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Sala Electoral
  • Fecha: 29 de octubre de 2002





CUENTA Nº 145

 

CUENTA Nº 145

 

 

Despacho del martes veintinueve  (29) de octubre de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000091: Luis Alberto Peña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4.918, y Eduardo Montserrat Pérez, el primero actuando en su propio nombre y asistiendo al segundo de los mencionados, interponen recurso de interpretación referido al artículo 8 de la Ley del Instituto de Oficiales de Las Fuerzas Armadas Nacionales en Situación de Retiro.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 23-10-2002, por abogado Luis Peña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4.918, mediante la cual solicita 3 copias certificadas de la Sentencia Nº 159, de fecha 16-10-2002, la cual cursa a los folios 13 al 23 Vto. del expediente, esta Sala ACORDÓ expedir  las certificaciones solicitadas.

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

Siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que los intervinientes del Acto Alternativo de Resolución de Controversias celebrado en fechas 17, 22 y 24 de octubre de 2002, comparecieran ante esta Sala a informar los resultados de la reunión de trabajo que se acordó realizar, a los fines de procurar una solución a la problemática presentada en torno a la celebración de las elecciones del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas. C.A. (SITRAMECA), se dejó constancia que se encuentran presentes en este acto los ciudadanos Francisco Torrealba, asistido por el abogado Félix Roque, Roger Becerra, asistido por el abogado Francisco Artigas, los ciudadanos Sergio Carmona  y Graciela Ramírez, asistidos por los abogados Mercedes Mancini y Rommel Oronoz, la abogada Carmen Stebbing, apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral y los ciudadanos Javier Armas y Freddy Nieto, en su condición de técnicos del máximo órgano electoral. Se deja constancia que, al igual que en las anteriores oportunidades, se permitió la asistencia y participación de todos aquellos trabajadores interesados en el proceso. Se otorgó el derecho de palabra al ciudadano Sergio Carmona, quien procedió a dar lectura al acuerdo alcanzado en la mencionada reunión de trabajo. Luego, se otorgó el derecho de palabra al ciudadano Francisco Torrealba, quien manifestó su aprobación con dicho acuerdo. En dicho estado, se concedió el derecho de palabra a la representante judicial del máximo órgano electoral, quien manifestó no tener ningún inconveniente con el acuerdo alcanzado por las partes. El Magistrado Presidente de esta Sala propuso a las partes considerar la posibilidad de incorporar en el mencionado acuerdo la convocatoria de una Asamblea General de afiliados al Sindicato (SITRAMECA) a los fines de ratificar la designación de la Comisión Electoral convenida por las partes mediante el presente acuerdo. Con relación a la mencionada propuesta, los ciudadanos Torrealba y Carmona manifestaron lo innecesario de tal Asamblea, en virtud de encontrarse representada en el acuerdo la mayoría de las tendencias existentes en el seno de los trabajadores afiliados a SITRAMECA, asimismo, teniendo en cuenta que las Asambleas de afiliados a SITRAMECA, convocados por los representantes de dicha organización sindical para los días 3 y 7 de octubre  de 2002, permiten sustentar la presente designación de la Comisión Electoral de consenso reseñada en el acuerdo. Asimismo, manifestaron que de común acuerdo se estableció que la Comisión Electoral funcionará en la siguiente dirección: Edificio Centro de Control de Operaciones “José González Lander” de la C.A. Metro de Caracas, piso 4, Sala de Usos Múltiples, La Hoyada. Finalmente, las  intervinientes solicitaron a esta Sala que en la oportunidad de pronunciarse con respecto a la homologación de este acuerdo, se sirva acordar la expedición de sendas copias certificadas a las partes que suscriben esta acta. Finalmente, se ordenó agregar en autos el acuerdo suscrito por las partes, a los fines legales consiguientes.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2002-000091: Luis Alberto Peña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4.918, y Eduardo Montserrat Pérez, el primero actuando en su propio nombre y asistiendo al segundo de los mencionados, interponen recurso de interpretación referido al artículo 8 de la Ley del Instituto de Oficiales de Las Fuerzas Armadas Nacionales en Situación de Retiro.

 

El abogado Luis Peña, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4.918, consignó diligencia mediante la cual deja constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas mediante auto de esta misma fecha.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente Nº 2002-000086: ÁNGEL DIAZ CASTILLO, asistido por el abogado Ángel Ignacio Heredia, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.181, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 189 de fecha 04-07-2002, dictada por el Ministro de Educación, Cultura y Deportes, notificada el 29-08-2002, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la decisión emanada del Directoria del Instituto Nacional de Deportes en fecha 17-05-2001, mediante la cual se reconoció la Junta Directiva y el Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Ciclismo, para el período 2001-2005.

 

El ciudadano Ángel Díaz, asistido por el abogado Ángel Ignacio Heredia, consignó escrito en el cual expone los alegatos que fundamentan la apelación formulada en fecha 23-10-2002, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 15-10-2002, mediante el cual se declaró Inadmisible el recurso interpuesto.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente Nº 2002-000085: Jesús Valdemar Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 43.176, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Guillermo Arquides Trias y Miguel Millán Lozada, miembros de la Asociación de Productores de Café de Bergantín (ASOPROCABE), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación, celebrada en fecha 13-07-2002.

 

Se declaró INADMISIBLE el recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

6.- Expediente Nº 2002-000076: ALFREDO AULAR, asistido por la abogada Nancy Cadenas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 52.450, interpone recurso contencioso electoral contra las elecciones celebradas en fecha 20-05-2002, en el Instituto Universitario de Tecnología de Valencia, para elegir a los integrantes del Centro de Estudiantes Gilberto Peña del referido Instituto.

 

Se declaró INADMISIBLE el recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Se libró Oficio Nº 02-365.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2002-000081: CARLOS JULIO RIVERA, ERASMO LANDAETA, OMAR DODERO, YHAJAIRA ELIZABETH SALAZAR, FELIX ANDRÉS VÁSQUEZ MARTÍNEZ, ANDRÉS RAÚL ROJAS SOSA, PEDRO RAMÓN GASCON, CARMEN RAFAELA CASTRO RAVELO, CARMEN SERRANO, NOREÉ RAMÍREZ SALAZAR, VÍCTOR OSWALDO PEREIRA CARRERO, MARÍA TERESA OCANTO ORTA y ADA LUISA ROPMERO RODRÍGUEZ, asistidos por el abogado José del Carmen Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.495, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Resolución Nº 020725-227, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 25-07-2002, mediante la cual no se otorga reconocimiento de validez al proceso electoral celebrado el día 21-11-2001, en la Organización Sindical “SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA SALUD, CENTROS ASISTENCIALES, SEGURIDAD SOCIAL, SIMILARES Y  CONEXOS DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA (SUTRASALUD)” y fija el día 16-08-2002 como fecha para la celebración de las elecciones en la referida organización sindical.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-362, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 23-10-2002.

 

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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