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Sala Electoral
  • Fecha: 03 de abril de 2003





CUENTA Nº 48

 

 

CUENTA Nº 48

 

 

 

Despacho del jueves tres  (03) de abril de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

                                            

 

 

SECRETARÍA

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000077: Sala Político Administrativa declina competencia en el recurso de nulidad conjuntamente con suspensión de efectos y medida cautelar innominada interpuesto por el abogado Rachid Ricardo Hassani el Souki, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.713, actuando con el carácter de apoderado judicial de las empresas ROARCA, S.A. AGROPECUARIA CAJOBAL, INALCA Y MAQUINARIAS LA LAJA, C.A., contra el Acta de fecha 29-08-1997 y el Reglamento Electoral, emanados de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industria del Estado Bolívar, relacionados con el proceso electoral a celebrarse en la referida Cámara en 1998, declinatoria formulada en razón del conflicto de competencia negativo  planteado entre el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar y la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Oficio Nº 1614, de fecha 08-07-2002, remitiendo el expediente Nº 2000-1269, nomenclatura de esa Sala. (1 pieza principal).

 

Por recibido Oficio Nº FC01-I-2003-000001, de fecha 31-03-2003, emanado del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de Ciudad Bolívar,  anexo al cual se remite las resultas de la Comisión conferida por la Sala, en fecha 18-02-2003, se acordó  agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000019: CLAUDIO RIVAS, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 011108-374, de fecha 08-11-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral.

 

Siendo que hasta la presente fecha no ha sido consignado el cartel, de  conformidad con lo dispuesto en el  artículo 244  de la  Ley  Orgánica  del  Sufragio y Participación Política, se acordó designar ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000019: CLAUDIO RIVAS, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 011108-374, de fecha 08-11-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212,  actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó diligencia mediante la cual solicita se declare desistido el recurso, por no haber cumplido con su carga  procesal la parte recurrente de publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

 

OFICIO LIBRADO EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000010: Alexander Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.145, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OSCAR ALEXIS BRIÑEZ, MARÍA DE TOLEDO, JOSE RAMÓN HERNÁNDEZ, JUAN HERNÁNDEZ Y PEDRO TORRES, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos “CASEP” que resultó electa el 28-05-2002, integrada por los ciudadanos Ángel García, William Chacón, Juan Ortiz y Eva Guarate.

 

Se libró Boleta a los  ciudadanos OSCAR ALEXIS BRIÑEZ, MARÍA DE TOLEDO, JOSÉ RAMÓN HERNÁNDEZ, JUÁN HERNÁNDEZ Y PEDRO TORRES, mediante la cual se les notifica del fallo dictado por esta Sala  en fecha 18 de marzo de 2003.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000020: HUMBERTO URBINA, CIRA ARANGUREN, asistidos por los abogados YESENIA PINO, ALEXIS LARA RIVERO y JESÚS HERGUETA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 71.842, 55.559, 79.571, respectivamente, y actuando igualmente en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las elecciones del Consejo Local de Planificación Pública de Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, realizadas en fecha 30-11-2002, publicada en Gaceta Municipal Nº 178-02 de fecha 10-12-2002.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-071, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000020: HUMBERTO URBINA, CIRA ARANGUREN, asistidos por los abogados YESENIA PINO, ALEXIS LARA RIVERO y JESÚS HERGUETA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 71.842, 55.559, 79.571, respectivamente, y actuando igualmente en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las elecciones del Consejo Local de Planificación Pública de Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, realizadas en fecha 30-11-2002, publicada en Gaceta Municipal Nº 178-02 de fecha 10-12-2002.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-072, mediante el cual se notifica al Alcalde del Municipio Zamora del Estado Miranda la admisión del recurso.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

7.- Expediente Nº X-2003-000011: LUBIS MANUEL HERAS SÁNCHEZ y EDDY   BLADIMIR CORONADO COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.551, actuando en nombre propio y asistiendo al primero, interponen solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra el proceso comicial convocado por el Alcalde del Municipio Valencia del Estado Carabobo, para la elección de los representantes ante el Consejo Local de Planificación Pública del referido Municipio, de las organizaciones vecinales de las parroquias Candelaria, Caridad, Negro Primero, Miguel Peña, Rafael Urdaneta, San Blas, San José, Santa Rosa y Socorro del mencionado Municipio, así como de los demás sectores de la sociedad civil organizada que hacen vida activa en el Municipio. (Recurso Principal Expediente Nº 2003-000013).

 

El ciudadano Gustavo Urriola, Alcalde Encargado del Municipio Valencia del Estado Carabobo, asistido por el abogado Mauricio Subero Mujica, inscrito del Inpreabogado bajo el número 31.667, consignó escrito mediante el cual solicita se declare improcedente la solicitud de amparo cautelar formulada.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000108: Víctor Álvarez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.026, actuando con el carácter de apoderado judicial del Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la omisión del Consejo Nacional Electoral en pronunciarse en relación a la solicitud extraordinaria de nulidad en sede administrativa (Recurso Jerárquico), ejercido por el Municipio Iribarren del Estado Lara ante dicho Consejo en fecha 4-06-2002, que pretendió a su vez la nulidad de la totalidad de las actas y actuaciones derivadas del proceso eleccionario de la organización sindical “SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO IRIBARREN Y DEMÁS DEPENDENCIAS DEL ESTADO LARA”, celebrado el día 24-09-2001.La Sala ACLARÓ la sentencia de la Sala número 33 del 27-03-2003. Ponente: ORLANDO GRAVINA ALVARADO. Sentencia Nº 34.

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

 

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