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Sala Electoral
  • Fecha: 16 de abril de 2002





CUENTA Nº 53

 

 

 

CUENTA Nº 53

 

 

 

Despacho del martes dieciséis  (16) de abril de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000021: JOSÉ VICENTE PEREIRA GUERRA,  asistido por los abogados Yenibel Inés Lugo Bastardo y Pedro Ignacio Sifontes Ortiz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.584 y 87.168, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual declaró nulas las elecciones celebradas el 06-12-2001 en el Sindicato Profesional de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos, Similares y Conexos del Estado Monagas (SPTPPSCM).

 

Se libró Oficio Nº 02-193, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral el fallo dictado por esta Sala en fecha 09-04-2002. Así mismo se le remitieron los antecedentes administrativos contenidos en siete (7) pieza.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000124: HENRY PÁEZ, asistido por la abogada María Gabriela Mujica Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 54.959, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 010828-236, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28 de agosto de 2001, mediante la cual se revoca la proclamación del mencionado ciudadano como Concejal Nominal por la Circunscripción Nº 1, del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo.

 

El ciudadano Henry Páez, asistido por el abogado Diego Riera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.958, consignó diligencia mediante la cual solicitó aclaratoria del fallo dictado por esta Sala en fecha 11-04-2002, Así mismo apela de la referida sentencia.

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000124: HENRY PÁEZ, asistido por la abogada María Gabriela Mujica Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 54.959, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 010828-236, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28 de agosto de 2001, mediante la cual se revoca la proclamación del mencionado ciudadano como Concejal Nominal por la Circunscripción Nº 1, del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo.

 

El ciudadano Henry Páez, asistido por el abogado Diego Riera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.958, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada del fallo dictado por esta Sala en fecha 11-04-2002, así como de la diligencia presentada por él en fecha 16-04-2002, mediante la cual solicita aclaratoria del referido fallo y apela del mismo.

 

 

4.- Expediente Nº 2002-000005: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HERMITO SEGUNDO BLANCO PÉREZ,  interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011122-447, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 136, de fecha 11-12-2001, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra actos y Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia.

 

El abogado Alexy Palmar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.696 actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Ramón Bracho, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada del fallo dictado por esta  Sala en fecha 11-04-2002, signado con el número 67.

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000034: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Carlos Eduardo Carta, asistido por el abogado Félix Martínez Farfán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.180,  contra el Acta Extraordinaria del 14-01-1996 del Sindicato Nacional de Gandoleros (S.N.G.). Oficio Nº 00144, de fecha 07-03-2002, remitiendo el expediente Nº 13424 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-180 mediante el cual se le notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por esta Sala en fecha 09-04-2002.

 

 

6.- Expediente Nº 2002-000042: EDUARDO VALERA,  asistido por el abogado José Colmenarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.644, interpone “recurso de amparo constitucional y la acción Popular de Inconstitucional” contra la Resolución Nº 020227-114 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de febrero de 2002, en la cual se declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Eduardo Valera y Miriam Marvez, contra la postulación de la Plancha Nº 5, en el proceso comicial celebrado en el Sindicato Único de Obreros Electricistas y Conexos de Eleoccidente del Estado Cojedes (SUDEDEDEC).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-181, mediante el cual se solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

7.- Expediente Nº 2002-000045: PLACIDO DE JESÚS GRATEROL CAÑIZALEZ, asistido por los abogados Braulio Adarmes Pérez, Noris Marleny Peña y Sixto Borrero Pineda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 3.668, 25.015 y 30.028, respectivamente, interpone  recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020207-102, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de febrero de 2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12 de marzo de 2002, mediante la cual se declaró  lo siguiente: improcedente la impugnación de la votación celebrada en el Centro de Votación Nº 52990, Improcedente el recurso jerárquico interpuesto en fecha 21-08-2000, en contra de las Actas de Escrutinio Nos. 08533, 08537, 08561, 08562 y 08568, todas pertenecientes a la elección de Alcalde del Municipio Candelaria del Estado Trujillo, sin lugar la impugnación de las Actas de Escrutinio Nos 8520, 8524, 8525, 8526, 8534 y 8563, y, sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 21-08-2000, en contra de las votaciones de los Centros de Votación  Nº 53171 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8538; Nº 53160 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8536; Nº 53170 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8537, Nº 53410 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8562; Nº 53020 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8522, Nº 53450 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8566, Nº 53420 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8563.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-182, mediante el cual se solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

8.- Expediente Nº X-2002-000012 (CUADERNO SEPARADO): Alirio Naime y Ana Paula Diniz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.288 y 44.491, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano BERNABÉ ARANA,  interponen solicitud de medida cautelar innominada  con recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020222-137 emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12-03-2002, mediante la cual declaró con lugar  el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Tomas Correa, contra el Acta de Escrutinio Nº 10128 correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Autana del Estado Amazonas. (Recurso Principal Expediente Nº 2002-000032)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 02-185 mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por esta Sala en fecha 11-04-2002.

