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CUENTA Nº 58
Despacho del
miércoles veinticuatro (24) de abril de 2002. Se abrió la sesión presidida por
el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente
Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
NUEVO ASUNTO
INGRESADO:
1.- Expediente Nº
2002-000048: FREDDY ENRIQUE GUZMÁN LÓPEZ, asistido por el abogado John Elías, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 85.854, interpone recurso contencioso electoral
contra el acto contenido en el Acta de Totalización y Proclamación de las
Autoridades Ejecutivas del Movimiento al Socialismo (MAS), de fecha 29 de
noviembre de 2001.
Se dio cuenta a la
Sala.
OFICIOS LIBRADOS EN:
2.- Expediente Nº 2002-000030: Enrique Fermín Villalba, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.792, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano REGULO SUCRE, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Resolución Nº 020204-64, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 4 de febrero de 2002, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Carlos Gordones, contra la elección de Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre.
Se libró Oficio Nº
02-201, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional
Electoral el fallo dictado por esta Sala en fecha 23-04-2002. Así mismo se
remite antecedentes administrativos contenidos en una (1) pieza.
3.- Expediente Nº 2001-000191: Alejandro Canónico Sarabia,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.038, actuando con el carácter de
apoderado judicial del ciudadano EUDIS RAFAEL AMPARAN, interpone recurso
contencioso electoral, contra la decisión emanada del Consejo Nacional
Electoral, contenida en el Acta de Sesión de fecha 19 de septiembre de 2001,
mediante la cual aprobó el Informe de la Coordinación Sindical del Estado Nueva
Esparta, donde declaran la expulsión del mencionado ciudadano del Sindicato
Único de Trabajadores de Hoteles, Bares y sus Similares del Estado Nueva
Esparta (SUTHENE).
Se libró Oficio Nº
02-202, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional
Electoral el fallo dictado por esta Sala en fecha 23-04-2002. Así mismo se
remite antecedentes administrativos contenidos en una (1) pieza. Igualmente se
libró boleta al ciudadano EUDIS
RAFAEL AMPARAN (parte recurrente), mediante la cual se le notifica el fallo dictado por
esta Sala en fecha 23-04-2002.
DILIGENCIA EN:
4.- Expediente Nº 2002-000034:
Juzgado
Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Carabobo, declina competencia en el expediente contentivo del recurso de
nulidad interpuesto por el ciudadano Carlos Eduardo Carta, asistido por el
abogado Félix Martínez Farfán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
19.180, contra el Acta Extraordinaria
del 14-01-1996 del Sindicato Nacional de Gandoleros (S.N.G.). Oficio Nº 00144,
de fecha 07-03-2002, remitiendo el expediente Nº 13424 (nomenclatura de ese
Juzgado) (1 Pieza).
El ciudadano Carlos
Eduardo Carta, asistido por el abogado Roberto González Luque, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 254, consignó diligencia anexa a la cual consignó
escrito mediante el cual da respuesta a la solicitud formulada mediante fallo
de fecha 9-04-2002.
5.- Expediente Nº 2002-000046: Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declina competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada por el abogado Roberto González Luque, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 254, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO NACIONAL DE GANDOLEROS, S.N.G., CONTRA EL “ORDINAL 6º DEL ARTÍCULO 293 de la Constitución, las Resoluciones Nos 000225-75 y 010418-113, emanadas del Consejo Nacional Electoral y la Comunicación 207 emanada de la Directora de Inspectoría Nacional y Otros Asuntos Colectivos de Trabajo del sector Privado del Ministerio del Trabajo de fecha 16-03-2002. Oficio Nº 0901 de fecha 15-04-2002, remitiendo el expediente Nº 2001-000726 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza).
El abogado Roberto
González Luque, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 254, actuando con el
carácter de apoderado judicial del
SINDICATO NACIONAL DE GANDOLEROS, S.N.G. consignó diligencia mediante la cual
solicitó se dicte sentencia.
ESCRITO PRESENTADOS
Y AGREGADOS EN:
6.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.
El
abogado Tulio José Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
7.282, actuando en su propio nombre, consignó escrito de conclusiones.
7.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.
Las
abogadas María Elena Soares de Nobrega y Susy Martínez Ducreaux, inscritas en
el Inpreabogado bajo los números 52.172 y 52.527, respectivamente, actuando con
el carácter de apoderada judicial de la Federación Venezolana de Gimnasia,
consignaron escrito de conclusiones.
JUZGADO DE
SUSTANCIACIÓN
8.- Expediente Nº 2002-000045: PLACIDO DE JESÚS GRATEROL CAÑIZALEZ, asistido por los abogados Braulio Adarmes Pérez, Noris Marleny Peña y Sixto Borrero Pineda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 3.668, 25.015 y 30.028, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020207-102, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de febrero de 2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12 de marzo de 2002, mediante la cual se declaró lo siguiente: improcedente la impugnación de la votación celebrada en el Centro de Votación Nº 52990, Improcedente el recurso jerárquico interpuesto en fecha 21-08-2000, en contra de las Actas de Escrutinio Nos. 08533, 08537, 08561, 08562 y 08568, todas pertenecientes a la elección de Alcalde del Municipio Candelaria del Estado Trujillo, sin lugar la impugnación de las Actas de Escrutinio Nos 8520, 8524, 8525, 8526, 8534 y 8563, y, sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 21-08-2000, en contra de las votaciones de los Centros de Votación Nº 53171 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8538; Nº 53160 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8536; Nº 53170 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8537, Nº 53410 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8562; Nº 53020 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8522, Nº 53450 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8566, Nº 53420 Mesa 1, Acta de Escrutinio Nº 8563.
