![]() | ||
|
CUENTA Nº 145
Despacho del
martes veintinueve (29) de octubre de
2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta
con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente Nº 2002-000091: Luis Alberto Peña, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 4.918, y Eduardo Montserrat Pérez, el primero
actuando en su propio nombre y asistiendo al segundo de los mencionados,
interponen recurso de interpretación referido al artículo 8 de la Ley del
Instituto de Oficiales de Las Fuerzas Armadas Nacionales en Situación de
Retiro.
Vista la
diligencia presentada en fecha 23-10-2002, por abogado Luis Peña, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 4.918, mediante la cual solicita 3 copias
certificadas de la Sentencia Nº 159, de fecha 16-10-2002, la cual cursa a los
folios 13 al 23 Vto. del expediente, esta Sala ACORDÓ expedir las certificaciones solicitadas.
2.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.
Siendo las
11:30 a.m., oportunidad fijada para que los intervinientes del Acto Alternativo
de Resolución de Controversias celebrado en fechas 17, 22 y 24 de octubre de
2002, comparecieran ante esta Sala a informar los resultados de la reunión de
trabajo que se acordó realizar, a los fines de procurar una solución a la
problemática presentada en torno a la celebración de las elecciones del
Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas. C.A. (SITRAMECA), se dejó
constancia que se encuentran presentes en este acto los ciudadanos Francisco
Torrealba, asistido por el abogado Félix Roque, Roger Becerra, asistido por el
abogado Francisco Artigas, los ciudadanos Sergio Carmona y Graciela Ramírez, asistidos por los
abogados Mercedes Mancini y Rommel Oronoz, la abogada Carmen Stebbing,
apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral y los ciudadanos Javier Armas
y Freddy Nieto, en su condición de técnicos del máximo órgano electoral. Se
deja constancia que, al igual que en las anteriores oportunidades, se permitió
la asistencia y participación de todos aquellos trabajadores interesados en el
proceso. Se otorgó el derecho de palabra al ciudadano Sergio Carmona, quien
procedió a dar lectura al acuerdo alcanzado en la mencionada reunión de
trabajo. Luego, se otorgó el derecho de palabra al ciudadano Francisco
Torrealba, quien manifestó su aprobación con dicho acuerdo. En dicho estado, se
concedió el derecho de palabra a la representante judicial del máximo órgano
electoral, quien manifestó no tener ningún inconveniente con el acuerdo
alcanzado por las partes. El Magistrado Presidente de esta Sala propuso a las
partes considerar la posibilidad de incorporar en el mencionado acuerdo la
convocatoria de una Asamblea General de afiliados al Sindicato (SITRAMECA) a
los fines de ratificar la designación de la Comisión Electoral convenida por
las partes mediante el presente acuerdo. Con relación a la mencionada
propuesta, los ciudadanos Torrealba y Carmona manifestaron lo innecesario de
tal Asamblea, en virtud de encontrarse representada en el acuerdo la mayoría de
las tendencias existentes en el seno de los trabajadores afiliados a SITRAMECA,
asimismo, teniendo en cuenta que las Asambleas de afiliados a SITRAMECA,
convocados por los representantes de dicha organización sindical para los días
3 y 7 de octubre de 2002, permiten
sustentar la presente designación de la Comisión Electoral de consenso reseñada
en el acuerdo. Asimismo, manifestaron que de común acuerdo se estableció que la
Comisión Electoral funcionará en la siguiente dirección: Edificio Centro de
Control de Operaciones “José González Lander” de la C.A. Metro de Caracas, piso
4, Sala de Usos Múltiples, La Hoyada. Finalmente, las intervinientes solicitaron a esta Sala que en la oportunidad de
pronunciarse con respecto a la homologación de este acuerdo, se sirva acordar
la expedición de sendas copias certificadas a las partes que suscriben esta
acta. Finalmente, se ordenó agregar en autos el acuerdo suscrito por las
partes, a los fines legales consiguientes.
DILIGENCIA
EN:
3.- Expediente Nº 2002-000091: Luis Alberto Peña, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 4.918, y Eduardo Montserrat Pérez, el primero
actuando en su propio nombre y asistiendo al segundo de los mencionados,
interponen recurso de interpretación referido al artículo 8 de la Ley del
Instituto de Oficiales de Las Fuerzas Armadas Nacionales en Situación de
Retiro.
El abogado
Luis Peña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4.918, consignó
diligencia mediante la cual deja constancia de haber recibido las copias
certificadas acordadas mediante auto de esta misma fecha.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
4.- Expediente Nº 2002-000086: ÁNGEL DIAZ CASTILLO, asistido por el
abogado Ángel Ignacio Heredia, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
61.181, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 189 de
fecha 04-07-2002, dictada por el Ministro de Educación, Cultura y Deportes,
notificada el 29-08-2002, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso
jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la decisión emanada
del Directoria del Instituto Nacional de Deportes en fecha 17-05-2001, mediante
la cual se reconoció la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación
Venezolana de Ciclismo, para el período 2001-2005.
El
ciudadano Ángel Díaz, asistido por el abogado Ángel Ignacio Heredia, consignó
escrito en el cual expone los alegatos que fundamentan la apelación formulada
en fecha 23-10-2002, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en
fecha 15-10-2002, mediante el cual se declaró Inadmisible el recurso
interpuesto.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
5.- Expediente Nº 2002-000085: Jesús Valdemar Ramírez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 43.176, actuando con el carácter de apoderado
judicial de los ciudadanos Guillermo Arquides Trias y Miguel Millán Lozada,
miembros de la Asociación de Productores de Café de Bergantín (ASOPROCABE),
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar
innominada, contra la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación,
celebrada en fecha 13-07-2002.
Se
declaró INADMISIBLE el recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo
237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.
6.- Expediente Nº 2002-000076: ALFREDO AULAR, asistido por la abogada
Nancy Cadenas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 52.450, interpone
recurso contencioso electoral contra las elecciones celebradas en fecha
20-05-2002, en el Instituto Universitario de Tecnología de Valencia, para
elegir a los integrantes del Centro de Estudiantes Gilberto Peña del referido
Instituto.
Se
declaró INADMISIBLE el recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo
237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Se libró Oficio
Nº 02-365.
DILIGENCIA EN:
7.- Expediente Nº 2002-000081: CARLOS JULIO RIVERA, ERASMO LANDAETA,
OMAR DODERO, YHAJAIRA ELIZABETH SALAZAR, FELIX ANDRÉS VÁSQUEZ MARTÍNEZ, ANDRÉS
RAÚL ROJAS SOSA, PEDRO RAMÓN GASCON, CARMEN RAFAELA CASTRO RAVELO, CARMEN
SERRANO, NOREÉ RAMÍREZ SALAZAR, VÍCTOR OSWALDO PEREIRA CARRERO, MARÍA TERESA
OCANTO ORTA y ADA LUISA ROPMERO RODRÍGUEZ, asistidos por el abogado José del
Carmen Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.495, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar
contra la Resolución Nº 020725-227, emanada del Consejo Nacional Electoral en
fecha 25-07-2002, mediante la cual no se otorga reconocimiento de validez al
proceso electoral celebrado el día 21-11-2001, en la Organización Sindical
“SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA SALUD, CENTROS ASISTENCIALES, SEGURIDAD
SOCIAL, SIMILARES Y CONEXOS DEL
DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA (SUTRASALUD)” y fija el día 16-08-2002 como
fecha para la celebración de las elecciones en la referida organización
sindical.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-362, mediante el cual se
notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, del auto dictado por el
Juzgado de Sustanciación en fecha 23-10-2002.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |