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Sala Electoral
  • Fecha: 28 de octubre de 2002





CUENTA Nº 144

 

CUENTA Nº 144

 

 

Despacho del lunes veintiocho  (28) de octubre de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000097: Alirio Naime y Ana Paula Dinis, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.288  y 44.491, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano LIBORIO GUARULLA, Gobernador del Estado Amazonas, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta a la solicitud de convocatoria a elecciones para elegir al Alcalde del Municipio Río Negro del Estado Amazonas formulada por el mencionado ciudadano en fecha 17-09-2002.

 

Se acordó solicitar los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 02-364.

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

De conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil,  se ordenó abrir la tercera (3era) pieza.

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 22-10-2002, por el ciudadano Luis Camejo, asistido por el abogado Rommel Oronoz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, mediante la cual solicita 3 copias certificadas de los documentos que cursan a los folios 920 al 921 y Vto. del expediente,  esta Sala ACORDÓ expedir  las certificaciones solicitadas.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

4.- Expediente Nº 2002-000088: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declina competencia para conocer de la acción de amparo constitución interpuesto por el abogado WILMER COLINA GUTIERREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.994, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Ingenieros del Estado Zulia, contra la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Oficio Nº 02-02-5294, de fecha 01-10-2002, remitiendo el expediente Nº 2002-1873 (nomenclatura de esa Corte) (1 pieza principal).

 

Se acordó fijar el día miércoles 30-10-2002, a las once de la mañana  (11:00 a.m.) a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual  las partes podrán exponer  sus alegatos y defensas. Igualmente se informa que el referido acto tendrá lugar en el  Salón de Audiencia, ubicado en el tercer piso, ala “A”, de la sede de este Supremo Tribunal. Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI,  a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente acción  de amparo constitucional.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000088: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declina competencia para conocer de la acción de amparo constitución interpuesto por el abogado WILMER COLINA GUTIERREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.994, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Ingenieros del Estado Zulia, contra la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Oficio Nº 02-02-5294, de fecha 01-10-2002, remitiendo el expediente Nº 2002-1873 (nomenclatura de esa Corte) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 02-359, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del fallo dictado por esta Sala en fecha 17-10-2002, en el cual se admitió la acción de amparo.

 

 

6.- Expediente Nº 2002-000088: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declina competencia para conocer de la acción de amparo constitución interpuesto por el abogado WILMER COLINA GUTIERREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.994, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Ingenieros del Estado Zulia, contra la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Oficio Nº 02-02-5294, de fecha 01-10-2002, remitiendo el expediente Nº 2002-1873 (nomenclatura de esa Corte) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-358, a la Junta Directiva Nacional  del Colegio de Ingenieros de Venezuela, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 17-10-2002, en el cual se admitió la acción de amparo.

 

 

7.- Expediente Nº 2002-000088: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declina competencia para conocer de la acción de amparo constitución interpuesto por el abogado WILMER COLINA GUTIERREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.994, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Ingenieros del Estado Zulia, contra la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Oficio Nº 02-02-5294, de fecha 01-10-2002, remitiendo el expediente Nº 2002-1873 (nomenclatura de esa Corte) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al Centro de Ingenieros del Estado Zulia, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 17-10-2002, en el cual se admitió la acción de amparo.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000094: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos MISAEL JOSÉ HERNÁNDEZ, LUIS DANIEL GUERRA, ALFREDO GUEDEZ, VÍCTOR JOSÉ GUILLÉN y RAMÓN MELITON MEDINA, asistidos por la abogada Rosaura Pérez Hernández,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 79.448, contra el acto electoral de fecha 31-10-1999, celebrado en el Sindicato Autónomo de Trabajadores de la Industria de Pigmentos, Aditivos, Pinturas, Resinas y sus Similares del Estado Carabobo (SATIPAPREC). Oficio Nº 0708, de fecha 24-09-2002, remitiendo el expediente Nº 16079 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró PRIMERO: ACEPTÓ la declinatoria de competencia formulada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. SEGUNDO: Declaró que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, con relación al recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente:  ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 166.

 

 

9.- Expediente Nº 2002-000035: VIRGILIO BRICEÑO, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID DUARTE, HERNAN ECHENIQUE, JESÚS DELGADO, ANA WUILERMA BELISARIO, JOSÉ LUIS NOGUERA, OLGA TORRES y JOSÉ LAGUNA, integrantes de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores de Artes Gráficas, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.U.T.A.G.S.C.) y CARLOS REYES, MIGUEL REYES, NICOLAS GONZÁLEZ, RAFAEL BRAVO, CONSOLACIÓN PINEDA, FRANCISCO PEÑA, CARLOS CORRO, NIEVES DELGADO y EVELIO PALACIOS, integrantes de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa el 16 de octubre de 2001, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020130-053, de fecha 30-01-02, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual resuelve dejar sin efecto las elecciones realizadas el 16-10-01 en el mencionado sindicato. La Sala declaró: 1.- CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. 2.- ANULÓ la Resolución Nº 020130-053, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 30 de enero de 2002. 3.- ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral que instaure un procedimiento administrativo de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y demás legislación ordinaria que resulte aplicable al caso, donde se le garantice a la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores de Artes Gráficas, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda el derecho a la defensa a objeto de determinar la procedencia de adopta la medidas conducentes. Ponente:  ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 167.

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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