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Sala Electoral
  • Fecha: 28 de noviembre de 2002





CUENTA Nº 163

 

 

 

CUENTA Nº 163

 

 

Despacho del jueves veintiocho (28) de noviembre de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

REASIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000081: CARLOS JULIO RIVERA, ERASMO LANDAETA, OMAR DODERO, YHAJAIRA ELIZABETH SALAZAR, FELIX ANDRÉS VÁSQUEZ MARTÍNEZ, ANDRÉS RAÚL ROJAS SOSA, PEDRO RAMÓN GASCON, CARMEN RAFAELA CASTRO RAVELO, CARMEN SERRANO, NOREÉ RAMÍREZ SALAZAR, VÍCTOR OSWALDO PEREIRA CARRERO, MARÍA TERESA OCANTO ORTA y ADA LUISA ROPMERO RODRÍGUEZ, asistidos por el abogado José del Carmen Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.495, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución Nº 020725-227, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 25-07-2002, mediante la cual no se otorga reconocimiento de validez al proceso electoral celebrado el día 21-11-2001, en la Organización Sindical “SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA SALUD, CENTROS ASISTENCIALES, SEGURIDAD SOCIAL, SIMILARES Y  CONEXOS DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA (SUTRASALUD)” y fija el día 16-08-2002 como fecha para la celebración de las elecciones en la referida organización sindical.

 

Por cuanto en fecha 25-11-2002 se produjo la incorporación a esta Sala Electoral del Doctor Orlando Gravina Alvarado, en su carácter de Primer Suplente, a los fines de llenar la ausencia temporal del Magistrado Doctor Rafael Hernández Uzcátegui, desde el 25 de noviembre de 2002 hasta el 29 de noviembre de 2002, inclusive, esta Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Alberto Martini Urdaneta; Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez Hernández y Magistrado Orlando Gravina Alvarado, Secretario Doctor Alfredo De Stefano Pérez  y Alguacil  ciudadano Alexis José Sáez.  Se reasignó como Ponente al Magistrado ORLANDO GRAVINA ALVARADO, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa.

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

El ciudadano Roger Becerra, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A.,  asistido por la abogada María Isabel Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 88.933, consignó diligencia anexa a la cual consigna recaudos relacionadas con la causa.

 

 

3.- Expediente Nº 2002-000089: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, asistido por el abogado Francisco Artigas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.936, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución Nº 021003-296, emanado del Consejo Nacional Electoral en fecha 03 de octubre de 2002, la cual resuelve aspectos referidos al proceso electoral a celebrarse en el Sindicato de Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas, (SITRAMECA).

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta de notificación librada al ciudadano FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, Presidente del Sindicato de Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA), mediante la cual se le notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 18-11-2002.

 

 

4.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  intima al pago de honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano  FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625,  contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095).

 

El ciudadano Alguacil consignó Boleta librada al ciudadano Francisco Torrealba mediante la cual se le notifica del auto dictado por esta Sala en fecha 21-11-2002, en el cual se le exhorta para que por si o por intermedio de su representante judicial, comparezca a esta Sala, al tercer día de despacho, siguiente a que conste en autos la notificación de las partes, a las 11:00 a.m., con el objeto de participar en el acto de resolución alternativo de controversias.

 

 

5.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  intima al pago de honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano  FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625,  contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095).

 

 El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada al ciudadano Rommel Oronoz,  mediante la cual se le notifica del auto dictado por esta Sala en fecha 21-11-2002, en el cual se le exhorta para que por si o por intermedio de su representante judicial, comparezca a esta Sala, al tercer día de despacho, siguiente a que conste en autos la notificación de las partes, a las 11:00 a.m., con el objeto de participar en el acto de resolución alternativo de controversias.

 

 

6.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  intima al pago de honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano  FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625,  contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095).

 

El ciudadano Alguacil consignó Boleta librada al ciudadano Francisco Torrealba mediante la cual se le notifica del auto dictado por esta Sala en fecha 21-11-2002.

