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CUENTA Nº 181
Despacho del martes dos (02) de diciembre de 2003. Se abrió la sesión
presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del
Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael
Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
1.- Expediente Nº 2003-000084: Antonio Gil
Altuve, inscrito en el
Inpreabogado bajo el Nº 67.895, interpone recurso contencioso electoral contra
el Consejo Nacional Electoral, por la abstención o carencia de éste en cuanto
al pronunciamiento referido a la solicitud de referendo revocatorio del mandato
del ciudadano Ronald Blanco La Cruz, Gobernador del Estado Táchira.
Se acordó
diferir el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de quince (15)
días de despacho contados a partir del día de hoy, inclusive, dentro del cual
se procederá a dictar sentencia, ello de conformidad con lo previsto en el
artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la complejidad y
naturaleza del asunto bajo examen así lo exige.
DILIGENCIA
EN:
2.-
Expediente Nº 2001-000095:
FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,
actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas
C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el
abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de
efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional
Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones
de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A.,
formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.
La abogada
Gloria Villamizar, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 73.746 consignó
diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias
certificadas acordadas mediante auto de fecha 26-11-2003.
3.- Expediente Nº 2003-000061: EDISON ALVARADO, asistido por las
abogadas Marelva Montserratt y Paola Antonelli, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 83.101 y 55.798, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del
Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), referido al proceso
electoral celebrado el 20-06-2003, en el referido Sindicato.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-320, mediante el cual se notifica al
Fiscal General de la República del auto dictado por esta Sala en fecha
25-11-2003.
4.- Expediente Nº 2003-000068: WILFREDO ESCALANTE HERNÁNDEZ y ROMAN
ARREAZA, asistidos por el abogado Antonio José Paraco Morales, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 54.241, interpone acción de amparo constitucional
contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano
de Caracas.
El ciudadano Alguacil consignó copia de
la Boleta librada al ciudadano Román Arreaza, mediante la cual se le notifica
del fallo dictado por esta Sala en fecha 25-11-2003.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS
AUTOS:
5.-
Expediente Nº 2003-000113:
Claudia Valentina Mujica Añez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
37.020, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Beatriz
Josefina Pérez Morales, interpone recurso de nulidad conjuntamente con
suspensión de efectos y solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto
contenido en el Oficio Nº C.I.-D.A.A.: 022/2003, de fecha 19-05-2003, mediante
el cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto contra
la Resolución Nº 030402-127, de fecha 2-04-2003, emanada de la Contraloría
Interna del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se declaró la
Responsabilidad Administrativa y en consecuencia, se le impuso sanción de multa
a la mencionada ciudadana.
El abogado David Matheus Brito, inscrito
en el Inpreabogado bajo el número 46.212,
actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional
Electoral, consignó escrito. (Acompañó anexos).
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
6.-
Expediente Nº 2003-000090:
Juzgado Superior Quinto en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital,
declinó la competencia para conocer de recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el abogado
Carlos Guillermo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.800, en su
carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Eunice González, Carlos
Jiménez, Belly Castillo, Elsa Cárdenas, Ely Quintero, Pablo Marrero, Mahuan
Pineda, Miguel Arias, Miguel Escobar, José Moreno y Guillermo Torres, contra la
providencia administrativa DS-OAL-2750, de fecha 20 de mayo de 2003, emanada de
la Superintendencia de Cajas de Ahorros. Oficio Nº 748, de fecha 28-08-2003,
remitiendo el expediente Nº 03-339
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Se agregó a los autos el escrito
presentado en fecha 26-11-2003, por el
ciudadano Yván Rafael Delgado Abreu, actuando con el carácter de
Superintendente de Cajas de Ahorro, asistido por el abogado Hernán Darío Gómez
Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.532, así como los anexos que acompañaron al
mismo.
7.-
Expediente Nº 2003-000090:
Juzgado Superior Quinto en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital,
declinó la competencia para conocer de recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el abogado
Carlos Guillermo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.800, en su
carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Eunice González, Carlos
Jiménez, Belly Castillo, Elsa Cárdenas, Ely Quintero, Pablo Marrero, Mahuan
Pineda, Miguel Arias, Miguel Escobar, José Moreno y Guillermo Torres, contra la
providencia administrativa DS-OAL-2750, de fecha 20 de mayo de 2003, emanada de
la Superintendencia de Cajas de Ahorros. Oficio Nº 748, de fecha 28-08-2003,
remitiendo el expediente Nº 03-339
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
De conformidad con el artículo 397, único
aparte, del Código de Procedimiento
Civil y con la sentencia dictada por esta Sala en fecha 6 de agosto de 2001,
signada con el número 99, se fijó el día
de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.
