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CUENTA Nº 35
Despacho del
martes doce (12) de marzo de 2002. Se abrió la sesión presidida por el
Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente
Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente Nº 2002-000031: JOSÉ MOGOLLÓN, asistido por el abogado
Oswaldo Galíndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.553, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar
contra la Resolución Nº 020221-107, emanada del Consejo Nacional Electoral en
fecha 21 de febrero de 2002, mediante la cual se declaró con lugar la
impugnación formulada por los ciudadanos Carlos Viloria, Jesús Pinto y Orange
Velásquez, contra el Acta de fecha 28 de octubre de 2001 en la cual se designó
la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e
Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo.
Se
dio cuenta a la Sala.
2.- Expediente Nº 2002-000030: Enrique Fermín Villalba, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.792, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano REGULO SUCRE, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Resolución Nº 020204-64, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 4 de febrero de 2002, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Carlos Gordones, contra la elección de Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre.
Se acordó solicitar
los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los
aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal
efecto, se libró el Oficio Nº 02-122.
3.-
Expediente Nº 2002-000011:
Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita
un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de
Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.
Se acordó solicitar
los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los
aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal
efecto, se libró el Oficio Nº 02-130.
4.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.
Se acordó solicitar
los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los
aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal
efecto, se libró el Oficio Nº 02-129.
5.-
Expediente Nº 2002-000011:
Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita
un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de
Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.
Por recibido
Oficio Nº 3110-060, de fecha 04 de marzo de 2002, emanado del Juzgado del
Municipio Valdez Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Sucre, anexo al cual se remite las
resultas de la Comisión conferida por esta Sala, en fecha 30 de enero de 2002,
se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus
anexos.
6.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.
Por recibido
Oficio Nº 3110-061, de fecha 04 de marzo de 2002, emanado del Juzgado del
Municipio Valdez Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Sucre, anexo al cual se remite las
resultas de la Comisión conferida por esta Sala, en fecha 30 de enero de 2002,
se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus
anexos.
7.-
Expediente Nº 2001-000100:
FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral,
contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo
Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que
indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000,
para elegir al Alcalde del Municipio Roscio del Estado Guárico.
En
el día de hoy siendo las once y cuarenta y cinco de la mañana (11:45 a.m.)
compareció la abogada Alicia Monagas Borges, en su carácter de representante
del Ministerio Público, quien conjuntamente con el Magistrado Doctor Alberto
Martini Urdaneta, Presidente de la Sala Electoral y el abogado Alfredo De
Stefano, Secretario de la Sala procedieron al acto de apertura de las urnas
contentivas de las boletas de votación correspondientes a las Actas de
Escrutinio números 4267 y 4268 del Municipio Roscio del Estado Guárico. Se dejó
constancia que se encontraban presente el abogado Franco Antonio Gerratana,
parte recurrente y el abogado Edilberto Natera, apoderado judicial del tercero
opositor al recurso.
DILIGENCIA EN:
8.-
Expediente Nº 2001-000100:
FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral,
contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo
Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que
indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000,
para elegir al Alcalde del Municipio Roscio del Estado Guárico.
El
abogado FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 79.372, actuando en su propio nombre, consignó diligencia.
9.- Expediente Nº 2002-000029: Amarilis Gamboa Michelena, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 15.059, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano RAMÓN E. RAMOS BERROTERÁN, interpone recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y subsidiariamente medida cautelar innominada contra las Resoluciones Nos. 020122-44 y 020220-121 emanadas del Consejo Nacional Electoral en fechas 22 de enero de 2002 y 20 de febrero de 2002, respectivamente.
El
Magistrado Alberto Martini Urdaneta, compareció por ante la Secretaria de esta
Sala, y expuso que de “conformidad con lo establecido en el artículo 84 del
Código de Procedimiento Civil, declaro que tengo impedimento para conocer de la
presente causa, de conformidad con el artículo 82 ordinales 7º y 10 del Código
de Procedimiento Civil.
10.-
Expediente Nº 2001-000100:
FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral,
contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo
Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que
indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000,
para elegir al Alcalde del Municipio Roscio del Estado Guárico.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-112, mediante el cual se notifica al
Fiscal General de la República, el acto de apertura de las cajas de resguardo
de material electoral contentivas de las boletas de votación correspondientes a
las Actas de Escrutinio números 4267 y 4268.