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000180: CARLOS PADRINOS MALPICA, HUGO COTTIN y NAYIBE ESPINOZA FILIPPI, actuando en su propio nombre y en representación “de los Intereses Difusos de los Abogados Inscritos e Incorporados en el Colegio de Abogados del Estado Carabobo”, solicitan a esta Sala “se sirva Ordenar, mediante oficio, a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Carabobo ... aplique en todo su contenido” la sentencia emanada de esta Sala en fecha 22-10-2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 02-165, mediante el cual se requiere al Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, la remisión de la Comisión  que le fuera conferida, en el estado en que se encuentre, el cual fue enviado mediante el Servicio de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000212: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ELEUTERIO SEPÚLVEDA AVENDAÑO, asistido por la abogada Zuleima González, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.299, contra la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros y sus Similares de los Municipios Simón Rodríguez, Aragua, Freites, Libertad y Anaco del Estado Anzoátegui (S.T.P. FEDEPETROLANACO), en relación a las elecciones de la Junta Directiva del referido Sindicato para el período 2001-2004. Oficio Nº 1737-2001, de fecha 21-11-2001, remitiendo el expediente Nº 7433 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 02-168, mediante el cual se requiere al Juzgado del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, la remisión de la Comisión  que le fuera conferida, en el estado en que se encuentre, el cual fue enviado mediante el Servicio de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIADOR

 

 

 

 

COMUNICACIONES RECIBIDAS EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.

 

 

Por recibida Comunicación ANS-808, suscrita por el ciudadano Rafael Simón Jiménez, Presidente (E) de la Asamblea Nacional, mediante el cual remite la información que le fue solicitada por auto de fecha 03-04-2002.

 

 

 

DILIGENCIA EN: 

 

 

12.- Expediente Nº 2002-000028: Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone recurso de abstención o carencia  contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber resuelto el recurso jerárquico interpuesto en fecha 22-01-2001 por el mencionado ciudadano, contra la adjudicación de Concejales por Lista en el Municipio Catatumbo del Estado Zulia, con ocasión de las elecciones celebradas en fecha 3 de diciembre de 2000.

                       

El abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

13.- Expediente Nº 2002-000027: ORLANDO JOSÉ URDANETA JIMÉNEZ,  asistido por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.190, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de suspensión de efectos contra las Resoluciones Nos. 011212-332 y 020128-049, emanadas del Consejo Nacional Electoral en fechas 12 de diciembre de 2001 y 28 de enero de 2002, respectivamente, publicadas en Gaceta Electoral Nos. 141 y 147, respectivamente,  el proceso electoral realizado en fecha  27 de enero de 2002 para elegir al Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda y contra las Actas de Escrutinio Nos. 12105725-290-3 y 13005726-060-8.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-184, mediante el cual se le solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral, las pruebas que fueron admitidas mediante auto de fecha 10-04-2002.

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

                   

 

 

 

14.- Expediente Nº 2002-000036: JACQUELINE RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, el segundo de los mencionados, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.286, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, en relación al proceso comicial a celebrarse en la referida Casa de Estudios el día 25-04-2002, a los fines de elegir al Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y del resto de las Facultades, así como los representantes profesorales ante el Consejo Universitario y los miembros del Consejo de Apelaciones.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 11-04-2002, por el abogado Gabriel Rodríguez Correia, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.286, actuando en su propio nombre, mediante la cual solicita copia certificada del acta de fecha 11-04-2002, contentiva de la audiencia constitucional celebrada en esta misma fecha, que corre inserta a los folios 249 al 252 del expediente,  esta Sala ACORDÓ expedir  su certificación.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

15.- Expediente Nº 2002-000036: JACQUELINE RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, el segundo de los mencionados, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.286, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, en relación al proceso comicial a celebrarse en la referida Casa de Estudios el día 25-04-2002, a los fines de elegir al Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y del resto de las Facultades, así como los representantes profesorales ante el Consejo Universitario y los miembros del Consejo de Apelaciones. La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta. Ordenó a la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela la inclusión de los Profesores con categoría de Instructores que hayan ingresado al cargo mediante el correspondiente Concurso de Oposición, así como de aquellos que, habiendo desempeñado dichas funciones mediante el mecanismo del contrato por tres (3) años consecutivos, se encuentren contratados a la presente fecha, en la Lista de Electores correspondiente al referido proceso electoral, así como la adopción de todas las providencias que resulten necesarias para un cabal y efecto cumplimiento de la decisión. Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 70.

 

 

El Presidente,  

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

 

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