y el abogado Rafael Montano Nieto, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Orna Rivera, tercero opositor al recurso, así como la diligencia suscrita por la abogada Amarilis Gamboa, en su carácter de representante judicial del tercero opositor del recurso, de fecha 6-03-2002, el Juzgado de Sustanciación pasa a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo y negando según el caso las pruebas. Se libraron 02-115, 02-119 y 02-118, al Ministro de la Defensa, al Director del Consejo Nacional de Fronteras y al Consejo Nacional Electoral, respectivamente.

 

SENTENCIA

 

 

16.- Expediente Nº 2001-000203: NARCISO DÍAZ, HÉCTOR RAMÍREZ y JOSÉ PÁEZ, asistidos por el abogado Fabián Chacón López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 11.645, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 011009-384, de fecha 9-11-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los mencionados ciudadanos contra la admisión de la postulación de las Planchas Nos. 13 y 16, en el proceso electoral para elegir la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de la Universidad Central de Venezuela (SUTRAUCV- Caracas). La Sala declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto.  Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI.  Sentencia Nº 44.

 

 

 El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

                                                                                                                                

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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