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Sala Electoral
  • Fecha: 14 de febrero de 2002





CUENTA Nº 21

 

CUENTA Nº 21

 

 

 

Despacho del jueves catorce  (14) de febrero de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS:

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000019: FRANKLIN RONDÓN, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Unitaria de Empleados Públicos (FEDEUNEP), asistido por los abogados Franklin Useche, Ivor Mogollón Rojas y Jesús Mariotto Ortiz, inscrito en el Inpreabogado bajo los números 43.842, 48.706 y 63.260, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 011203-459, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-12-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 del 17-12-2001, mediante la cual no otorga el reconocimiento de la validez del proceso electoral llevado a cabo en la referida Federación.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2002-000018: SAÚL ANTONIO BERMÚDEZ, asistido por el abogado Reinaldo Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.037, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020118-030, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 18 de enero de 2002 y publicada en Gaceta Electoral Nº 144 del 21 de enero de 2002, mediante la cual se reconoce la validez del proceso electoral de la Federación Venezolana de Maestros (F.V.M.), celebrada en fecha 13-11-2001.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 02-070.

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000197:  Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declina competencia para conocer la demanda mero-declarativa interpuesta por los abogados Keneth Enrique Scope Leal y Rose-Mary de Scope, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 20.460 y 14.367, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano ISAAC BENARROCH BENTATA, contra la Asociación Civil Caracas Racquet Club. Oficio Nº 01/5480, de fecha 27-11-2001, remitiendo el expediente Nº 00-22660 (nomenclatura de esa Corte) (2 piezas principales y 1 cuaderno separado).

 

Se dejó constancia de que en esta misma oportunidad se fijo en  la cartelera de esta Sala la boleta librada al ciudadano ISAAC BENARROCH BENTATA.

 

 

 

DESIGNACION DE PONENTE EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2002-000016: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano EDGAR AZUAJE, actuando con el carácter de Presidente de la Organización Política Acción Revolucionaria Democrática (A.R.D.E.), asistido por el abogado Edwin Sambrano Vidal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 11.572, contra la Resolución Nº 950621-120 del 21-06-95 emanada del Consejo Supremo Electoral, mediante la cual resolvió cancelar la inscripción del mencionado partido en el Estado Yaracuy. Oficio Nº 0283, de fecha 31-01-2002, remitiendo el expediente Nº 11960, nomenclatura de esa Sala. (1 pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000017: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano JOSÉ LIRA BERNAL y ANDRÉS EMILIO DELMONT MAURI, contra la Resolución Nº 940817-144, de fecha 17 de agosto de 1994, emanada del Consejo Supremo Electoral, mediante la cual se resolvió el recurso de análisis interpuesto por los mencionados ciudadanos contra las actas de escrutinio correspondientes a la elección del Presidente de la República de fecha 05-12-1993. Oficio Nº 0300, de fecha 29-01-2002, remitiendo el expediente Nº 10995, nomenclatura de esa Sala. (1 pieza principal, 1 pieza expediente administrativo, 1 pieza separada, cinco anexos identificados como A, B, C, D, E y 3 cajas)

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000154: Alfredo Valarino Uriola, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.426, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MANUEL JOSÉ QUINTERO, JESÚS MELO ROSAS, FREDDY GÓMEZ, JOY ANDRADE SERGIO BUSTAMANTE, OLIMPO TREMONT. ALFREDO RUIZ, FREDDY LAZARDE, ROSA SÁNCHEZ DE LUNAR, ROBERTO TEZARA, GEDALIAS MORALES, LEAMDRO ZULETA, LUIS QUIJADA, FRANCISCO DELFÍN, EDUARD PEDRIQUE y LEYTSA GARCÍA, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010918-280, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 18 de septiembre de 2001, mediante la cual se anula en forma absoluta el acto de fecha 7 de septiembre de 2001, mediante el cual ese órgano electoral ordenó a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.T.P.S.) admitir la postulación de los ciudadanos que conforman la Plancha Nº 21.

