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Sala Electoral
  • Fecha: 23 de mayo de 2002





CUENTA Nº 74

 

CUENTA Nº 74

 

 

 

Despacho del jueves veintitrés  (23) de mayo de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000061: ÁNGEL GARCÍA,  JUAN ORTIZ y EVA GUARATE, asistidos por la abogada Nayadet Mogollón, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 42.014, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y mediante cautelar provisionalísima, contra la Providencia Administrativa Nº DS-128 emanada de la Superintendencia de Cajas de Ahorro (SUDECA) de fecha 16-04-2002, publicada en Gaceta Oficial Nº 37.433 de fecha 30-04-2002, mediante la cual convoca a una Asamblea Extraordinaria de Delegados de Cajas de Ahorros del Sector de Empleados Públicos (CASEP) a fin de designar la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso de elecciones de las nuevas autoridades de la referida Asociación.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se acordó solicitar los antecedentes  administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso a la Superintendencia de Cajas de Ahorros. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 02-236. Así mismo se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ,  a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.

 

Se designó ponente al Magistrado  Doctor  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-224, mediante el cual se comunica al Comité Olímpico Venezolano el fallo dictado por esta Sala en fecha 14-05-2002. Así mismo se le remitieron los antecedentes administrativos contenidos en una (1) pieza.

 

 

4.- Expediente Nº X-2002-000006: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone medida cautelar innominada con recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006. (Recurso Principal Expediente Nº 2002-000024)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-223, anexo al cual se remite al  Comité Olímpico Venezolano los antecedentes administrativos contenidos en una (1) pieza.

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01 por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización, Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas, Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.

 

El abogado Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, consignó diligencia (Acompañó anexos).

 

 

 

 

 

AUTO PARA MEJOR PROVEER

 

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

La Sala acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral,  para que dentro de los tres (3) días de despacho  siguientes a  su notificación, informe: 1) Si el ciudadano FRANCISCO TORREALBA, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO DE TRABAJADORES DEL METRO DE CARACAS, C.A. (SITRAMECA), sometió a su consideración solicitud de convocatoria a elecciones, en los términos previstos en los artículos 32 y siguientes del Estatuto Especial para la Renovación de la Dirigencia Sindical, y en caso afirmativo en qué fecha lo hizo. 2) En el supuesto que haya mediado solicitud de convocatoria a elecciones, informe si la misma fue admitida por ese órgano electoral y cuáles han sido los pasos subsiguientes que han tenido lugar y que han debido ser supervisados por el Consejo Nacional Electoral. 3) Cuál es la situación actual del referido sindicato, en lo que respecta a su proceso electoral para la relegitimación de autoridades. Se libró Oficio Nº 02-233.

 

 

 

 

COMUNICACIONES RECIBIDAS EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2002-000048: FREDDY ENRIQUE GUZMÁN LÓPEZ, asistido por el abogado John Elías, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 85.854, interpone recurso contencioso electoral contra el acto contenido en el Acta de Totalización y Proclamación de las Autoridades Ejecutivas del Movimiento al Socialismo (MAS), de fecha 29 de noviembre de 2001.

 

Por recibido comunicación S/N, suscrito por el ciudadano Nelson Rampersad Bello, Presidente de la Comisión Electoral Nacional del Partido Político Movimiento al Socialismo (MAS), mediante la cual informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso y remite los antecedentes administrativos del caso, se acordó agregar al expediente judicial la  referida comunicación y formar una (1) pieza separada con  el anexo que acompañó a la comunicación, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000059: ANDRÉS LÓPEZ DÍAZ, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020319-180, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 19-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157 de fecha 24-04-2002, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica correspondientes a la elección del Alcalde del Municipio Las Salias del Estado Miranda.

 

Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Se libraron los Oficios Nº 02-234, 02-235 y se expidió  cartel de emplazamiento.

 

 

 

SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

9.- Expediente Nº 2002-000060:  Ada Raffalli de Stuyt, Andrik Prieto y Carlos Eduardo Ponce Silén, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 11.459, 57.113 y 48.339, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ADA RAFFALLI DE SRUYT, CARLOS VINICIO ESCOLA ROSARIO, ELIGIO JUÁREZ, LILIA CHAPARRO PAREDES, ADEIRO COLINA, ANDRIK PRIETO, HUGO SILVA, ANA MARÍA PAZ, JOHN KOSMALSKI y ÁNGEL SANTIAGO BRIÑEZ, interponen amparo constitucional contra el Consejo Nacional Electoral,  “por interferir en la realización de las elecciones de los jueces de paz del Municipio Maracaibo...”.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de que se pronuncie  sobre la admisión de la presente acción de amparo.

