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Sala Electoral
  • Fecha: 29 de julio de 2002





SALA ACCIDENTAL

 

SALA ACCIDENTAL

 

 

CUENTA Nº 10

 

 

Despacho del lunes veintinueve (29) de julio de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000070: ÁNGEL DAVID FERMÍN FERMÍN, asistido por el abogado Pedro Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.264, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad de Los Andes (APULA).

 

Se libró Oficio Nº 02-304, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del fallo dictado por esta Sala en fecha 29-07-2002, en el cual se admitió la acción de amparo. Igualmente se libró Oficio Nº 02-305, mediante el cual se le notifica  a la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad de Los Andes (APULA), del fallo dictado en fecha 29-07-2002, en el cual se admitió la acción de amparo.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

2.- Expediente Nº 2002-000070: ÁNGEL DAVID FERMÍN FERMÍN, asistido por el abogado Pedro Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.264, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad de Los Andes (APULA). La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional ejercida. 2.- ADMITE la  acción de amparo. 3.- ACUERDA tramitar la solicitud de amparo constitucional conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1° de febrero de 2000. 4.- ORDENA librar los respectivos oficios de notificación al Ministerio Público y citación del presunto agraviante. 5.- IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Ponente:  ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 134.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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