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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de abril de 2002





CUENTA Nº 51

 

CUENTA Nº 51

 

 

 

Despacho del jueves once (11) de abril de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000045: PLACIDO DE JESÚS GRATEROL CAÑIZALEZ, asistido por los abogados Braulio Adarmes Pérez, Noris Marleny Peña y Sixto Borrero Pineda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 3.668, 25.015 y 30.028, respectivamente, interpone  recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020207-102, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de febrero de 2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12 de marzo de 2002, mediante la cual se declaró  lo siguiente: improcedente la impugnación de la votación celebrada en el Centro de Votación Nº 52990, Improcedente el recurso jerárquico interpuesto en fecha 21-08-2000, en contra de las Actas de Escrutinio Nos. 08533, 08537, 08561, 08562 y 08568, todas pertenecientes a la elección de Alcalde del Municipio Candelaria del Estado Trujillo, sin lugar la impugnación de las Actas de Escrutinio Nos 8520, 8524, 8525, 8526, 8534 y 8563, y, sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 21-08-2000, en contra de las votaciones de los Centros de Votación  Nº 53171 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8538; Nº 53160 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8536; Nº 53170 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8537, Nº 53410 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8562; Nº 53020 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8522, Nº 53450 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8566, Nº 53420 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8563.

 

Se acordó solicitar los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 02-182.

 

 

 

 

 

 

OFICIOS Y COMUNICACIONES RECIBIDOS EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2002-000036: JACQUELINE RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, el segundo de los mencionados, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.286, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, en relación al proceso comicial a celebrarse en la referida Casa de Estudios el día 25-04-2002, a los fines de elegir al Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y del resto de las Facultades, así como los representantes profesorales ante el Consejo Universitario y los miembros del Consejo de Apelaciones.

 

Por recibido Oficio Nº FSATSJ-008-2002, suscrito por la abogado Melanie Bendahan, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 13.629,  representantes del Ministerio Público, mediante el cual consignó  la opinión del Ministerio Público. 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01 por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización, Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas, Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.

 

El abogado Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, consignó diligencia mediante la cual solicita se sirva oficiar al Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Cabimas a los fines de que  remita las resultas de la comisión que le fuera conferida.

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000100: FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000, para elegir al  Alcalde del  Municipio Roscio del Estado Guárico.

                              

El abogado FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual solicita se oficie nuevamente al Comandante del CUFAN, a los fines de que remita la información solicitada mediante auto de fecha 18-03-2002, estableciéndose un lapso perentorio para efectuar dicha.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000192: Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos RAFAEL TRINITARIO RODRÍGUEZ y CELSO GARCÍA, asistidos por el abogado Efraín Castro Beja, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.345, contra la postulación de los ciudadanos Orlando Moreno, María Donofrio y Esteban Gil para los cargos de Secretario General, Secretario de Organización y Tercer Vocal, respectivamente, del Sindicato de Trabajadores de la Industria Petrolera de los Distritos Maturín, Bolívar, Piar y Sotillo del Estado Monagas. Oficio Nº 01-1392, de fecha 14-11-2001, remitiendo el expediente Nº 21657 (nomenclatura de ese Juzgado) (2 Piezas).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-166, mediante el cual se solicita la remita las resulta de la comisión conferida al Juzgado de los Municipio Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

6.- Expediente Nº 2002-000014: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por las ciudadanas ODALIS BOADA y LUISA GARCÍA DE HERNÁNDEZ, asistidas por el abogado Mario Bastardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.525, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de la Universidad de Oriente. Oficio Nº 963-2001, de fecha 14-11-2001, remitiendo el expediente Nº 07987 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza)

           

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-167, mediante el cual se solicita la remita las resulta de la comisión conferida al Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

OFICIOS LIBRADOS EN:

 

 

7.- Expediente Nº X-2002-000012 (CUADERNO SEPARADO): Alirio Naime y Ana Paula Diniz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.288 y 44.491, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano BERNABÉ ARANA,  interponen solicitud de medida cautelar innominada  con recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020222-137 emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12-03-2002, mediante la cual declaró con lugar  el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Tomas Correa, contra el Acta de Escrutinio Nº 10128 correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Autana del Estado Amazonas. (Recurso Principal Expediente Nº 2002-000032)

 

Se libró Oficio Nº 02-185 mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por esta Sala en fecha 11-04-2002.

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000043: HECTOR SOLANO SUESCÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 73.895, actuando en su propio nombre interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto dictado en fecha 8 de octubre de 2001, por el Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, donde se le desconoce como representante de los egresados ante el Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes.

 

Se libró Oficio Nº 02-186, anexo al cual se remite a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, constante de  treinta y tres (33) folios útiles, las actuaciones contenidas en el expediente.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-163, mediante el cual se solicita al Comité Olímpico Venezolano, las pruebas que se especifican en el auto dictado en fecha 03-04-2002.

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

                   

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL:

 

 

10.- Expediente Nº 2002-000036: JACQUELINE RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, el segundo de los mencionados, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.286, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, en relación al proceso comicial a celebrarse en la referida Casa de Estudios el día 25-04-2002, a los fines de elegir al Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y del resto de las Facultades, así como los representantes profesorales ante el Consejo Universitario y los miembros del Consejo de Apelaciones.

