Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 27 de mayo de 2002





CUENTA Nº 75

CUENTA Nº 75

 

 

 

Despacho del lunes veintisiete  (27) de mayo de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

 

OFICIOS LIBRADOS EN:

 

 

1.- Se libró Oficio Nº 02-237, mediante el cual se convoca al Doctor Orlando Gravina Alvarado, en su carácter de Primer Suplente de la Sala Electoral, para cubrir la ausencia temporal del Magistrado Doctor Rafael Hernández Uzcátegui, quien se ausentará del país para  conformar la comisión que representara al Tribunal Supremo de Justicia en la República de El Salvador, por el período    comprendido desde el día veintiocho (28) hasta el treinta y uno (31) de mayo de 2002.

 

 

2.- Expediente Nº 2002-000039: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS GORDONES, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020204-64, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 04-02-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 152 de fecha 06-03-2002, mediante la cual resolvió el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 25-08-2000 contra once (11) Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre.

 

Se libró Oficio Nº 02-238, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral el fallo dictado por esta Sala en fecha 20-05-2002. Así mismo se le remitieron los antecedentes administrativos contenidos en una (1) pieza.

 

 

3.- Expediente Nº 2002-000038: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano AGALDES JOSÉ GONZÁLEZ, interpone recurso contencioso electoral  contra la Resolución Nº 020219-105, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-02-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 152, de fecha 06-03-2002 y contra la elección del ciudadano Cristóbal Jiménez como Alcalde del Municipio Pedernales del Estado Delta Amacuro. Resolución mediante la cual se ratifica la proclamación del ciudadano Cristóbal Jiménez  como Alcalde del Municipio Pedernales del Estado Delta Amacuro.

 

Se libró Oficio Nº 02-239, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral el fallo dictado por esta Sala en fecha 20-05-2002. Así mismo se le remitieron los antecedentes administrativos contenidos en dos (2) piezas.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-233, mediante el cual se solicita al Presidente del  Consejo Nacional Electoral,  para que dentro de los tres (3) días de despacho  siguientes a  su notificación, informe: 1) Si el ciudadano FRANCISCO TORREALBA, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO DE TRABAJADORES DEL METRO DE CARACAS, C.A. (SITRAMECA), sometió a su consideración solicitud de convocatoria a elecciones, en los términos previstos en los artículos 32 y siguientes del Estatuto Especial para la Renovación de la Dirigencia Sindical, y en caso afirmativo en qué fecha lo hizo. 2) En el supuesto que haya mediado solicitud de convocatoria a elecciones, informe si la misma fue admitida por ese órgano electoral y cuáles han sido los pasos subsiguientes que han tenido lugar y que han debido ser supervisados por el Consejo Nacional Electoral. 3) Cuál es la situación actual del referido sindicato, en lo que respecta a su proceso electoral para la relegitimación de autoridades.

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000061: ÁNGEL GARCÍA,  JUAN ORTIZ y EVA GUARATE, asistidos por la abogada Nayadet Mogollón, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 42.014, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y mediante cautelar provisionalísima, contra la Providencia Administrativa Nº DS-128 emanada de la Superintendencia de Cajas de Ahorro (SUDECA) de fecha 16-04-2002, publicada en Gaceta Oficial Nº 37.433 de fecha 30-04-2002, mediante la cual convoca a una Asamblea Extraordinaria de Delegados de Cajas de Ahorros del Sector de Empleados Públicos (CASEP) a fin de designar la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso de elecciones de las nuevas autoridades de la referida Asociación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-236, mediante el cual se solicita al Superintendencia de Cajas de Ahorros los antecedentes  administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

6.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.

                       

El abogado Julio César Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, actuando con el carácter de apoderado judicial de los recurrente, consignó diligencia mediante la cual deja constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas mediante autos de fecha  06-05-2002.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2002-000051: REINA SEQUERA, EDGAR JIMÉNEZ, SALVADOR MENDEZ y Otros, asistidos por los abogados Narciso Díaz, Marcia Madrid Belloris y Ronald Rondón, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 90.670, 75.095 y 61.518, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la abstención del Consejo Nacional Electoral con relación al reconocimiento o no de las Autoridades Sindicales electas de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-230, mediante el cual se notifica  al Presidente del Consejo Nacional Electoral el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala en fecha 20-05-2002.

