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Sala Electoral
  • Fecha: 21 de marzo de 2002





CUENTA Nº 41

CUENTA Nº 41

 

 

 

Despacho del jueves veintiuno (21) de marzo de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000035: VIRGILIO BRICEÑO, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID DUARTE, HERNAN ECHENIQUE, JESÚS DELGADO, ANA WUILERMA BELISARIO, JOSÉ LUIS NOGUERA, OLGA TORRES y JOSÉ LAGUNA, integrantes de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores de Artes Gráficas, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.U.T.A.G.S.C.) y CARLOS REYES, MIGUEL REYES, NICOLAS GONZÁLEZ, RAFAEL BRAVO, CONSOLACIÓN PINEDA, FRANCISCO PEÑA, CARLOS CORRO, NIEVES DELGADO y EVELIO PALACIOS, integrantes de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa el 16 de octubre de 2001, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020130-053, de fecha 30-01-02, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual resuelve dejar sin efecto las elecciones realizadas el 16-10-01 en el mencionado sindicato.

                                      

Se acordó solicitar los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 02-139.

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000084: José Guillermo Andueza y Genis Arbey Navarro Serna, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 1.300 y 78.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano WILLIAM DAVILA BARRIOS, interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010530-152, emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 30 de mayo de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las actas de escrutinio que indica y otros actos electorales, del proceso comicial celebrado en fecha 30 de julio de 2000, para elegir al Gobernador del Estado Mérida.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 11-03-2002, por el abogado Gustavo Adolfo Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.833, mediante la cual solicita copia certificada de la totalidad del expediente, y de  la pieza identificada como  anexo uno (1), se observa que, cursan a los folios 1 al 220 y 222 al 581 del expediente judicial, documentos  en original o certificados,  por lo que  esta Sala ACORDÓ expedir su certificación. Con relación al documento que cursa al folio 221, esta Sala NEGÓ su certificación. Ahora bien, por lo que se refiere a los documentos que cursan en la pieza identificada con anexo “1”, se observa que en cuanto a los documentos identificados con las letras “B”, “F”, “G” y “H”, esta Sala ACORDÓ expedir su certificación y en relación a los documentos marcados con las letras “C”, “D” y “E”,  esta Sala NEGÓ su certificación

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000100: FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000, para elegir al  Alcalde del  Municipio Roscio del Estado Guárico.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio  Nº 02-136, mediante el cual se solicita General de División Manuel Antonio Rosendo, Jefe del Comando Unificado de las Fuerzas Armadas Nacionales, la remisión del material electoral correspondiente a las Actas de Escrutinio Nros. 4282 y 4284, y en caso de que no resulte posible, informe sobre los motivos de tal circunstancia.

           

 

4.- Expediente Nº 2001-000100: FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000, para elegir al  Alcalde del  Municipio Roscio del Estado Guárico.

 

El ciudadano FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, consignó diligencia.

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000008:  Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011116-433, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17-12-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la postulación del ciudadano Carlos Ramiro Orna como Alcalde del Municipio Camaguán del Estado Guárico.

 

El abogado Rafael Montano Nieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.898, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Ramiro Orna Rivera, consignó diligencia.

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000158: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo de la consulta de ley de la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, de fecha 21 de septiembre de 2000, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional, interpuesta por los ciudadanos MANUEL PIÑEIRO, RAQUEL PACHECO Y JASSMÍN MIJARES, contra la conducta asumida por los ciudadanos Rosalía Dávalos, María Nieves Guiñan, Feliz Muñoz, Pedro Valente y Rolando Pérez, éstos últimos actuando como Miembros de la Junta Directiva del Colegio de Médicos del Estado Miranda. Oficio Nº 01-1794, de fecha 10-10-2001, remitiendo el expediente Nº 2000002465 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza).

 

La ciudadano Jazmín Mijares Guerrero, asistida por la abogada Astrid Mijares, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.972, consignó diligencia mediante la cual solicita la devolución  del poder original que cursa a los folios 61 al 63, así como de la Inspección Judicial que corre inserta a los folios 22 al 35. Igualmente consignó anexo a la diligencia revocatoria de poder a tenor de lo previsto en el artículo 155 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000158: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo de la consulta de ley de la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, de fecha 21 de septiembre de 2000, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional, interpuesta por los ciudadanos MANUEL PIÑEIRO, RAQUEL PACHECO Y JASSMÍN MIJARES, contra la conducta asumida por los ciudadanos Rosalía Dávalos, María Nieves Guiñan, Feliz Muñoz, Pedro Valente y Rolando Pérez, éstos últimos actuando como Miembros de la Junta Directiva del Colegio de Médicos del Estado Miranda. Oficio Nº 01-1794, de fecha 10-10-2001, remitiendo el expediente Nº 2000002465 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza).

 

La ciudadano Jazmín Mijares Guerrero, asistida por la abogada Astrid Mijares, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.972, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de todo el expediente a excepción del folio 143 del mismo.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADOS Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000008:  Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano SEBASTIÁN NAVARRO MARICHAL, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011116-433, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17-12-2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la postulación del ciudadano Carlos Ramiro Orna como Alcalde del Municipio Camaguán del Estado Guárico.

 

El abogado Rafael Montano Nieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.898, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Ramiro Orna Rivera, consignó escrito de conclusiones.

 

 

9.- Expediente Nº 2002-000032: Alirio Naime y Ana Paula Diniz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.288 y 44.491, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano BERNABÉ ARANA,  interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 020222-137 emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12-03-2002, mediante la cual declaró con lugar  el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Tomas Correa, contra el Acta de Escrutinio Nº 10128 correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Autana del Estado Amazonas.

 

El abogado Ariel Rodríguez Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.955, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (1) pieza separada con  el recaudo identificado con la letra “B” que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

10.- Expediente Nº 2002-000021: JOSÉ VICENTE PEREIRA GUERRA,  asistido por los abogados Yenibel Inés Lugo Bastardo y Pedro Ignacio Sifontes Ortiz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.584 y 87.168, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual declaró nulas las elecciones celebradas el 06-12-2001 en el Sindicato Profesional de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos, Similares y Conexos del Estado Monagas (SPTPPSCM).

 

La abogada Mari Jiménez Belisario, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 70. 995, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadano Yliber Pereira, Francisco Maíz  y otros, consignó escrito (acompañó anexos).

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

 

11.- Expediente Nº 2002-000011: Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.

 

Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Universal”. Se libraron los Oficios Nº 02-145, 02-146 y se expidió  cartel de emplazamiento.

 

 

12.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.

 

Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Se libraron los Oficios Nº 02-143, 02-144 y se expidió  cartel de emplazamiento.

 

 

13.- Expediente Nº 2002-000001: Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Carabobo, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el abogado Luis Cruces Torrealba, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.970, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos INOCENCIO RIVAS, PEDRO SALAS, PEDRO MIRABAL, SAMUEL GONZÁLEZ, LUIS GONZÁLEZ, CLAUDIO SAAVEDRA, BRIGIDO TOVAR Y JOSÉ RETACO, contra la Resolución Nº 011115-410, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 15-11-2001, mediante la cual revocó el reconocimiento otorgado por el órgano electoral, y en consecuencia, declaró la nulidad del acto de votación realizado el día 25-09-2001, en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Frigorífico Industrial Carabobo (SINTRAFRINCA) y convocó a una Asamblea General para el día 19-11-2001, en la cual se designaría la nueva Comisión Electoral. Oficio Nº 2659, de fecha 18-12-2001, remitiendo el expediente Nº 16.967 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 Pieza).

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha  19-03-2002, por el abogado Luis Cruces Torrealba, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas,  admitiendo e inadmitiendo las pruebas segundo el caso.  Así mismo se  Libró Oficio Nº 02-140, anexó al cual se remite Comisión conferida al Juzgado Segundo de Municipio de Valencia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Igualmente se libraron Oficios Nos. 02-142 y 02-141, al Inspector del Trabajo del Estado Carabobo, Gerente de la empresa Frigorífico Industrial Carabobo, C.A., respectivamente.

 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

14.- Expediente Nº 2002-000018: SAÚL ANTONIO BERMÚDEZ, asistido por el abogado Reinaldo Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.037, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020118-030, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 18 de enero de 2002 y publicada en Gaceta Electoral Nº 144 del 21 de enero de 2002, mediante la cual se reconoce la validez del proceso electoral de la Federación Venezolana de Maestros (F.V.M.), celebrada en fecha 13-11-2001.

 

El ciudadano Saúl Antonio Bermúdez, asistido por el abogado Reinaldo Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.037, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

 

 

SENTENCIA

 

 

15.- Expediente Nº 2002-000033: YAHIR JOSÉ MELÉNDEZ, HEIDE BEATRIZ YAGUAS ALVAREZ y ENRIQUE JOSÉ BAQUERO MALDONADO, asistidos por el abogado William Alexis Pérez, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Estudiantil de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, Instituto Pedagógico de Barquisimeto, integrada por los ciudadanos Gustavo Fuentes, Larry Quintero Cayetano Rodríguez, Jesús Superlano e Ismaelda Guedez, referido al proceso electoral cuyo acto de votación esta fijado para el 19 de marzo de 2002.  La Sala ORDENÓ a los accionantes YAHIR JOSE MELÉNDEZ CANELON, HEIDE BEATRIZ YAGUAS ALVAREZ y ENRIQUE JOSE BAQUERO MALDONADO, corregir las omisiones advertidas dentro de un lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la correspondiente notificación, a los fines de ilustrar con mas propiedad el criterio jurisdiccional y permitir la emisión del pronunciamiento correspondiente, advirtiéndoles que la falta de cumplimiento a la orden contenida en este fallo dará lugar a la declaratoria de inadmisibilidad de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 53.

                                                                                                                           

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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