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Sala Electoral
  • Fecha: 19 de junio de 2002





CUENTA Nº 89

 

 

 

CUENTA Nº 89

 

 

 

Despacho del miércoles diecinueve (19) de junio de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

La ciudadano Escarlet Guerra, asistida por la abogada Leila Brito, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.216, consignó diligencia mediante la cual deja constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 8-05-2002.

 

 

2.- Expediente Nº 2002-000045: PLACIDO DE JESÚS GRATEROL CAÑIZALEZ, asistido por los abogados Braulio Adarmes Pérez, Noris Marleny Peña y Sixto Borrero Pineda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 3.668, 25.015 y 30.028, respectivamente, interpone  recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020207-102, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de febrero de 2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12 de marzo de 2002, mediante la cual se declaró  lo siguiente: improcedente la impugnación de la votación celebrada en el Centro de Votación Nº 52990, Improcedente el recurso jerárquico interpuesto en fecha 21-08-2000, en contra de las Actas de Escrutinio Nos. 08533, 08537, 08561, 08562 y 08568, todas pertenecientes a la elección de Alcalde del Municipio Candelaria del Estado Trujillo, sin lugar la impugnación de las Actas de Escrutinio Nos 8520, 8524, 8525, 8526, 8534 y 8563, y, sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 21-08-2000, en contra de las votaciones de los Centros de Votación  Nº 53171 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8538; Nº 53160 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8536; Nº 53170 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8537, Nº 53410 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8562; Nº 53020 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8522, Nº 53450 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8566, Nº 53420 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8563.

 

El abogado Sixto Borrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.028, consignó diligencia mediante la cual deja constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 18-06-2002.

 

 

3.- Expediente Nº 2002-000001: Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Carabobo, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el abogado Luis Cruces Torrealba, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.970, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos INOCENCIO RIVAS, PEDRO SALAS, PEDRO MIRABAL, SAMUEL GONZÁLEZ, LUIS GONZÁLEZ, CLAUDIO SAAVEDRA, BRIGIDO TOVAR Y JOSÉ RETACO, contra la Resolución Nº 011115-410, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 15-11-2001, mediante la cual revocó el reconocimiento otorgado por el órgano electoral, y en consecuencia, declaró la nulidad del acto de votación realizado el día 25-09-2001, en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Frigorífico Industrial Carabobo (SINTRAFRINCA) y convocó a una Asamblea General para el día 19-11-2001, en la cual se designaría la nueva Comisión Electoral.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-262, anexo al cual se remiten al Presidente del Consejo Nacional Electoral antecedentes administrativos contenidos en una (1) pieza.

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000213: WILMER JOSÉ GUTIÉRREZ REYES, asistido por el abogado Alexy Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.696, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 011207-471, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2001, mediante la cual declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Henry Márquez, Argenis Rivas, Víctor Valles y Rafael Suárez, contra la elección de las autoridades del Sindicato de Obreros y Empleados Petroleros de Tía Juana (S.O.E.P.T.J.); revoca el reconocimiento otorgado por el Consejo Nacional Electoral  y en consecuencia declara la nulidad del acto de votación realizado el día 10-10-2001,  convoca a una Asamblea General para el día 13-12-2001, en la cual se designará la nueva Comisión Electoral y fija como nueva fecha para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato el día 19-12-2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-261, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral el fallo dictado por esta Sala en fecha 05-06-2002.

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-267, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el fallo dictado por esta Sala en fecha 11-06-2002. Asimismo se le remitió los antecedentes administrativos contenidos en dos  (2) pieza relacionado con dicho juicio.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

El ciudadano Francisco Torrealba Ojeda, actuando con el carácter de Presidente del Sindicato de Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA), asistido por el abogado Pedro Cáceres Bustamante, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.202, consignó escrito (Acompañó anexos).

 

 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

7.- Expediente Nº 2002-000059: ANDRÉS LÓPEZ DÍAZ, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020319-180, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 19-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157 de fecha 24-04-2002, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica correspondientes a la elección del Alcalde del Municipio Los Salias del Estado Miranda.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 17-06-2002, por el abogado Juan José Molina Bermúdez, apoderado judicial de la parte recurrente, y el ciudadano Juan Fernández Morales, asistido por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo e inadmitiendo según el caso las pruebas. Se libró Oficio Nº 02-272, mediante el cual se solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral la remisión de las copias certificadas de los documentos que se especifican en el auto de fecha 19-06-2002.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000059: ANDRÉS LÓPEZ DÍAZ, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020319-180, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 19-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157 de fecha 24-04-2002, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica correspondientes a la elección del Alcalde del Municipio Los Salias del Estado Miranda.

 

El abogado Juan José Molina Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233,  actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Andrés López Díaz, consignó escrito.

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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