8.- Expediente Nº 2003-000114: JOSE MOGOLLÓN, asistido por el abogado
Oswaldo Galíndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.553, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y
medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 031105-771 emanada del
Consejo Nacional Electoral en fecha 5-11-2003, referida al proceso electoral
celebrado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones
Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo
(SUTRASALUD-CARABOBO).
Se dejó
constancia de la apertura del Cuaderno Separado a los fines de la decisión de
la solicitud de amparo cautelar y medida innominada. Cuaderno separado que le
fue asignado el Nº 2003-X-000031.
9.-
Expediente Nº 2003-000102:
CARLOS NATERA MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.065,
actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral
Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la
convocatoria a Asamblea Extraordinaria de fecha 19-09-2003 emanada de la Junta Directiva del Colegio de Médicos
del Estado Barinas y contra la Asamblea
Extraordinaria celebrada en el referido Colegio en fecha 22-09-2003, en la cual se eligió Comisión Electoral para regir el proceso
electoral a celebrarse en el referido
Colegio Profesional para elegir a las autoridades del mismo.
De conformidad
con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y
Participación Política, se abrió la
causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir
de la presente fecha, inclusive.
10.-
Expediente Nº 2003-000095:
Alejandro Mirabal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.644, actuando
con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDGAR MIRABAL, RICARDO
MALAVE y DOMINGO ECHEVERRIA, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida
cautelar innominada contra los actos de fecha 12-06-2003, 26-06-2003,
03-07-2003 y 22-07-2003 emanados de la Federación Nacional de Empleados
(FENADE).
Vista la diligencia presentada, en fecha 26-11-2003, por el abogado Roberto Mirabal, apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual informa a esta Sala que actualmente se encuentra “inactivo” el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Trabajo, Tránsito y Menores del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que fuera comisionado para notificar al ciudadano Juan Hurtado, se acordó dejar sin efecto la referida comisión. Se libró Oficio Nº 03-327. Se acordó comisionar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar de la referida decisión al ciudadano Juan Hurtado. Se libró Oficio Nº 03-328 y boleta.
DILIGENCIA
EN:
11.-
Expediente Nº 2003-000108:
JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud
de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad
Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso
comicial para elegir al Rector,
Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada
Casa de Estudios.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio Nº
03-322 al Ministerio de Educación Superior, mediante el cual de le notifica del
auto dictado en fecha 27-12-2003.
12.-
Expediente Nº 2003-000108:
JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud
de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la
Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido
al proceso comicial para elegir al
Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la
mencionada Casa de Estudios.
El ciudadano
alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-323, mediante el cual se notifica a la Comisión Electoral Nacional de la
Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre” del auto
dictado en fecha 27-12-2003.
13.- Expediente Nº X-2003-000031
(CUADERNO SEPARADO): JOSE
MOGOLLÓN, asistido por el abogado Oswaldo Galíndez, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 61.553, interpone solicitud de amparo cautelar y medida cautelar
innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución
Nº 031105-771 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 5-11-2003,
referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de Trabajadores
de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del
Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO).(Recurso Principal Expediente
2003-000114).
Se designó ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de decidir la solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada.
14.- Expediente Nº 2003-000116: ANÍBAL ALEXANDER RUIZ ALVARADO Y TADEO ARRIECHE FRANCO, actuando en su propio nombre interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Capital, en virtud de la negativa de inscripción de la plancha Avanzada Gremial y Toga
Habiéndose anunciado voto salvado por parte del Magistrado LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, en relación a la sentencia firmada en esta misma fecha en la presente causa, se difirió la publicación de dicho fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, hasta la presentación del escrito razonado contentivo del voto salvado anunciado por el Magistrado disidente, para lo cual dispondrá de un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes al día de hoy.
DILIGENCIA
EN:
15.- Expediente Nº 2003-000116: ANÍBAL ALEXANDER RUIZ ALVARADO Y TADEO ARRIECHE FRANCO, actuando en su propio nombre interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Capital, en virtud de la negativa de inscripción de la plancha Avanzada Gremial y Toga
El abogado
Gustavo Marín García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 70.406,
consignó diligencia mediante la cual solicita se dicte sentencia en la causa.
16.- Expediente Nº 2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone
acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del
Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el
referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta
Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.
El ciudadano Alguacil consignó copia del
Oficio Nº 03-316, anexo al cual se remite comisión al Juzgado Superior Primero
en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y de Menores de la Circunscripción
Judicial del Estado Táchira, con sede en San Cristóbal, a los fines de que
practique las diligencias necesarias para notificar a la Junta Directiva del
Colegio de Abogados del Estado Táchira y al órgano electoral del referido
Colegio, el fallo dictado 18-10-2003, el cual fue enviado a través del
Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
17.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA
RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA
CARRILLO, actuando con el carácter de
integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano, asistidas por el abogado Ricardo Baroni
Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción
de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de
Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y
vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal
Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.
