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CUENTA Nº 142
Despacho del
miércoles veintitrés (23) de octubre de
2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta
con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
DILIGENCIA EN:
1.- Expediente Nº 2001-000057: MOREL RAFAEL RODRÍGUEZ AVILA, actuando
con el carácter de candidato a Gobernador del Estado Nueva Esparta en las
elecciones del 30 de julio de 2000, asistido por los abogados Pedro José Mora
Rangel, Juan Correa de León y Octavio
Tovar Guzmán, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 2.348, 294 y 7.154, respectivamente, interpone
recurso contencioso electoral contra las actas de escrutinio que indica, y el
acta de Totalización y Proclamación elaborada por la Junta Regional Electoral
del Estado Nueva Esparta.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-349, anexo al cual se
remiten al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos
contenidos en una (1) pieza así como cuarenta y dos (42) piezas de anexos
consignados por ese Órgano Electoral.
2.- Expediente Nº 2002-000091: Luis Alberto Peña, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 4.918, y Eduardo Montserrat Pérez, el primero
actuando en su propio nombre y asistiendo al segundo de los mencionados,
interponen recurso de interpretación referido al artículo 8 de la Ley del
Instituto de Oficiales de Las Fuerzas Armadas Nacionales en Situación de
Retiro.
El
abogado Luis Alberto Peña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4.918,
consignó diligencia mediante la cual solicita tres copias certificadas de la
sentencia Nº 159 de fecha 16-10-2002.
3.- Expediente Nº 2002-000086: ÁNGEL DIAZ CASTILLO, asistido por el
abogado Ángel Ignacio Heredia, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
61.181, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 189 de
fecha 04-07-2002, dictada por el Ministro de Educación, Cultura y Deportes,
notificada el 29-08-2002, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso
jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la decisión emanada
del Directoria del Instituto Nacional de Deportes en fecha 17-05-2001, mediante
la cual se reconoció la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación
Venezolana de Ciclismo, para el período 2001-2005.
El
ciudadano Ángel Díaz, asistido por la abogada María Mercedes San Blas Arteaga,
consignó diligencia mediante la cual apela del auto dictado por el Juzgado de
Sustanciación en fecha 15-10-2002, mediante el cual se declaró Inadmisible el
recurso interpuesto.
COMUNICACIONES RECIBIDAS EN:
4.- Expediente Nº 2002-000085: Jesús Valdemar Ramírez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 43.176, actuando con el carácter de apoderado
judicial de los ciudadanos Guillermo Arquides Trias y Miguel Millán Lozada,
miembros de la Asociación de Productores de Café de Bergantín (ASOPROCABE),
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar
innominada, contra la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación,
celebrada en fecha 13-07-2002.
Por
recibido en esta misma fecha, comunicación suscrita por el ciudadano Nelson
Parra, miembro de la Junta Electoral de la Asociación de Productores de Café de
Bergantín (ASOPROCABE), mediante la cual informa sobre los aspectos de hecho y
de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el recurso
contencioso electoral, se acordó agregar al expediente la referida comunicación así como los anexos
que acompañaron a la misma, por contener los antecedentes administrativos
relacionados con el caso.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
5.- Expediente Nº
2002-000079: Carlos
Alberto Guevara Solano y Rodrigo Pérez Bravo, inscritos en el Inpreabogado bajo
los números, 28.575 y 9.277, actuando con el carácter de apoderados judiciales
del ciudadano JUAN ALVAREZ DE LUGO, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta al
recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 11-09-2000,
contra un número de Actas de Escrutinio correspondientes al proceso
comicial celebrado en julio de 2000, a
los fines de elegir a los Diputados por Lista a la Asamblea Nacional, por el
Distrito Capital.
Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 17-10-2002, por el abogado Carlos Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Juan Álvarez de Lugo.
6.- Expediente Nº
2002-000079: Carlos
Alberto Guevara Solano y Rodrigo Pérez Bravo, inscritos en el Inpreabogado bajo
los números, 28.575 y 9.277, actuando con el carácter de apoderados judiciales
del ciudadano JUAN ALVAREZ DE LUGO, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta al
recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 11-09-2000,
contra un número de Actas de Escrutinio correspondientes al proceso comicial celebrado en julio de 2000, a los fines de
elegir a los Diputados por Lista a la Asamblea Nacional, por el Distrito
Capital.
De conformidad con el artículo 397, único
aparte, del Código de Procedimiento
Civil y con la sentencia dictada por esta Sala en fecha 6 de agosto de 2001,
signada con el número 99, se fijó el
día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas
promovidas.