Se declaró
INADMISIBLE el recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 237 de la
Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Se libró Oficio Nº 02-200 y
boleta al ciudadano PLACIDO DE JESÚS GRATEROL CAÑIZALEZ.
9.-
Expediente Nº 2002-000011:
Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita
un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de
Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.
Visto el auto dictado en esta
misma fecha, en el expediente signado con el Nº 2002-000012, mediante el cual
se designó ponente a los fines de
que se pronuncie sobre la solicitud de acumulación del referido expediente a la
presente causa, se acordó
suspender la presente causa, hasta tanto haya un pronunciamiento sobre la
referida solicitud.
10.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.
Visto la diligencia presentada
en esta misma fecha por el abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
15.548, actuando con el carácter
de apoderado judicial de los ciudadanos Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio
Tovar y Antonio Márquez, mediante
la cual solicita la acumulación de
la presente causa al expediente
signado con el número 2002-000011, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS
MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.
DILIGENCIA EN:
11.-
Expediente Nº 2002-000011:
Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita
un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de
Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.
El abogado Julio César
Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano Raúl José León, consignó diligencia mediante la cual
solicita copia certificada del escrito recurso que cursa a los folios 19 al 23
y del auto de admisión de fecha
21-03-2002 que cursa al folio 100 todos del expediente.
12.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.
El abogado Julio César
Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, actuando con el
carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, consignó diligencia mediante la cual
solicita copia certificada del escrito recurso que cursa a los folios 19 al 25
y del auto de admisión de fecha
21-03-2002 que cursa al folio 102 todos del expediente.
13.-
Expediente Nº 2002-000011:
Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita
un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de
Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.
El abogado Julio César
Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano Raúl José León, consignó diligencia mediante la cual
solicita la acumulación del expediente signado con el número 2002-000012 a este
expediente.
14.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.
El abogado Julio César
Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, actuando con el
carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio
Márquez, consignó diligencia
mediante la cual solicita la acumulación de este expediente al expediente
signado con el número 2002-000011.
15.- Expediente Nº 2002-000041: OLGA PETIT GARCÉS, asistida por el abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020218-097 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 18 de febrero de 2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12 de marzo de 2002, mediante la cual se declaró Inadmisible el recurso interpuesto por la mencionada ciudadana contra el proceso comicial celebrado en fecha 21-09-2001 en el Sindicato Único Nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Nutrición (SUNEP-I.N.N.).
El abogado Julio César
Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, actuando con el
carácter de apoderado judicial de la ciudadana Olga Petit Garcés, consignó
diligencia.
16.- Expediente Nº 2002-000042: EDUARDO VALERA, asistido por el abogado José Colmenarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.644, interpone “recurso de amparo constitucional y la acción Popular de Inconstitucional” contra la Resolución Nº 020227-114 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de febrero de 2002, en la cual se declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Eduardo Valera y Miriam Marvez, contra la postulación de la Plancha Nº 5, en el proceso comicial celebrado en el Sindicato Único de Obreros Electricistas y Conexos de Eleoccidente del Estado Cojedes (SUDEDEDEC).
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-199, mediante el cual se
notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral la admisión del recurso.
17.- Expediente Nº 2002-000042: EDUARDO VALERA, asistido por el abogado José Colmenarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.644, interpone “recurso de amparo constitucional y la acción Popular de Inconstitucional” contra la Resolución Nº 020227-114 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de febrero de 2002, en la cual se declaró sin lugar el recurso interpuesto por los ciudadanos Eduardo Valera y Miriam Marvez, contra la postulación de la Plancha Nº 5, en el proceso comicial celebrado en el Sindicato Único de Obreros Electricistas y Conexos de Eleoccidente del Estado Cojedes (SUDEDEDEC).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-198, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.
ESCRITOS PRESENTADOS EN:
18.-
Expediente Nº 2002-000011:
Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita
un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de
Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.
El abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Raúl José León, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
19.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.
El
abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio
Tovar y Antonio Márquez, consignó
escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo
110 del Código de Procedimiento Civil, se ordena reservar el referido escrito
hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
20.- Expediente Nº 2002-000035: VIRGILIO
BRICEÑO, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID
DUARTE, HERNAN ECHENIQUE, JESÚS DELGADO, ANA WUILERMA BELISARIO, JOSÉ LUIS
NOGUERA, OLGA TORRES y JOSÉ LAGUNA, integrantes de la Comisión Electoral del
Sindicato Unificado de Trabajadores de Artes Gráficas, Similares y Conexos del
Distrito Federal y Estado Miranda (S.U.T.A.G.S.C.) y CARLOS REYES, MIGUEL
REYES, NICOLAS GONZÁLEZ, RAFAEL BRAVO, CONSOLACIÓN PINEDA, FRANCISCO PEÑA,
CARLOS CORRO, NIEVES DELGADO y EVELIO PALACIOS, integrantes de la Junta
Directiva del referido Sindicato, electa el 16 de octubre de 2001, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020130-053, de fecha
30-01-02, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual resuelve
dejar sin efecto las elecciones realizadas el 16-10-01 en el mencionado
sindicato.
El abogado Virgilio Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.162, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos David Duarte y otros integrantes de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores de Artes Gráficas, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.U.T.A.G.S.C.) y de Carlos Reyes y otros integrantes de la Junta Directiva del referido Sindicato, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
SENTENCIA
21.- Expediente Nº 2001-000146: Fátima Ortega, asistida por el abogado Joaquín Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.236, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución Nº 011002-315del 02-10-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la mencionada ciudadana contra la Comisión Electoral Interna del Sindicato de Trabajadores del Completo Siderúrgico de Guayana (SINTRACOMSIGUA). La Sala declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Electoral interpuesto. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 75.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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