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Sala Electoral
  • Fecha: 01 de diciembre de 2003





SALA ACCIDENTAL Nº 2

 

SALA ACCIDENTAL Nº 2

(2003)

CUENTA Nº 42

 

 

Despacho del lunes primero  (1º) de diciembre de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Luis Martínez Hernández con la asistencia del  Vicepresidente Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui y el Magistrado Iván Vásquez Tariba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

AUTO PARA MEJOR PROVEER:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000141: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y en  consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.

 

Visto el escrito presentado por el ciudadano Germán Romero González, en fecha 11-11-2003, mediante el cual solicita que se fije un plazo específico para la ejecución de la sentencia, así como el escrito presentado por el representante judicial del Consejo Nacional Electoral el día 13 del mismo mes y año, mediante el cual da cuenta de lo actuado por su representada, rechazando los alegatos esgrimidos por el ciudadano Germán Romero en la referida solicitud de ejecución, esta Sala, a fin de ilustrar mejor su criterio, ordenó solicitar al Consejo Nacional Electoral que informe con la mayor precisión posible, el estado en que se encuentra la ejecución del dispositivo de la sentencia dictada el 8-07-2003 en la causa.

 

 

 

 

 

OFICIO LIBRADO EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000141: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y en  consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.

 

Se libró Oficio Nº 03-324, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en fecha 01-12-2003, mediante el cual se le solicita informe con la mayor precisión posible, el estado en que se encuentra la ejecución del dispositivo de la sentencia dictada el 8-07-2003 en la causa.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

                                                                       El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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