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CUENTA Nº 84
Despacho del
martes once (11) de junio de 2002. Se
abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la
asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
1.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.
Visto
el escrito presentado en esta misma fecha por el ciudadano Francisco Torrealba
Ojeda, actuando con el carácter de Presidente del Sindicato de Trabajadores de
la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA), asistido por el abogado Pedro Cáceres
Bustamante, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.202, mediante el cual
da respuesta a la solicitud formulada por esta Sala mediante auto de fecha
04-06-2002, se ordenó pasar el expediente al ponente al Magistrado Doctor ALBERTO
MARTINI URDANETA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
DILIGENCIA EN
2.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.
El
ciudadano Alguacil consignó boleta de librada
al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito
Federal y Estado Miranda (SITRAMECA), en la persona de su Presidente FRANCISCO
ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, mediante la cual se le notifica del auto dictado por
esta Sala en fecha 04-06-2002.
3.- Expediente Nº
2002-000052: CIRA ARANGUREN, asistida por el abogado Alexis Lara Rivero, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 55.559, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la
Resolución Nº 020318-182, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha
18-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 156 del 11-04-2002, mediante la
cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano
José Alberto Martínez contra el proceso comicial efectuado el 03-12-2000, a los fines de elegir a la Junta Parroquial de la Parroquia Bolívar
(Araira), Municipio Zamora del Estado Miranda.
La
ciudadana CIRA ARANGUREN, asistida por el abogado Alexis Lara Rivero, inscrito
en el Inpreabogado bajo el número 55.559, consignó diligencia mediante la cual
expresa que la Sala “no se pronunció en cuanto a la Medida Cautelar Innominada
solicitada, en cuanto a la suspensión inmediata de los efectos de la medida del
acto administrativo” y en tal sentido solicita pronunciamiento al respecto.
4.-
Expediente Nº 2002-000019: FRANKLIN
RONDÓN, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Unitaria de
Empleados Públicos (FEDEUNEP), asistido por los abogados Franklin Useche, Ivor
Mogollón Rojas y Jesús Mariotto Ortiz, inscrito en el Inpreabogado bajo los
números 43.842, 48.706 y 63.260, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº
011203-459, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-12-2001,
publicada en Gaceta Electoral Nº 139 del 17-12-2001, mediante la cual no otorga
el reconocimiento de la validez del proceso electoral llevado a cabo en la
referida Federación.
El
abogado FRANKLIN RONDÓN MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
26.596, consignó diligencia mediante la cual solicita la devolución de los
documentos originales que cursan a los folios 39 al 45 y 78 al 84.
5.- Expediente Nº 2001-000185: ALNARDO SIMANCAS, Presidente de la Caja
de Ahorros de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo Municipal
del Distrito Capital, FRANKLIN TORO, DIEGO SÁNCHEZ, JOSEFINA MAYORA, ÁNGEL
RIVAS y LAURA MARTÍNEZ, actuando con el carácter de miembros del Consejo de
Administración y del Consejo de Vigilancia de la referida Caja de Ahorros,
asistidos por el abogado Horacio de Grazia Suárez, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 84.032, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud de amparo cautelar, contra el acto contenido en el Oficio Nº
FSCA-04203, de fecha 25 de octubre de 2001, dictado por el Superintendente de
Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas, actuando por delegación de firmas
del Ministro de Finanzas, mediante el cual se ordenó convocar a una Asamblea
Extraordinaria a la referida Caja de Ahorros, a los fines de que “dentro de los
quince días siguientes al recibo del ... oficio, siendo el punto único del
orden del día: NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-251, anexo al cual se remite al Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas los antecedentes administrativos contenidos en una (1) pieza.
6.-
Expediente Nº 2001-000100:
FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral,
contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo
Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que
indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000,
para elegir al Alcalde del Municipio Roscio del Estado Guárico.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-255, anexo al cual se remite
comisionar conferida al Juzgado Primero
del Municipio Juan Germán Roscio de la
Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
7.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.
El
ciudadano Francisco Torrealba Ojeda, actuando con el carácter de Presidente del
Sindicato de Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA), asistido por
el abogado Pedro Cáceres Bustamante, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
37.202, consignó escrito mediante el cual da respuesta a la solicitud formulada
por esta Sala mediante auto de fecha 04-06-2002.
SENTENCIA
8.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”. La Sala declaró: Primero: INADMISIBLE el recurso contencioso electoral en lo relativo a las denuncias de irregularidades en la conformación del registro de votación, así como a la referida a la alteración de la composición de la Comisión Electoral. Segundo: SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto, contra el proceso electoral efectuado en el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, en lo referente a la única denuncia que resultó admisible. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 113.
9.- Expediente Nº 2002-000062: JESÚS ARNALDO ESCALONA, asistido por el abogado Ángel Ignacio Heredia Teyes, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.181, interpone amparo constitucional contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Profesionales de la Docencia, Colegio de Profesores de Venezuela (FENAPRODO). La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la acción interpuesta. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 114.
10.-
Expediente Nº 2002-000054: ERICK ZULETA Y PEDRO LUIS ZAMBRANO,
asistidos por el abogado Jorge Luis Meza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
30.861, interponen recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar, contra el acto administrativo del 25-04-2002 emanado de la
Inspectoría del Trabajo en el Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual
se faculta a la actual Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de lo
Compañía Anónima Metro de Caracas (SITRAMECA), para representar a los
trabajadores afiliados a dicho sindicato ante CAMETRO, en las negociaciones
colectivas derivadas del Proyecto de la VIII Convención Colectiva. La Sala se
declaró INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad conjuntamente
interpuesto con solicitud de amparo cautelar ejercido. ORDENÓ remitir el
expediente al Tribunal Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región
Capital (Distribuidor), a los fines de
que conozca y decida la causa. Ponente:
ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 115.
11.-
Expediente Nº 2002-000061:
ÁNGEL GARCÍA, JUAN ORTIZ y EVA GUARATE,
asistidos por la abogada Nayadet Mogollón, inscrita en el Inpreabogado bajo el
número 42.014, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar y mediante cautelar provisionalísima, contra la
Providencia Administrativa Nº DS-128 emanada de la Superintendencia de Cajas de
Ahorro (SUDECA) de fecha 16-04-2002, publicada en Gaceta Oficial Nº 37.433 de
fecha 30-04-2002, mediante la cual convoca a una Asamblea Extraordinaria de
Delegados de Cajas de Ahorros del Sector de Empleados Públicos (CASEP) a fin de
designar la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso de elecciones de
las nuevas autoridades de la referida Asociación. La Sala declaró: PRIMERO:
COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de
“...medida cautelar provisionalísima o precautelar”. TERCERO: SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar. Se
remitió el expediente al Juzgado de
Sustanciación a los fines de que éste se pronuncie sobre la admisibilidad del
recurso contencioso electoral. Ponente:
LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 116.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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