11.- Expediente Nº 2001-000203: NARCISO DÍAZ, HÉCTOR RAMÍREZ y JOSÉ PÁEZ, asistidos por el abogado Fabián Chacón López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 11.645, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 011009-384, de fecha 9-11-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los mencionados ciudadanos contra la admisión de la postulación de las Planchas Nos. 13 y 16, en el proceso electoral para elegir la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de la Universidad Central de Venezuela (SUTRAUCV- Caracas).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-120, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el fallo dictado por esta Sala en fecha 07-03-2002. Así mismo se le remitió el expediente administrativo constante de dos (2) piezas.
ESCRITOS PRESENTADO Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
12.-
Expediente Nº 2002-000006: JESÚS
GUZMÁN, asistido por el abogado Sixto Borrero Pineda, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 30.028, interpone recurso contencioso electoral,
contra la Resolución Nº 011120-438, emanada del Consejo Nacional Electoral en
fecha 20-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 del 17-12-2001, mediante
la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano
José Ramón Silva Ulloa y en consecuencia, anuló parcialmente el acta de
Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Elección de los Miembros de las
Juntas Parroquiales de la Parroquia Bella Vista del Municipio Sucre del Estado
Aragua, revocó la proclamación del ciudadano Jesús Guzmán como miembro de la referida Junta y proclamó
como legítimo Miembro al ciudadano José Ramón Silva Ulloa.
Los abogados Braulio Adarmes Pérez y Sixto Borrero Pineda, Inpreabogado números 3668 y 30028, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JESÚS GUZMÁN, consignaron escrito de conclusiones.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
13.-
Expediente Nº 2002-000001:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado
Carabobo, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral
interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el
abogado Luis Cruces Torrealba, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
54.970, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos
INOCENCIO RIVAS, PEDRO SALAS, PEDRO MIRABAL, SAMUEL GONZÁLEZ, LUIS GONZÁLEZ,
CLAUDIO SAAVEDRA, BRIGIDO TOVAR Y JOSÉ RETACO, contra la Resolución Nº
011115-410, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 15-11-2001,
mediante la cual revocó el reconocimiento otorgado por el órgano electoral, y
en consecuencia, declaró la nulidad del acto de votación realizado el día
25-09-2001, en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Frigorífico
Industrial Carabobo (SINTRAFRINCA) y convocó a una Asamblea General para el día
19-11-2001, en la cual se designaría la nueva Comisión Electoral. Oficio Nº 2659,
de fecha 18-12-2001, remitiendo el expediente Nº 16.967 (nomenclatura de ese
Juzgado). (1 Pieza).
De conformidad
con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y
Participación Política, se abrió la
causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir
de la presente fecha, inclusive.
14.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí
Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se
reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01
por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de
Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y
reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización,
Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión
Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas,
Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.
Se
acordó diferir el inicio del lapso de conclusiones en la causa hasta el noveno
(9º) día de despacho siguiente al de hoy a los fines de que en dicho plazo sean
recibidas las resultas de las comisiones libradas en fecha 4-03-2002.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
15.-
Expediente Nº 2002-000028:
Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando
con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone
recurso de abstención o carencia contra
el Consejo Nacional Electoral, por no haber resuelto el recurso jerárquico
interpuesto en fecha 22-01-2001 por el mencionado ciudadano, contra la
adjudicación de Concejales por Lista en el Municipio Catatumbo del Estado
Zulia, con ocasión de las elecciones celebradas en fecha 3 de diciembre de
2000.
El
abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558,
actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY,
consignó escrito.
16.- Expediente Nº 2002-000026: TULIO ALBERTO ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.003, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada, contra el “Reglamento Electoral del Foro Propio Metropolitano”, aprobado el 17-11-01; el “Instructivo Electoral para la Elección de Miembros del Consejo Metropolitano de Derechos del Niño, Niña y Adolescente”, aprobado el 5-2-2002 y contra el proceso para la designación de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo Metropolitano de Derechos del Niño y del Adolescente del Distrito Metropolitano de Caracas.
El
abogado TULIO ALBERTO ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
21.003, actuando en su propio nombre, consignó escrito.
17.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.
El abogado
Roberto Hung, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 097, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano Fernando Cecilio Romero Mazzeo,
consignó diligencia mediante la cual expresa que vista la solicitud formulada
por la parte recurrente, procede exhibir el Acta Constitutiva y Estatutos
Sociales del Comité Olímpico Venezolano, dejando copia de los mismos.
