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CUENTA Nº 119
Despacho del
miércoles catorce (14) de agosto de 2002. Se abrió la sesión presidida por el
Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Magistrado Rafael
Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
DILIGENCIA EN:
1.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA
OJEDA, actuando “en nombre del
Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y
Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz
Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto
de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se
aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del
Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano
Fidel La Rosa y otros.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta de notificación al ciudadano FRANCISCO
ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, Presidente del Sindicato de Trabajadores de la
C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA), mediante la cual se le notifica del fallo
dictado por esta Sala en fecha 01-08-2002.
Boleta que fue dejada en el domicilio procesal, del referido ciudadano, de
conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, en fecha
14-08-2002.
2.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de
Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda
(SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001
emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud
de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de
Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La
Rosa y otros.
El ciudadano
Secretario de esta sala dejó constancia de que en esta fecha el ciudadano
Alguacil le manifestó, que se había trasladado a la Sede del Sindicato de
Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda
(SITRAMECA), a los fines de realizar la
notificación de la sentencia dictada en fecha 01-08-2002 y que dejó la boleta
de notificación librada al mencionado ciudadano, de conformidad con lo previsto
en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
3.- Expediente Nº 2002-000068: Antonio Bruno Carriero y Gustavo Gudiño
Montilla, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 61.143 y 69.322,
actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Manuel Gancedo
Soto y en representación de la Sociedad de Comercio “INDALO INVERSIONES, C.A.”,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar, suspensión de efectos y medida cautelar innominada contra la Asamblea
General Ordinaria de la Cámara de la Construcción del Estado Carabobo,
celebrada en fecha 04-04-2002, (contenida en el Acta Nº 739) en la cual se
eligió a la Junta Directiva de la referida Cámara para el período 2002-2004.
Se agregó a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 08-08-2002 y 13-08-2002, por los abogados Antonio Miquele Bruno Carriero y Gustavo Gudiño Montilla, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Manuel Ganceto Soto y de la Sociedad Mercantil “INDALO INVERSIONES, C.A.” y por el abogado Alejandro Mirabal Caraballo, actuando con el carácter de representante de la Cámara de la Construcción del Estado Carabobo, respectivamente.
4.- Expediente Nº 2002-000068: Antonio Bruno Carriero y Gustavo Gudiño
Montilla, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 61.143 y 69.322,
actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Manuel Gancedo
Soto y en representación de la Sociedad de Comercio “INDALO INVERSIONES, C.A.”,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar, suspensión de efectos y medida cautelar innominada contra la Asamblea
General Ordinaria de la Cámara de la Construcción del Estado Carabobo, celebrada
en fecha 04-04-2002, (contenida en el Acta Nº 739) en la cual se eligió a la
Junta Directiva de la referida Cámara para el período 2002-2004.
Se
declaró INADMISIBLE el recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo
237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.
SECRETARÍA EN:
5.-
Expediente Nº 2002-000036: JACQUELINE
RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, el segundo de los mencionados, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 47.286, actuando en su propio nombre, interponen
acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Universidad
Central de Venezuela, en relación al proceso comicial a celebrarse en la
referida Casa de Estudios el día 25-04-2002, a los fines de elegir al Decano de
la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y del resto de las Facultades,
así como los representantes profesorales ante el Consejo Universitario y los
miembros del Consejo de Apelaciones.
Se dejó constancia de que en esta misma
oportunidad se fijó en la cartelera de
esta Sala la boleta librada
a los ciudadanos JACQUELINE RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, mediante la
cual se les notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 08-08-2002.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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