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Sala Electoral
  • Fecha: 13 de agosto de 2002





CUENTA Nº 118

 

 

CUENTA Nº 118

 

 

Despacho del martes trece (13) de agosto de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.-  Expediente Nº 2002-000079: Carlos Alberto Guevara Solano y Rodrigo Pérez Bravo, inscritos en el Inpreabogado bajo los números, 28.575 y 9.277, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JUAN ALVAREZ DE LUGO, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente  con solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 11-09-2000, contra un número de Actas de Escrutinio correspondientes al proceso comicial  celebrado en julio de 2000, a los fines de elegir a los Diputados por Lista a la Asamblea Nacional, por el Distrito Capital.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2002-000048: FREDDY ENRIQUE GUZMÁN LÓPEZ, asistido por el abogado John Elías, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 85.854, interpone recurso contencioso electoral contra el acto contenido en el Acta de Totalización y Proclamación de las Autoridades Ejecutivas del Movimiento al Socialismo (MAS), de fecha 29 de noviembre de 2001.

 

Se designó ponente al Magistrado  Doctor  ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2002-000071: MARIO LANDAETA y ÁNGEL ATTANASI, actuando con el carácter de Presidente y Tesorero del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Crédito del Personal de la Contraloría Municipal del Municipio Libertador, asistidos por el abogado Juan Moreno Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.789, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos contenidos en los Oficios números DS-OAL-1773, DS-OAL-2276 y DS-OAL-2664, de fechas 30-05-2002, 17-06-2002 y 18-06-2002, respectivamente, emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas, referidos al proceso electoral a celebrarse en fecha 28-06-2002, para elegir las autoridades de la referida Caja de Ahorro.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 02-313, mediante el cual se comunica al Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas, el fallo dictado por esta Sala en fecha 05-08-2002. Asimismo se remite antecedentes administrativos contenidos en una (1) pieza.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

4.- Expediente Nº 2002-000066: RAFAEL EDUARDO HERNÁNDEZ CESARIO, asistido por la abogada Evelyn Rincón, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 56.211, interpone recurso contencioso electoral contra las elecciones efectuadas en fecha 13 de marzo de 2002 en la Caja de Ahorros y Bienestar Social del Personal de la Policía  del Estado Carabobo.

 

Se declaró INADMISIBLE el recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000069: ARFILIO MEJÍA ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.610, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020513-175, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral Nº 160, de fecha 06-06-2002, en la cual se declaró improcedente por extemporáneo el recurso interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral realizado en fecha 26-09-2001 en el Sindicato Único de Trabajadores y Empleados del Banco de Venezuela, Filiales y Subsidiarias (SUNREBANVENFISU).

 

El abogado ARFILIO MEJÍA ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.610, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual  consigna  escrito de evacuación de pruebas.

 

 

6.- Expediente Nº 2002-000068: Antonio Bruno Carriero y Gustavo Gudiño Montilla, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 61.143 y 69.322, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Manuel Gancedo Soto y en representación de la Sociedad de Comercio “INDALO INVERSIONES, C.A.”, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, suspensión de efectos y medida cautelar innominada contra la Asamblea General Ordinaria de la Cámara de la Construcción del Estado Carabobo, celebrada en fecha 04-04-2002, (contenida en el Acta Nº 739) en la cual se eligió a la Junta Directiva de la referida Cámara para el período 2002-2004.

 

El abogado Alejandro Mirabal Caraballo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.644, actuando con el carácter de representante de la Cámara de la Construcción del Estado Carabobo, consignó diligencia mediante la cual expone, que vista el fallo dictado en fecha 05-08-2002, en el cual se ordena la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que sea revisada la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad, solicita  se dicte el auto correspondiente.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2002-000068: Antonio Bruno Carriero y Gustavo Gudiño Montilla, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 61.143 y 69.322, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Manuel Gancedo Soto y en representación de la Sociedad de Comercio “INDALO INVERSIONES, C.A.”, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, suspensión de efectos y medida cautelar innominada contra la Asamblea General Ordinaria de la Cámara de la Construcción del Estado Carabobo, celebrada en fecha 04-04-2002, (contenida en el Acta Nº 739) en la cual se eligió a la Junta Directiva de la referida Cámara para el período 2002-2004.

 

El abogado Alejandro Mirabal Caraballo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.644, actuando con el carácter de representante de la Cámara de la Construcción del Estado Carabobo, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

OFICIOS Y BOLETA LIBRADOS EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000036: JACQUELINE RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, el segundo de los mencionados, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.286, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, en relación al proceso comicial a celebrarse en la referida Casa de Estudios el día 25-04-2002, a los fines de elegir al Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y del resto de las Facultades, así como los representantes profesorales ante el Consejo Universitario y los miembros del Consejo de Apelaciones.

 

Se libró Oficio Nº 02-315, mediante el cual se notifica a la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela el fallo dictado por esta Sala en fecha 08-08-2002. Asimismo se libró Oficio Nº 02-316, mediante el cual se notifica al rector de la Universidad Central de Venezuela el fallo dictado por esta Sala en fecha 08-08-2002. Igualmente se libró boleta de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente de conformidad con lo previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a los ciudadanos JACQUELINE RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, mediante la cual se les notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 08-08-2002,

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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