 

 

7.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  intima al pago de honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano  FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625,  contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada al ciudadano Rommel Oronoz,  mediante la cual se le notifica del auto dictado por esta Sala en fecha 21-11-2002.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000088: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declina competencia para conocer de la acción de amparo constitución interpuesto por el abogado WILMER COLINA GUTIERREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.994, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Ingenieros del Estado Zulia, contra la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Oficio Nº 02-02-5294, de fecha 01-10-2002, remitiendo el expediente Nº 2002-1873 (nomenclatura de esa Corte) (1 pieza principal).

 

Por cuanto en fecha 25-11-2002 se produjo la incorporación a esta Sala Electoral del Doctor Orlando Gravina Alvarado, en su carácter de Primer Suplente, a los fines de llenar la ausencia temporal del Magistrado Doctor Rafael Hernández Uzcátegui, desde el 25 de noviembre de 2002 hasta el 29 de noviembre de 2002, inclusive, esta Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Alberto Martini Urdaneta; Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez Hernández y Magistrado Orlando Gravina Alvarado, Secretario Doctor Alfredo De Stefano Pérez  y Alguacil  ciudadano Alexis José Sáez.  Se reasignó como Ponente al Magistrado ORLANDO GRAVINA ALVARADO, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa.

 

 

AUTO PARA MEJOR PROVEER EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2002-000088: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declina competencia para conocer de la acción de amparo constitución interpuesto por el abogado WILMER COLINA GUTIERREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.994, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Ingenieros del Estado Zulia, contra la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Oficio Nº 02-02-5294, de fecha 01-10-2002, remitiendo el expediente Nº 2002-1873 (nomenclatura de esa Corte) (1 pieza principal).

 

La Sala ordenó  al Consejo Electoral del Centro de Ingenieros del Estado Zulia, que dentro del lapso de tres (3) días hábiles contados a partir de la notificación que se le haga de la decisión, informe a esta Sala sobre la ejecución del precitado fallo en lo que respecta a lo siguiente: 1.- Si dentro del lapso de cinco (5) días hábiles contados a partir del día 30 de octubre de 2002, se procedió a designar al ciudadano que suplirá la ausencia absoluta del Presidente de ese Centro. 2.- La identificación de los ciudadanos que integran la plancha que resultó ganadora en los comicios en que se escogió al Presidente del Centro de Ingenieros de Estado Zulia. 3.- La identificación del ciudadano que suplirá dicha ausencia. 4.- Si fue sometida a la consideración de la Asamblea respectiva, la designación que realizó el Consejo Electoral del Centro de Ingenieros del Estado Zulia, del ciudadano que suplirá la ausencia absoluta del Presidente de dicho Centro. 5.- Si el suplente del Presidente del Centro de Ingenieros del Estado Zulia, designado por el Consejo Electoral  antes mencionado y ratificado por la Asamblea, tomó posesión del cargo; y 6.- Cualquier otra circunstancia relacionada con el cumplimiento del mandamiento de amparo dictado por esta Sala.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

10.- Expediente Nº 2002-000081: CARLOS JULIO RIVERA, ERASMO LANDAETA, OMAR DODERO, YHAJAIRA ELIZABETH SALAZAR, FELIX ANDRÉS VÁSQUEZ MARTÍNEZ, ANDRÉS RAÚL ROJAS SOSA, PEDRO RAMÓN GASCON, CARMEN RAFAELA CASTRO RAVELO, CARMEN SERRANO, NOREÉ RAMÍREZ SALAZAR, VÍCTOR OSWALDO PEREIRA CARRERO, MARÍA TERESA OCANTO ORTA y ADA LUISA ROPMERO RODRÍGUEZ, asistidos por el abogado José del Carmen Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.495, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución Nº 020725-227, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 25-07-2002, mediante la cual no se otorga reconocimiento de validez al proceso electoral celebrado el día 21-11-2001, en la Organización Sindical “SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA SALUD, CENTROS ASISTENCIALES, SEGURIDAD SOCIAL, SIMILARES Y  CONEXOS DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA (SUTRASALUD)” y fija el día 16-08-2002 como fecha para la celebración de las elecciones en la referida organización sindical. La Sala declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: ORLANDO GRAVINA ALVARADO. Sentencia Nº 181.

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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