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Sala Electoral
  • Fecha: 13 de agosto de 2002





SALA ACCIDENTAL

 

 

 

 

SALA ACCIDENTAL

 

CUENTA Nº 24

 

 

Despacho del martes trece (13) de agosto de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Luis Martínez Hernández con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui y la Magistrada Teresa García de Cornet. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000100: FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000, para elegir al  Alcalde del  Municipio Roscio del Estado Guárico.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-311, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral el fallo dictado por esta Sala en fecha 08-08-2002.

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000100: FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000, para elegir al  Alcalde del  Municipio Roscio del Estado Guárico.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-312, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado Primero del Municipio Juan Germán Roscio  de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico,  a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a los Franco Antonio Gerratana Hernández (parte recurrente) y Virgilio Giunta Lupi, Alcalde del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, el fallo dictado por esta Sala en fecha 08-08-2002, el cual fue enviado mediante correo certificado con acuso de recibo, a través de IPOSTEL.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

 

El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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