 

Visto el escrito presentado en fecha 13-02-2002 por el abogado Alfredo Valarino Uriola, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.426, actuando con el carácter de recurrente, mediante el cual solicita aclaratoria del fallo dictado por esta Sala en fecha 07 de febrero de 2002, se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000203: NARCISO DÍAZ, HÉCTOR RAMÍREZ y JOSÉ PÁEZ, asistidos por el abogado Fabián Chacón López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 11.645, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 011009-384, de fecha 9-11-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los mencionados ciudadanos contra la admisión de la postulación de las Planchas Nos. 13 y 16, en el proceso electoral para elegir la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de la Universidad Central de Venezuela (SUTRAUCV- Caracas).

 

Visto que en fecha 13-02-2002, venció el lapso para que las partes presentasen sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado  Doctor  RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000007: Rodolfo Antonio Rodríguez Lanz y Ronny Rafael Reyes Acuña, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 75.072 y 75.920, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano HERMES AGUSTÍN SALAZAR CABELLO, candidato a la Presidencia de la Federación Nacional de Trabajadores de Maquinarias Pesadas de Venezuela (FETRAMAQUIPES), interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 011109-377, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 09 de noviembre de 2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 02-061, mediante el cual se remite al Presidente del Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos, constante de dos (2) piezas. Remisión esta que  obedece al auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral, en fecha 29-01-2002, mediante el cual se declaró INADMISIBLE el recurso contencioso electoral interpuesto.

 

 

 

OFICIOS LIBRADOS EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000186: EDGAR MÁRQUEZ, IRIS LOZADA Y RICHARD MADRID LÓPEZ, asistidos por la abogada Merly Jacqueline Morales Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 59.443, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 011019-341, de fecha 19 de octubre de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Carlos Julio Rivera Barrios, (trabajador jubilado del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS)), y en consecuencia, ordenó incluir al mencionado ciudadano, en el Registro Electoral definitivo del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud, Centros Asistenciales, Seguridad Social, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda.

 

Se libró Oficio Nº 02-065, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el fallo dictado por esta Sala en fecha 07-02-2002. Así mismo se le remitió expediente administrativo constante  de una  (1) pieza.

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

10.- Expediente Nº 2002-000006: JESÚS GUZMÁN, asistido por el abogado Sixto Borrero Pineda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.028, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 011120-438, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 del 17-12-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Ramón Silva Ulloa y en consecuencia, anuló parcialmente el acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Elección de los Miembros de las Juntas Parroquiales de la Parroquia Bella Vista del Municipio Sucre del Estado Aragua, revocó la proclamación del ciudadano Jesús Guzmán  como miembro de la referida Junta y proclamó como legítimo Miembro al ciudadano José Ramón Silva Ulloa. 

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2001-000207: FRANCISCO CARACCIOLO ESPINOZA, asistido por el abogado Nelson Asdrúbal Morán Guilarte, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.431, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra “la postulación del ciudadano, profesor Jaime Manzo a la Presidencia del Comité Directivo Nacional de la Federación Venezolana de Maestros, en el proceso de renovación sindical de dicha federación realizado el 13 de Noviembre de 2001” y el cual se encuentra referida a la Resolución Nº 011112-392, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 12 de noviembre de 2001, y publicada en Gaceta Electoral Nº 134, de fecha 22 de noviembre de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Francisco Caracciolo Espinoza, en el cual solicitó se dejara sin efecto el acto de aceptación de postulación por la Comisión Electoral del ciudadano Jaime Manzo Manzo, como candidato a la referida Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-063, mediante el cual se solicita al Presidente del Comité Directivo Nacional de la Federación Venezolana de Maestros, la exhibición de los documentos que se especifican en el auto de fecha 07-02-2002.

 

 

12.- Expediente Nº 2002-000008:  Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011116-433, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17-12-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la postulación del ciudadano Carlos Ramiro Orna como Alcalde del Municipio Camaguán del Estado Guárico.

 

El abogado Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, consignó diligencia anexa a la cual consignó la página E/6 del diario “El Nacional” del día 07-02-2002, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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