 

La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta. Ordenó a la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela la inclusión de los Profesores con categoría de Instructores que hayan ingresado al cargo mediante el correspondiente Concurso de Oposición, así como de aquellos que, habiendo desempeñado dichas funciones mediante el mecanismo del contrato por tres (3) años consecutivos, se encuentren contratados a la presente fecha, en la Lista de Electores correspondiente al referido proceso electoral, así como la adopción de todas las providencias que resulten necesarias para un cabal y efecto cumplimiento de la decisión. El texto integró del fallo, será publicado dentro del lapso de cinco días continuos, contados a partir de la presente fecha.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

11.- Expediente Nº 2002-000036: JACQUELINE RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, el segundo de los mencionados, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.286, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, en relación al proceso comicial a celebrarse en la referida Casa de Estudios el día 25-04-2002, a los fines de elegir al Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y del resto de las Facultades, así como los representantes profesorales ante el Consejo Universitario y los miembros del Consejo de Apelaciones.

 

El ciudadano Miguel Antonio Castillo Cans, Presiente de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, asistido por las abogadas Ana Mercedes García Petit y Zully Rojas Chávez, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 27.780 y 36.887, respectivamente, consignaron escrito (Acompañaron anexos).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente Nº 2002-000036: JACQUELINE RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, el segundo de los mencionados, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.286, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, en relación al proceso comicial a celebrarse en la referida Casa de Estudios el día 25-04-2002, a los fines de elegir al Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y del resto de las Facultades, así como los representantes profesorales ante el Consejo Universitario y los miembros del Consejo de Apelaciones.

 

El abogado Gabriel Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.286,  consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada del acta contentiva de la audiencia constitucional celebrada en fecha 11-04-2002.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

13.- Expediente Nº 2001-000130: CLAUDIO RIVAS, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010906-247, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 06-09-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado ciudadano contra la decisión tomada por el Comité Técnico de Integración y la Coordinación Electoral y Jurídica Nacional del Consejo Nacional Electoral, el 22-08-2001, mediante la cual lo excluyen del Registro de Electores del Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV). La Sala declaró CON LUGAR el Recurso Contencioso Electoral interpuesto. Ponente: ALBERTO MARTINI Urdaneta. Sentencia Nº 63.

 

 

14.- Expediente Nº 2002-000040: JESÚS SATURNO, HUMBERTO MENDOZA y ÁNGEL DÍAZ, actuando con el carácter de profesores de la Facultad de Odontología y Medicina de la Universidad Central de Venezuela, respectivamente, asistidos por el abogado Ulises Capella, interpone recurso de interpretación a los fines de que se determine el sentido y alcance del artículo 35 de la Ley de Universidades. La Sala declaró su competencia para conocer de la presente causa, e INADMISIBLE el Recurso de Interpretación intentado. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 64.

 

 

15.- Expediente Nº X-2002-000012 (CUADERNO SEPARADO): Alirio Naime y Ana Paula Diniz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.288 y 44.491, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano BERNABÉ ARANA,  interponen solicitud de medida cautelar innominada  con recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020222-137 emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12-03-2002, mediante la cual declaró con lugar  el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Tomas Correa, contra el Acta de Escrutinio Nº 10128 correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Autana del Estado Amazonas. (Recurso Principal Expediente Nº 2002-000032). La Sala declaró CON LUGAR la solicitud de medida cautelar innominada planteada en el presente caso conjuntamente con recurso contencioso electoral por los apoderados judiciales del ciudadano Bernabé Arana, de conformidad con lo previsto en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral no convocar a nuevas votaciones de Alcalde en la Mesa 1 del Centro de Votación número 64.100, ubicado en la parroquia Guayapo del Municipio Autana del Estado Amazonas, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral interpuesto en el caso de autos. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI.  Sentencia Nº 65

 

 

16.- Expediente Nº 2002-000005: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HERMITO SEGUNDO BLANCO PÉREZ,  interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011122-447, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 136, de fecha 11-12-2001, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra actos y Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia. La Sala declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI.  Sentencia Nº 67

 

 

17.- Expediente Nº 2002-000043: HECTOR SOLANO SUESCÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 73.895, actuando en su propio nombre interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto dictado en fecha 8 de octubre de 2001, por el Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, donde se le desconoce como representante de los egresados ante el Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes. La Sala declaró PRIMERO:  INCOMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 8 de abril de 2002 por el abogado HÉCTOR SOLANO SUESCÚN, ya identificado, conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto administrativo emanado el 8 de octubre de 2001 del Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, en el cual -en su criterio- se desconoce su calidad de representante de los egresados ante dicho órgano universitario. SEGUNDO: Declinó la competencia para conocer y decidir la presente acción a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia Nº 68.

 

 

18.- Expediente Nº 2001-000124: HENRY PÁEZ, asistido por la abogada María Gabriela Mujica Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 54.959, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 010828-236, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28 de agosto de 2001, mediante la cual se revoca la proclamación del mencionado ciudadano como Concejal Nominal por la Circunscripción Nº 1, del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo. La Sala declaró PRIMERO: SIN LUGAR el recurso contencioso electoral intentado. SEGUNDO: Ratifica la Resolución Nº 010828-236, dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 28 de agosto de 2001, así como la Totalización, Adjudicación y Proclamación de Concejales del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, efectuada por el Consejo Nacional Electoral y contenida en la mencionada Resolución. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 69.

 

El Presidente,

 

                                                                                                  

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

 

 

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