La ciudadana Zaida Paredes, actuando con
el carácter de Presidenta de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de
Odontólogos de Venezuela, asistida por el abogado Luis Obregón Martínez,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, consignó diligencia mediante
la cual otorga poder especial a los abogados Joice Calzadilla, Luis Ramón
Obregón Martínez y Germán José Pérez Martínez, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 93.723, 69.014 y 8.477, respectivamente.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
18.-
Expediente Nº 2003-000058:
ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA
DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,
actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del
Colegio de Odontólogos Metropolitano,
asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional
contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela
por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral
para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos
de Venezuela.
La ciudadana
Zaida Paredes, actuando con el carácter de Presidenta de la Comisión Electoral
Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela, asistida por el abogado Luis
Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, consignó
escrito (Acompaño anexo).
19.- Expediente Nº 2003-000079: Williams Dávila Barrios, asistido por el abogado Carlos Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.575, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la abstención de éste en cuanto al pronunciamiento referido a la solicitud de referendo revocatorio del mandato del ciudadano Florencio Porras, Gobernador del Estado Mérida. La Sala declaró CON LUGAR el “RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE ABSTENCIÓN O DE CARENCIA” interpuesto en fecha 19 de agosto de 2003, por el ciudadano Williams Dávila Barrios, contra la omisión del Consejo Nacional Electoral de dar respuesta sobre la admisión, sustanciación y decisión de la solicitud de referendo revocatorio del mandato del ciudadano Florencio Porras como Gobernador del Estado Mérida. En consecuencia, se le ordenó al Consejo Nacional Electoral que en un lapso no mayor de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de esta sentencia, proceda a emitir el respectivo pronunciamiento. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 204.
20.- Expediente Nº X-2003-000030 (CUADERNO SEPARADO): WILLIAM AYESTARAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.475, actuando en su propio nombre, interpone solicitud de amparo cautelar en fecha 13 de noviembre de 2003, contra la Resolución Nº 031030-713, emanada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 30-10-2003, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos LUIS EDUARDO BETANCOURT, WILLIAM AYESTARAN, ANTONIO ARRIAGA, DAMARIS PALOMO y JOSÉ LUIS GARCÍA, asistido por el abogado William Ayestaran, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.475, contra la Resolución Nº 031001-468, de fecha 1-10-2003, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual suspende por diez (10) días el proceso electoral convocado para elegir a las autoridades del Colegio de Médicos del Estado Miranda. (Recurso Principal Expediente Nº 2003-000105). La Sala declaró IMPROCEDENTE la acción de amparo cautelar interpuesta. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 205.
21.- Expediente Nº X-2003-000029 (CUADERNO SEPARADO): CARLOS NATERA MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.065, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la convocatoria a Asamblea Extraordinaria de fecha 19-09-2003 emanada de la Junta Directiva del Colegio de Médicos del Estado Barinas y contra la Asamblea Extraordinaria celebrada en el referido Colegio en fecha 22-09-2003, en la cual se eligió Comisión Electoral para regir el proceso electoral a celebrarse en el referido Colegio Profesional para elegir a las autoridades del mismo. (Recurso Principal Exp. 2003-000102). La Sala declaró SIN LUGAR la solicitud de amparo constitucional cautelar interpuesta en forma conjunta con recurso “de nulidad”. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 206.
22.- Expediente Nº 2003-000037: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó la competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Ramón Agustín López, asistido por la abogada Sor Teresa de Sandoval, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 19.331, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Empleados Públicos de la Gobernación del Estado Carabobo (SUEPGEC) celebrada el 13-04-1999.Oficio S/N, de fecha 22-03-2003, remitiendo el expediente Nº 14.904 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró DESISTIDO el recurso contencioso electoral de nulidad interpuesto. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 207.
23.- Expediente Nº 2003-000030: Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia remitió expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los ciudadanos HONORIO TORREALBA, ALEJANDRO TORREALBA Y DUSCO STOJAKOVIC, asistidos por el abogado Rafael Valbuena, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 1.866, contra el acto comicial celebrada el 04 de julio de 2000, en el Sindicato de Educadores Afines y Conexos del Estado Portuguesa (SINEP-FETRAENSEÑANZA). Oficio Nº 396 de fecha 10-04-2003, remitiendo el expediente Nº 2002-000823 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal). La Sala declaró PRIMERO: INADMISIBLE el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. SEGUNDO: Que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR con relación a la solicitud de medida cautelar innominada. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 208.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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