7.- Expediente Nº 2002-000082: Carlos Alberto Guevara, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado
judicial de la ciudadana VESTALIA
SANPEDRO DE ARAUJO, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber
dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por la mencionada ciudadana en
fecha 11-09-2000, contra un número de Actas de Escrutinio correspondientes al
proceso comicial celebrado en julio de
2000, a los fines de elegir a los Diputados Nominales por la Circunscripción Nº
4 del Estado Carabobo a la Asamblea Nacional.
Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 17-10-2002, por el abogado Carlos Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Vestalia Sanpedro de Araujo.
8.- Expediente Nº 2002-000082: Carlos Alberto Guevara, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado
judicial de la ciudadana VESTALIA
SANPEDRO DE ARAUJO, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber
dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por la mencionada ciudadana en
fecha 11-09-2000, contra un número de Actas de Escrutinio correspondientes al
proceso comicial celebrado en julio de
2000, a los fines de elegir a los Diputados Nominales por la Circunscripción Nº
4 del Estado Carabobo a la Asamblea Nacional.
De conformidad con el artículo 397, único
aparte, del Código de Procedimiento
Civil y con la sentencia dictada por esta Sala en fecha 6 de agosto de 2001,
signada con el número 99, se fijó el
día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.
9.- Expediente Nº 2002-000081: CARLOS JULIO RIVERA, ERASMO LANDAETA,
OMAR DODERO, YHAJAIRA ELIZABETH SALAZAR, FELIX ANDRÉS VÁSQUEZ MARTÍNEZ, ANDRÉS
RAÚL ROJAS SOSA, PEDRO RAMÓN GASCON, CARMEN RAFAELA CASTRO RAVELO, CARMEN
SERRANO, NOREÉ RAMÍREZ SALAZAR, VÍCTOR OSWALDO PEREIRA CARRERO, MARÍA TERESA
OCANTO ORTA y ADA LUISA ROPMERO RODRÍGUEZ, asistidos por el abogado José del
Carmen Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.495, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar
contra la Resolución Nº 020725-227, emanada del Consejo Nacional Electoral en
fecha 25-07-2002, mediante la cual no se otorga reconocimiento de validez al
proceso electoral celebrado el día 21-11-2001, en la Organización Sindical
“SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA SALUD, CENTROS ASISTENCIALES, SEGURIDAD
SOCIAL, SIMILARES Y CONEXOS DEL
DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA (SUTRASALUD)” y fija el día 16-08-2002 como
fecha para la celebración de las elecciones en la referida organización
sindical.
Visto
el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 16-10-2002, por el
abogado José del Carmen Blanco, apoderado judicial de la parte recurrente, así
como la diligencia de oposición a pruebas, de fecha 22-10-2002, suscrita por el
abogado David Matheus, apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, el
Juzgado de Sustanciación paso a pronunciarse sobre la admisión de estas,
admitiendo las mismas. Se libró Oficio Nº 02-362, anexó al cual se remite copia
certificada del auto dictado en fecha 23-10-2002, al Presidente del Consejo
Nacional Electoral.
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente Nº
2002-000079: Carlos
Alberto Guevara Solano y Rodrigo Pérez Bravo, inscritos en el Inpreabogado bajo
los números, 28.575 y 9.277, actuando con el carácter de apoderados judiciales
del ciudadano JUAN ALVAREZ DE LUGO, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta al
recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 11-09-2000,
contra un número de Actas de Escrutinio correspondientes al proceso
comicial celebrado en julio de 2000, a
los fines de elegir a los Diputados por Lista a la Asamblea Nacional, por el
Distrito Capital.
El
abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212,
actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral,
consignó diligencia mediante la cual se opone a la prueba promovida por la
parte recurrente en el punto 2.
11.- Expediente Nº 2002-000082: Carlos Alberto Guevara, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado
judicial de la ciudadana VESTALIA
SANPEDRO DE ARAUJO, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber
dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por la mencionada ciudadana en
fecha 11-09-2000, contra un número de Actas de Escrutinio correspondientes al
proceso comicial celebrado en julio de 2000,
a los fines de elegir a los Diputados Nominales por la Circunscripción Nº 4 del
Estado Carabobo a la Asamblea Nacional.
El
abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212,
actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral,
consignó diligencia mediante la cual se opone a la prueba promovida por la
parte recurrente en el punto 2.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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