18.- Expediente Nº 2002-000025: ERNESTO SIMÓN RIVAS, asistido por los abogados Francisco López Mercado y Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 44.203 y 72.042, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020121-003 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 21-01-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 146 de fecha 31-01-2002, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de impugnación interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Unificado de Trabajadores Expendedores de Productos Derivados del Petróleo Similares y Conexos del Estado Aragua (SUTRA-PETROL).
El ciudadano Alguacil Consignó copia del Oficio Nº 02-117, mediante el
cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.
19.- Expediente Nº 2002-000025: ERNESTO SIMÓN RIVAS, asistido por los abogados Francisco López Mercado y Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 44.203 y 72.042, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020121-003 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 21-01-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 146 de fecha 31-01-2002, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de impugnación interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Unificado de Trabajadores Expendedores de Productos Derivados del Petróleo Similares y Conexos del Estado Aragua (SUTRA-PETROL).
El ciudadano Alguacil Consignó copia del Oficio Nº 02-116, mediante el
cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral la admisión del
recurso.
20.- Expediente Nº 2002-000021: JOSÉ VICENTE PEREIRA GUERRA, asistido por los abogados Yenibel Inés Lugo Bastardo y Pedro Ignacio Sifontes Ortiz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.584 y 87.168, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual declaró nulas las elecciones celebradas el 06-12-2001 en el Sindicato Profesional de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos, Similares y Conexos del Estado Monagas (SPTPPSCM).
El ciudadano Alguacil Consignó copia del Oficio Nº 02-104-A, mediante el
cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral la admisión del
recurso.
21.- Expediente Nº 2002-000021: JOSÉ VICENTE PEREIRA GUERRA, asistido por los abogados Yenibel Inés Lugo Bastardo y Pedro Ignacio Sifontes Ortiz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.584 y 87.168, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual declaró nulas las elecciones celebradas el 06-12-2001 en el Sindicato Profesional de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos, Similares y Conexos del Estado Monagas (SPTPPSCM).
El ciudadano Alguacil Consignó copia del Oficio Nº 02-105, mediante el
cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.
22.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí
Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se
reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01
por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de
Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y
reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización,
Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión
Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas,
Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.
El
ciudadano alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-106, mediante el cual se
notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el auto dictado por el
Juzgado de Sustanciación de fecha 4-03-2002, mediante el cual se acordó
solicitarle la documentación que se especifica en el mencionado auto.
23.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí
Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se
reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01
por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de
Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y
reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización,
Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión
Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas,
Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-104, anexo al cual se
remitió comisión conferida al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines de la
evacuación de las testimoniales que se señalan en el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de fecha 4-03-2002.
24.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí
Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se
reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01
por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de
Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y
reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización,
Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión Electoral
de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas, Ramón
Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-103, anexo al cual se
remitió comisión conferida al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de la
evacuación de las testimoniales que se especifican en el auto dictado por el
Juzgado de Sustanciación de fecha 04-03-2002.
25.- Expediente Nº 2002-000008: Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011116-433, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17-12-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la postulación del ciudadano Carlos Ramiro Orna como Alcalde del Municipio Camaguán del Estado Guárico.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-118, mediante el cual se
notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el auto dictado por el
Juzgado de Sustanciación de fecha 07-03-2002, mediante el cual se acordó
solicitarle un informe contentivo de los aspectos que se especifican en el
mencionado auto.
26.- Expediente Nº 2002-000008: Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011116-433, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17-12-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la postulación del ciudadano Carlos Ramiro Orna como Alcalde del Municipio Camaguán del Estado Guárico.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-115, mediante el cual se
notifica al ciudadano Ministro de la Defensa, el auto dictado por el Juzgado de
Sustanciación de fecha 07-03-2002, mediante el cual se acordó solicitarle un
informe referido a los aspectos que se señalan en el mencionado auto.
27.- Expediente Nº 2002-000008: Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011116-433, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17-12-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la postulación del ciudadano Carlos Ramiro Orna como Alcalde del Municipio Camaguán del Estado Guárico.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-119, mediante el cual se
notifica a la Dirección del Consejo Nacional de Fronteras, el auto dictado por
el Juzgado de Sustanciación de fecha 7-03-2002, mediante el cual se acordó
solicitarle un Informe con los aspectos que se señalan en el referido auto.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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