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Sala Electoral
  • Fecha: 25 de abril de 2002





CUENTA Nº 59

 

 

CUENTA Nº 59

 

 

 

Despacho del jueves veinticinco (25) de abril de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000048: FREDDY ENRIQUE GUZMÁN LÓPEZ, asistido por el abogado John Elías, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 85.854, interpone recurso contencioso electoral contra el acto contenido en el Acta de Totalización y Proclamación de las Autoridades Ejecutivas del Movimiento al Socialismo (MAS), de fecha 29 de noviembre de 2001.

 

Se acordó solicitar los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso a los Miembros de la Comisión Electoral Nacional del Movimiento al Socialismo (MAS). A tal efecto, se libró el Oficio Nº 02-203.

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000129: JORGE GUILLERMO ANGULO SANTANA, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010906-246, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 06-09-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado ciudadano contra la decisión tomada por el Comité Técnico de Integración y la Coordinación Electoral y Jurídica Nacional del Consejo Nacional Electoral, el 22-08-2001, en la cual quedó excluido del Registro de Electores del Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV).

 

Se dejó constancia de que en esta misma oportunidad se retiró de  la cartelera de esta Sala la boleta librada al ciudadano JORGE GUILLERMO ANGULO SANTANA.

 

 

 

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01 por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización, Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas, Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.

 

Por recibido en esta misma fecha, Oficio Nº 661-02, de fecha 23 de abril de 2002, emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,  anexo al cual se remite las resultas de la Comisión conferida por esta Sala, en fecha 04 de marzo de 2002, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus anexos.

 

 

4.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.

 

Por recibido en esta misma fecha, Oficio Nº 131-02, de fecha 25 de abril de 2002, emanado del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,  anexo al cual se remite las resultas de la Comisión conferida por esta Sala, en fecha 03-04-2002.

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000034: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Carlos Eduardo Carta, asistido por el abogado Félix Martínez Farfán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.180,  contra el Acta Extraordinaria del 14-01-1996 del Sindicato Nacional de Gandoleros (S.N.G.). Oficio Nº 00144, de fecha 07-03-2002, remitiendo el expediente Nº 13424 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

Se ordenó pasar el expediente al ponente al Magistrado Doctor RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de que se pronuncie correspondiente.

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000191: Alejandro Canónico Sarabia, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.038, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano EUDIS RAFAEL AMPARAN, interpone recurso contencioso electoral, contra la decisión emanada del Consejo Nacional Electoral, contenida en el Acta de Sesión de fecha 19 de septiembre de 2001, mediante la cual aprobó el Informe de la Coordinación Sindical del Estado Nueva Esparta, donde declaran la expulsión del mencionado ciudadano del Sindicato Único de Trabajadores de Hoteles, Bares y sus Similares del Estado Nueva Esparta (SUTHENE).

 

Se dejó constancia de que en esta misma oportunidad se fijó en  la cartelera de esta Sala la boleta librada al ciudadano EUDIS RAFAEL AMPARAN (parte recurrente), mediante la cual se le notifica el fallo dictado por esta Sala en fecha 23-04-2002.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2002-000027: ORLANDO JOSÉ URDANETA JIMÉNEZ,  asistido por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.190, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de suspensión de efectos contra las Resoluciones Nos. 011212-332 y 020128-049, emanadas del Consejo Nacional Electoral en fechas 12 de diciembre de 2001 y 28 de enero de 2002, respectivamente, publicadas en Gaceta Electoral Nos. 141 y 147, respectivamente,  el proceso electoral realizado en fecha  27 de enero de 2002 para elegir al Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda y contra las Actas de Escrutinio Nos. 12105725-290-3 y 13005726-060-8.

 

Se designó ponente al Magistrado  Doctor  RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

REASIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000057: MOREL RAFAEL RODRÍGUEZ AVILA, actuando con el carácter de candidato a Gobernador del Estado Nueva Esparta en las elecciones del 30 de julio de 2000, asistido por los abogados Pedro José Mora Rangel,  Juan Correa de León y Octavio Tovar Guzmán,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 2.348, 294 y 7.154, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra las actas de escrutinio que indica, y el acta de Totalización y Proclamación elaborada por la Junta Regional Electoral del Estado Nueva Esparta.

 

Por cuanto el proyecto de sentencia presentado en esta misma fecha por el Magistrado ALBERTO MARTINI URDANETA, no alcanzó la mayoría requerida para su aprobación, se reasignó la ponencia al Magistrado LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000130: CLAUDIO RIVAS, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010906-247, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 06-09-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado ciudadano contra la decisión tomada por el Comité Técnico de Integración y la Coordinación Electoral y Jurídica Nacional del Consejo Nacional Electoral, el 22-08-2001, mediante la cual lo excluyen del Registro de Electores del Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV).

                                                            

El ciudadano Alguacil consignó la boleta librada al ciudadano Claudio Rivas, la cual le fue entregada en esta misma oportunidad.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

10.- Expediente Nº 2002-000035: VIRGILIO BRICEÑO, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID DUARTE, HERNAN ECHENIQUE, JESÚS DELGADO, ANA WUILERMA BELISARIO, JOSÉ LUIS NOGUERA, OLGA TORRES y JOSÉ LAGUNA, integrantes de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores de Artes Gráficas, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.U.T.A.G.S.C.) y CARLOS REYES, MIGUEL REYES, NICOLAS GONZÁLEZ, RAFAEL BRAVO, CONSOLACIÓN PINEDA, FRANCISCO PEÑA, CARLOS CORRO, NIEVES DELGADO y EVELIO PALACIOS, integrantes de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa el 16 de octubre de 2001, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020130-053, de fecha 30-01-02, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual resuelve dejar sin efecto las elecciones realizadas el 16-10-01 en el mencionado sindicato.