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000051: REINA SEQUERA, EDGAR JIMÉNEZ, SALVADOR MENDEZ y Otros, asistidos por los abogados Narciso Díaz, Marcia Madrid Belloris y Ronald Rondón, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 90.670, 75.095 y 61.518, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la abstención del Consejo Nacional Electoral con relación al reconocimiento o no de las Autoridades Sindicales electas de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada a los ciudadanos Narciso Díaz, Reina Sequera, Gilberto Malave, José Ángel Simoza, Enrique López, Doris Tovar, Víctor Misle,  Antonia Unda, Hildemaro Ramírez, Luis Reynaldo Zamora, Domingo Zamora, Tirsa Omaira Estrada, Gustavo José García, Maglio Felipe Vargas, Ruth Alemán de Ruiz, Belkis Franquis, Antonio Ruiz, Renato Hurtado, Edgar Eduardo Jiménez Peralta, Ilsia Jiménez, Salvador Méndez, Alejandro Pérez Salazar, David, Barrios y  Mary Aponte, mediante el cual se les notifica del auto dictado en fecha 20-05-2002, la cual fue dejada en el domicilio procesal señalado por los mencionados ciudadanos, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

9.- Expediente Nº 2002-000051: REINA SEQUERA, EDGAR JIMÉNEZ, SALVADOR MENDEZ y Otros, asistidos por los abogados Narciso Díaz, Marcia Madrid Belloris y Ronald Rondón, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 90.670, 75.095 y 61.518, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la abstención del Consejo Nacional Electoral con relación al reconocimiento o no de las Autoridades Sindicales electas de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.).

 

El Secretario de la Sala dejó constancia de la comparecencia del ciudadano Alguacil en la cual narró las diligencias efectuadas para practicar la notificación de los ciudadanos Narciso Díaz, Reina Sequera, Gilberto Malave, José Ángel Simoza, Enrique López, Doris Tovar, Víctor Misle,  Antonia Unda, Hildemaro Ramírez, Luis Reynaldo Zamora, Domingo Zamora, Tirsa Omaira Estrada, Gustavo José García, Maglio Felipe Vargas, Ruth Alemán de Ruiz, Belkis Franquis, Antonio Ruiz, Renato Hurtado, Edgar Eduardo Jiménez Peralta, Ilsia Jiménez, Salvador Méndez, Alejandro Pérez Salazar, David, Barrios y  Mary Aponte, la cual de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil fue dejada por el Alguacil en el domicilio procesal de los mencionados ciudadanos.

 

 

10.- Expediente Nº 2002-000056: JORGE GUILLERMO ANGULO SANTANA y CLAUDIO RIVAS, asistidos por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 011108-374 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 08-11-2001, mediante la cual se resolvió tener como no realizadas las elecciones celebradas en el Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV) y excluyó a la referida organización sindical de la ejecución del mandato constitucional expresado en el Referendo celebrado el día 03-12-2000.

 

El ciudadano Claudio Rivas, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

11.- Expediente Nº 2002-000059: ANDRÉS LÓPEZ DÍAZ, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020319-180, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 19-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157 de fecha 24-04-2002, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica correspondientes a la elección del Alcalde del Municipio Las Salias del Estado Miranda.

 

El abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Andrés López Díaz, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

                   

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

12.- Expediente Nº 2002-000062: JESÚS ARNALDO ESCALONA,  asistido por el abogado Ángel Ignacio Heredia Teyes, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.181, interpone amparo constitucional contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Profesionales de la Docencia, Colegio de Profesores de Venezuela (FENAPRODO).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

 

13.- Expediente Nº 2002-000036: JACQUELINE RICHTER y GABRIEL RODRÍGUEZ CORREIA, el segundo de los mencionados, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.286, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, en relación al proceso comicial a celebrarse en la referida Casa de Estudios el día 25-04-2002, a los fines de elegir al Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y del resto de las Facultades, así como los representantes profesorales ante el Consejo Universitario y los miembros del Consejo de Apelaciones.

 

Por recibido Oficio Nº 02-835, de fecha 16-05-2002, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual remite copia certificada del fallo dictado en fecha 13-05-2002, mediante el cual se declaró que ha lugar a la solicitud de revisión formulada por los ciudadanos Giannetto Pace y Miguel Antonio Castillo Cans, contra la sentencia dictada por la Sala Electoral en fecha 16-04-2002, a  propósito de la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos Jacqueline Richter y Gabriel Rodríguez contra la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, la cual se anula y se repone la causa al estado en que la Sala Electoral dicte nueva sentencia.

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados