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Sala Electoral
  • Fecha: 04 de noviembre de 2003





CUENTA Nº 165

 

CUENTA Nº 165

 

 

Despacho del martes cuatro (04) de noviembre de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000083: Jorge Luis García AARÓN, asistido por el abogado Leonel Rodríguez Ochoa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.658, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, relacionado con el proceso electoral del Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Zulia.

 

Por recibido Oficio Nº 533, de fecha 03-11-2003, emanado del Juzgado Quinto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,  anexo al cual se remite las resultas de la Comisión conferida en fecha 01-10-2003, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000079: Williams Dávila Barrios, asistido por el abogado Carlos Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.575, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la abstención de éste en cuanto al pronunciamiento referido a la solicitud de referendo revocatorio del mandato del ciudadano Florencio Porras, Gobernador del Estado Mérida.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 03-302, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 29-10-2003.

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000079: Williams Dávila Barrios, asistido por el abogado Carlos Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.575, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la abstención de éste en cuanto al pronunciamiento referido a la solicitud de referendo revocatorio del mandato del ciudadano Florencio Porras, Gobernador del Estado Mérida.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano Williams Dávila Barrios, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 29-10-2003

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000084: Antonio Gil Altuve, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.895, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la abstención o carencia de éste en cuanto al pronunciamiento referido a la solicitud de referendo revocatorio del mandato del ciudadano Ronald Blanco La Cruz, Gobernador del Estado Táchira.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 03-303, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 29-10-2003.

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000084: Antonio Gil Altuve, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.895, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la abstención o carencia de éste en cuanto al pronunciamiento referido a la solicitud de referendo revocatorio del mandato del ciudadano Ronald Blanco La Cruz, Gobernador del Estado Táchira.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano Antonio Gil Altuve, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 29-10-2003

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000094: REINA SEQUERA, titular de la cédula de identidad Nº 7.583.323, interpone solicitud a los fines de que se inste “...CON CARACTER OBLIGATORIO AL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE) DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 51 DE LA CONSTITUCION BOLIVARIANA DE VENEZUELA A DAR UNA RESPUESTA A LOS TRABAJADORES VENEZOLANOS EN RELACION...” al reconocimiento o no de las autoridades sindicales electas de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.).

                                                                                   

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiro de   la cartelera de esta Sala la boleta librada a la ciudadana Reina Sequera.

 

 

7.- Expediente Nº 2003-000037: Juzgado Segundo de Primera Instancia  del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó la competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Ramón Agustín López, asistido por la abogada Sor Teresa de Sandoval, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 19.331, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Empleados Públicos de la Gobernación del Estado Carabobo (SUEPGEC) celebrada el 13-04-1999.Oficio S/N, de fecha 22-03-2003, remitiendo el expediente Nº 14.904 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Visto que cursa en el expediente constancia de la notificación a la parte recurrente del auto de admisión de la causa, se acordó librar cartel de emplazamiento a todos los interesados, que deberá ser publicado en el diario “El Universal”.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

El ciudadano Julián Fernando Niño Gamboa, asistido por la abogada Mercedes de Freitas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.214, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

9.- Expediente Nº 2003-000037: Juzgado Segundo de Primera Instancia  del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó la competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Ramón Agustín López, asistido por la abogada Sor Teresa de Sandoval, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 19.331, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Empleados Públicos de la Gobernación del Estado Carabobo (SUEPGEC) celebrada el 13-04-1999.Oficio S/N, de fecha 22-03-2003, remitiendo el expediente Nº 14.904 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consigna Oficio Nº 03-282, mediante el cual se notifica  a la Junta Directiva de Empleados Públicos de la Gobernación del Estado Carabobo la admisión del recurso.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000112: Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Miguel Mejías Jaime, actuando con el carácter de Director Regional del Sistema de Salud del Estado Miranda y Director General de la Corporación de Salud del Estado Miranda, asistido por el abogado Francisco Lepore Girón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.093, contra el Alcalde del Municipio Independencia del Estado Miranda, referido a la legalidad o no del proceso electoral celebrado el 03-05-2003 en la Asociación Civil Ambulatorio Cartanal (ASOCIAMCAR). Oficio Nº 1029-03, de fecha 31-10-2003, remitiendo el expediente Nº 03-417 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

           

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000074: Federico Yarza Zarraga y Luis Aparicio, asistidos por  el abogado  Luis Ramón Coronado, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la convocatoria a elecciones de los representantes de las comunidades organizadas por ante el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Valencia del Estado Carabobo.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiro de  la cartelera de esta Sala la boleta librada  a los ciudadanos Federico Yarza Zarraga y Luis Aparicio (parte recurrente), mediante la cual se le notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 16-10-2003.

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000074: Federico Yarza Zarraga y Luis Aparicio, asistidos por  el abogado  Luis Ramón Coronado, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la convocatoria a elecciones de los representantes de las comunidades organizadas por ante el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Valencia del Estado Carabobo.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se retiro de la cartelera de esta Sala la boleta librada al ciudadano Lubis Manuel Heras Sánchez, Concejal del Municipio Valencia del Estado Carabobo, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 16-10-2003.

 

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL:

 

 

13.- Expediente Nº 2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.

 

La Sala declaró 1.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta. 2.-  ORDENÓ a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira que en el lapso de cinco (5) días continuos contados a partir de la presente fecha, convoque y realice una Asamblea de agremiados con el objeto de elegir a los miembros de la Comisión Electoral que deberá regir los comicios destinados a escoger a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, y demás autoridades del Colegio de Abogados del Estado Táchira. 3.- ORDENÓ al órgano electoral del Colegio de Abogados del Estado Táchira que resulte electo, que en un plazo no mayor de 48 horas siguientes a su escogencia, inicie los trámites correspondientes, incluyendo las actividades preparatorias pertinentes, a los efectos de la actualización de la nómina de sus agremiados y posterior convocatoria a elecciones para la designación de los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades del Colegio de Abogados del Estado Táchira, en el marco de lo dispuesto en la normativa electoral que rige los proceso comiciales de ese ente gremial, y en lo establecido en las Normas para Regular los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales contenidas en la Resolución número 030807-387, dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 7 de agosto de 2003. Se hizo saber a las partes que el texto íntegro del fallo será publicado dentro del lapso de cinco (5) días continuos, contados a partir de la presente fecha.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

14.- Expediente Nº 2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.

Los ciudadanos José Duque Morales, Ramón Uribe Díaz y David Niño Andrade, asistidos por el abogado Miguel Becerra, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.644, consignó escrito en audiencia constitucional (Acompañaron anexos). Así mismos el ciudadano Gerson Ovalles Cárdenas, consignó recaudos en la audiencia constitucional. 

 

 

SENTENCIA

 

 

15.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. La Sala declaró: PRIMERO: ORDENA al Consejo Nacional Electoral que culmine el proceso electoral de renovación de autoridades en el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA C.A. METRO DE CARACAS (SITRAMECA), por intermedio de una Comisión Electoral ad hoc, en los términos, condiciones y lapsos señalados en la motiva de la decisión. SEGUNDO: Con base en el artículo 280 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se EXHORTA al Ciudadano Defensor del Pueblo, en el sentido de que designe a uno de los funcionarios adscritos a ese Despacho, como veedor en el desarrollo del proceso electoral cuya repetición ha sido ordenada, a fin de que garantice los principios constitucionales en la materia y los derechos electorales de los afiliados, si lo considera conveniente. TERCERO: ordena en los términos señalados en el numeral anterior, la ejecución de la sentencia N° 145, publicada en fecha 3-09-2003. Ponente:  ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 184.

 

 

16.- Expediente Nº 2003-000109: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remitió expediente contentivo del recurso contenciosos electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano Rómulo Rangel Ruiz, asistido por el abogado Juan José Molina Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233, contra las decisiones tomadas por los miembros del Consejo Nacional Electoral durante los días 11, 12, 13, 14, 15, 18, 20 y 22 de noviembre de 2002. Oficio Nº 03-2540 de fecha 07-10-2003, remitiendo el expediente Nº 2002-002943 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal). La Sala ACEPTÓ la declinatoria de competencia que le formulara la Sala Constitucional, y se declaró COMPETENTE para conocer del recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. En consecuencia, se ORDENÓ la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de continuar con la tramitación de la causa conforme a lo previsto en los artículos 243 y siguientes de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Ponente:  RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI.  Sentencia Nº 185.

 

 

17.- Expediente Nº 2003-000081: Juan Carlos Laya Peñaranda, asistido por el abogado Gonzalo Suárez Omaña, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.516, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso de elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores Bancarios, Trasporte de Valores, Corretaje, Vigilancia Bancaria, Bolsa de Valores y Afines del Distrito Federal y Estado Miranda (Asitrabanca). La Sala declaró INADMISIBLE por extemporáneo el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia Nº 186.

 

 

18.- Expediente Nº 2003-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo remitió a esta Sala expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano VICTORIO CATAPANO, asistido por la abogada Fany Mendoza de Bandres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.081, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “La Hacienda Country Club”, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Comisario Principal y Suplente y a los Miembros del Comité de Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 1620, de fecha 01-07-2003, remitiendo el expediente Nº 18182 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso interpuesto. 2.- Ordenó a la Comisión Electoral de la referida Asociación, realizar nuevamente la convocatoria al acto de votación, publicando por lo menos siete (7) días antes de la realización de la votación, un aviso en el diario “El Carabobeño”, en el que se invite a todos los asociados con derecho al voto a participar en la elección de la Junta Directiva, Comisario Principal con su respectivo Suplente y a los Miembros del Comité de Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Ponente:  RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI.  Sentencia Nº 187.

 

 

19.- Expediente Nº 2003-000107: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional de Universidades, referida a la convocatoria a elecciones de los Representantes estudiantiles ante el mencionado Consejo. La Sala declaró COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano JULIÁN FERNANDO NIÑO GAMBOA, contra “...la amenaza razonable de la no publicación oportuna de convocatoria al proceso electoral de Representante estudiantil ante el Consejo Nacional de Universidades, ya que según la norma tal proceso se debe realizar y concluir a más tardar el mes de Noviembre de cada año, y ya el SPCNU, según se evidencia en el portal web www.spnu.gov.ve, intentó iniciar dicho proceso comicial el pasado mes de Septiembre...”, la cual se declaró INADMISIBLE. Ponente:  ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 188.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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