 

 

SENTENCIA

 

 

10.- Expediente Nº 2002-000055: JUAN VENANCIO HERNÁNDEZ PÉREZ, asistido por el abogado Dorgi Jiménez Ramos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.487, interpone acción de amparo constitucional  contra el acto emanado de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, manifestado en la publicación del listado de electores de que participaran en el proceso comicial para elegir a las autoridades de la Facultad de Ciencias de la Universidad Central de Venezuela. La Sala declaró que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en la acción de amparo interpuesta. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 100.

 

 

11.- Expediente Nº 2002-000057: EDGAR ANTONIO VEJAR, asistido por el abogado Juan José Salcedo González, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral y el Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, referido al proceso comicial a celebrarse en la referida Casa de Estudios a los fines de elegir las autoridades universitarias de la misma. La Sala declaró que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 101.

 

 

12.- Expediente Nº 2002-000058: NERIO JOSÉ ALVARADO PEREIRA y ÁNGEL JOSÉ GARCÍA VALERA,  asistidos por el abogado Gabriel Calixto Rodríguez Correia, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 47.286, interponen amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto emanado de la Comisión Electoral Regional, avalado por la Comisión Electoral Nacional, ambas pertenecientes a la Universidad Experimental Politécnico “Antonio José de Sucre”, manifestado en la publicación de la lista de electores para el acto comicial del próximo 22-05-2002. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer de  la acción de amparo constitucional interpuesta. 2.- HOMOLOGÓ EL DESISTIMIENTO de la acción de amparo constitucional, manifestado en fecha 16 de mayo de 2002 por el apoderado judicial de los recurrentes. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 102.

 

 

13.- Expediente Nº 2001-000185: ALNARDO SIMANCAS, Presidente de la Caja de Ahorros de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo Municipal del Distrito Capital, FRANKLIN TORO, DIEGO SÁNCHEZ, JOSEFINA MAYORA, ÁNGEL RIVAS y LAURA MARTÍNEZ, actuando con el carácter de miembros del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia de la referida Caja de Ahorros, asistidos por el abogado Horacio de Grazia Suárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 84.032, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto contenido en el Oficio Nº FSCA-04203, de fecha 25 de octubre de 2001, dictado por el Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas, actuando por delegación de firmas del Ministro de Finanzas, mediante el cual se ordenó convocar a una Asamblea Extraordinaria a la referida Caja de Ahorros, a los fines de que “dentro de los quince días siguientes al recibo del ... oficio, siendo el punto único del orden del día: NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”. La Sala declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Se declaró parcialmente nulo el acto impugnado, en los siguientes términos: a) ajustada a derecho la decisión que consideró ilegal la prórroga por un (1) año del período de gestión de los recurrentes por lo cual se ratifica la consecuente orden de convocar una Asamblea General Extraordinaria de Asociados a realizarse dentro de los quince (15) días continuos siguientes a la práctica de la última de las notificaciones del fallo que se ordena practicar, cuyo único punto del día sea el nombramiento de la Comisión Electoral, que deberá llevar a cabo el proceso electoral de renovación de autoridades, en los términos y condiciones establecidos en la motiva; b) inaplicable el artículo 46 del derogado Reglamento de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, en virtud de lo cual en el caso concreto podrán los recurrentes postularse con fines de reelección a cualesquiera de los cargos que conforman los Consejos de Administración y de Vigilancia, en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley de Cajas de Ahorros y Fondos de Ahorros.    Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 103.

 

 

14.- Expediente Nº X-2002-000015 (CUADERNO SEPARADO): CIRA ARANGUREN, asistida por el abogado Alexis Lara Rivero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 55.559,  interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020318-182, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 18-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 156 del 11-04-2002, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Alberto Martínez contra el proceso comicial  efectuado el 03-12-2000, a los fines de elegir a  la Junta Parroquial de la Parroquia Bolívar (Araira), Municipio Zamora del Estado Miranda. (Recurso Principal Expediente Nº 2002-000052). La Sala declaró IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 104.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 


 

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