 

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado  en fecha 24-04-2002, por el abogado Virgilio Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.162, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos David Duarte y otros  integrantes de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores de Artes Gráficas, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.U.T.A.G.S.C.) y de Carlos Reyes y otros integrantes de la Junta Directiva del referido Sindicato

 

 

11.- Expediente Nº 2002-000035: VIRGILIO BRICEÑO, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID DUARTE, HERNAN ECHENIQUE, JESÚS DELGADO, ANA WUILERMA BELISARIO, JOSÉ LUIS NOGUERA, OLGA TORRES y JOSÉ LAGUNA, integrantes de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores de Artes Gráficas, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.U.T.A.G.S.C.) y CARLOS REYES, MIGUEL REYES, NICOLAS GONZÁLEZ, RAFAEL BRAVO, CONSOLACIÓN PINEDA, FRANCISCO PEÑA, CARLOS CORRO, NIEVES DELGADO y EVELIO PALACIOS, integrantes de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa el 16 de octubre de 2001, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020130-053, de fecha 30-01-02, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual resuelve dejar sin efecto las elecciones realizadas el 16-10-01 en el mencionado sindicato.

 

De conformidad con el artículo 397, único aparte,  del Código de Procedimiento Civil y con la sentencia dictada por esta Sala en fecha 6 de agosto de 2001, signada con el  número 99, se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente Nº 2002-000018: SAÚL ANTONIO BERMÚDEZ, asistido por el abogado Reinaldo Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.037, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020118-030, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 18 de enero de 2002 y publicada en Gaceta Electoral Nº 144 del 21 de enero de 2002, mediante la cual se reconoce la validez del proceso electoral de la Federación Venezolana de Maestros (F.V.M.), celebrada en fecha 13-11-2001.

 

El ciudadano Saúl Antonio Bermúdez, asistido por el abogado Reinaldo Bermúdez Carvajal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.037, consignó diligencia mediante la cual solicitó se fija la oportunidad para la evacuación de la prueba de testigo admitida por el Juzgado de Sustanciación.

 

 

ESCRITO PRESENTA Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

13.- Expediente Nº 2002-000041: OLGA PETIT GARCÉS, asistida por el abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020218-097 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 18 de febrero de 2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12 de marzo de 2002, mediante la cual se declaró Inadmisible el recurso interpuesto por la mencionada ciudadana contra el proceso comicial celebrado en fecha 21-09-2001 en el Sindicato Único Nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Nutrición (SUNEP-I.N.N.).

                      

El abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Olga Petit Garcés, consignó escrito.

 

 

 

SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

14.- Expediente Nº 2002-000049: Fernando Parra Aranguren, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4.982, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar contra el acto emanado de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, consistente en la no-inclusión de los Profesores Jubilados de dicha Casa de Estudios en la Lista de Electores que participarán en las elecciones de las autoridades Decanales a celebrarse el día 16 de mayo de 2002.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que se pronuncie  sobre la admisión de la presente acción de amparo.

 

 

15.- Expediente Nº 2002-000050: Carlos Alberto Rausseo Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.248, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana LIGIA MARÍA TRENARD DE OSTOS, interpone acción de amparo constitucional contra la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 21 de marzo de 2002, en la cual se declaró procedente la solicitud de amparo cautelar interpuesta por los ciudadanos Franklin Pirela Ramírez y Roger Acosta de León y ordenó la reincorporación de los mencionados ciudadanos a los cargos de Vicerrector Regional que desempeñaban en la Universidad Politécnica “Antonio José de Sucre” en las sedes de Caracas y Barquisimeto, respectivamente.

 

Se dio cuenta.

 

 

 

 

SENTENCIA

 

 

16.- Expediente Nº 2002-000006: JESÚS GUZMÁN, asistido por el abogado Sixto Borrero Pineda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.028, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 011120-438, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 del 17-12-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Ramón Silva Ulloa y en consecuencia, anuló parcialmente el acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de la Elección de los Miembros de las Juntas Parroquiales de la Parroquia Bella Vista del Municipio Sucre del Estado Aragua, revocó la proclamación del ciudadano Jesús Guzmán  como miembro de la referida Junta y proclamó como legítimo Miembro al ciudadano José Ramón Silva Ulloa.  La Sala declaró CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto contra la Resolución Nº 011120-438, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20 de noviembre de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 139 de fecha 17 de diciembre de ese mismo año, la cual se ANULÓ, en consecuencia, se dejó sin efecto la proclamación del ciudadano José Ramón Silva Ulloa.  Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 76.

 

 

17.- Expediente Nº 2002-000031: JOSÉ MOGOLLÓN, asistido por el abogado Oswaldo Galíndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.553, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 020221-107, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 21 de febrero de 2002, mediante la cual se declaró con lugar la impugnación formulada por los ciudadanos Carlos Viloria, Jesús Pinto y Orange Velásquez, contra el Acta de fecha 28 de octubre de 2001 en la cual se designó la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo.  La Sala declaró DESISTIDO el recurso contencioso electoral interpuesto.  Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 77.

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                   El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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