Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 18 de noviembre de 2002





CUENTA Nº 156

 

 

 

CUENTA Nº 156

 

 

Despacho del lunes dieciocho  (18) de noviembre de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

Visto el escrito presentado en fecha 12-11--2002, por el ciudadano Juan Ovalles, asistido por el abogado Alfredo Hernández Rosas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.404, mediante el cual solicita 2 copias certificadas del referido escrito,  el cual cursa a los folios 1013 y Vto. del expediente, esta Sala ACORDÓ expedir  las certificaciones solicitadas.

 

 

2.- Expediente Nº X-2002-000006: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone medida cautelar innominada con recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006. (Recurso Principal Expediente Nº 2002-000024).

 

Vista la diligencia presentada en fecha 12-11-2002, por las abogadas María Elena Soares de Nobrega y Susy Martínez Ducreaux, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 52.172 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Federación Venezolana de Gimnasia, mediante la cual solicitan copia certificada de los documentos que cursan a los folios 39, 40, 41 y 79 del expediente, esta Sala observa que, por lo que se refiere a los documentos que cursan a los folios 39, 40 y  41 del expediente, esta Sala NEGÓ su certificación. Con relación al documento que cursa al folio 79 del expediente,  esta Sala ACORDÓ su certificación.

 

 

3.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  intima al pago de honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano  FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625,  contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095).

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 14-11-2002, por el ciudadano Francisco Torrealba, asistido por el abogado Francisco Artigas, este Sala pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, se aprecia que el mencionado ciudadano promueve la prueba de cotejo, resulta inoficioso efectuar una prueba de cotejo, declarándose  impertinente la prueba. Con respecto a la prueba de testigos promovida por el ciudadano Francisco Torrealba, mediante la cual promueve la declaración testimonial de los ciudadanos Claudio Farias, C.I. 6.974.497; Richar Díaz, C.I. 10.349.001; Boris Beltrán, C.I. 10.826.434; Roberto Araujo, C.I. 4.057.939 y River Linares, C.I. 6.609.017, al respecto, se admitió cuanto ha lugar en derecho.

 

 

4.- Expediente Nº X-2002-000006: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone medida cautelar innominada con recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006. (Recurso Principal Expediente Nº 2002-000024).

 

La abogada María Elena Soares de Nobrega, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 52.172, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Federación Venezolana de Gimnasia, consignó diligencia mediante la cual deja constancia de haber recibo las copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 18-11-2002.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

COMUNICACIONES RECIBIDAS EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000083: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela.

 

Por recibido comunicación de fecha 05-11-2002, emanada del Consejo Electoral del Colegio de Ingeniero de Venezuela mediante la cual remite a esta Sala la copia del aviso de prensa que apareció publicada en la página 10  del Diario El Globo de fecha 08-11-2002.

 

 

6.- Expediente Nº 2002-000083: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela.

 

Por recibido comunicación de fecha 05-11-2002, emanada del Consejo Electoral del Colegio de Ingeniero de Venezuela mediante la cual remite a esta Sala copia de la Comunicación CE/25-02 remitida al Consejo Nacional Electoral.

 

 

SENTENCIA

 

 

7.- Expediente Nº 2002-000089: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, asistido por el abogado Francisco Artigas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.936, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución Nº 021003-296, emanado del Consejo Nacional Electoral en fecha 03 de octubre de 2002, la cual resuelve aspectos referidos al proceso electoral a celebrarse en el Sindicato de Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas, (SITRAMECA). La Sala declaró HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento y de la acción. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 173.

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000100: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de conformidad con lo previsto en el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, remite a esta Sala expediente contentivo de la amparo constitucional interpuesta por la abogada NORELIS COROMOTO CARRILLO ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.457,  actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JHON RICARDO FERNÁNDEZ, RAFAEL OVIDIO ROJAS MARQUINA, ALEXANDER KRINITZKY, MANUEL SÁNCHEZ, JOSÉ ADALBERTO BARIENTOS, GLADIS MABELIS DAVILA, HUGO TORRES Y OSWALDO LEON CUEVAS,  contra  la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Mérida. Oficio Nº 0334-2002, de fecha 01-11-2002). (1 pieza). La Sala declaró 1.- COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional incoada. 2.- ADMITIÓ la  acción de amparo. 3.- ACORDÓ tramitar la solicitud de amparo constitucional conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1° de febrero de 2000. 4.- ORDENÓ librar boleta de notificación a la Comisión Electoral y librar oficio de notificación al Ministerio Público. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 174.

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 


 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados