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CUENTA Nº 81
Despacho del jueves cinco (05) de junio de 2003. Se
abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la
asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente Nº 2001-000203: NARCISO DÍAZ, HÉCTOR RAMÍREZ y JOSÉ PÁEZ,
asistidos por el abogado Fabián Chacón López, inscrito en el Inpreabogado bajo
el número 11.645, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 011009-384, de
fecha 9-11-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se
declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los mencionados
ciudadanos contra la admisión de la postulación de las Planchas Nos. 13 y 16,
en el proceso electoral para elegir la Junta Directiva del Sindicato Único de
Trabajadores al Servicio de la Universidad Central de Venezuela (SUTRAUCV-
Caracas).
Vista
la diligencia presentada en fecha 03-06-2003, por la ciudadana Petra Guevara,
asistida por el abogado José Vicente Garcés, inscrito en el Inpreabogado bajo
el número 3.006, mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia Nº
44 dictado por esta Sala en fecha 07-03-2002, la cual cursa a los folios 166 al
192 del expediente, esta Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.
DILIGENCIA
EN:
2.- Expediente Nº 2001-000212: Juzgado Segundo de Primera Instancia en
lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui, declina la competencia en el expediente
contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano
ELEUTERIO SEPÚLVEDA AVENDAÑO, asistido por la abogada Zuleima González,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.299, contra la Comisión Electoral
del Sindicato de Trabajadores Petroleros y sus Similares de los Municipios
Simón Rodríguez, Aragua, Freites, Libertad y Anaco del Estado Anzoátegui (S.T.P.
FEDEPETROLANACO), en relación a las elecciones de la Junta Directiva del
referido Sindicato para el período 2001-2004. Oficio Nº 1737-2001, de fecha
21-11-2001, remitiendo el expediente Nº 7433 (nomenclatura de ese Juzgado). (1
pieza).
El
ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia de la boleta librada al
ciudadano ELEUTERIO SEPÚLVEDA AVENDAÑO, (parte accionante), mediante la cual se
le notifica el fallo dictado por esta Sala en fecha 20-05-2003, la cual fue
enviada a través de IPOSTEL con acuso de recibo.
3.- Expediente Nº 2001-000212: Juzgado Segundo de Primera Instancia en
lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui, declina la competencia en el expediente
contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano
ELEUTERIO SEPÚLVEDA AVENDAÑO, asistido por la abogada Zuleima González,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.299, contra la Comisión Electoral
del Sindicato de Trabajadores Petroleros y sus Similares de los Municipios
Simón Rodríguez, Aragua, Freites, Libertad y Anaco del Estado Anzoátegui
(S.T.P. FEDEPETROLANACO), en relación a las elecciones de la Junta Directiva
del referido Sindicato para el período 2001-2004. Oficio Nº 1737-2001, de fecha
21-11-2001, remitiendo el expediente Nº 7433 (nomenclatura de ese Juzgado). (1
pieza).
El
ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano LUIS RIOS,
Presidente de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros y
sus Similares de los Municipios Simón Rodríguez, Aragua, Freites, Libertad y
Anaco del Estado Anzoátegui (S.T.P. FEDEPETROLANACO), mediante la cual se le
notifica el fallo dictado por esta Sala en fecha 20-05-2003, la cual fue
enviada a través de IPOSTEL con acuso de recibo.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
4.- Expediente Nº 2003-000031: SAÚL CASTELLANO, LUIS BLANCO y ALEXIS
BORGES, asistidos por la abogada Zully Campos, inscrita en el Inpreabogado bajo
el número 55.859, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de medida cautelar innominada, contra el proceso comicial celebrada
en la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), período 2002-2004 y
que culminó con el acto de proclamación y juramentación de fecha 02-12-2002.
Vistos
los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 3-06-2003, por el
abogado Edison René Crespo, por los abogados Juan Ortiz y Eva Guarate y por los
ciudadanos Irving Bermúdez y Fremiot Lugo, y el escrito consignado en fecha
4-06-2003, por el ciudadano José Estacio, el Juzgado de Sustanciación pasó a
pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo las mismas. Respecto al
escrito presentado en fecha 4-06-2003 por el ciudadano José Estacio, el Juzgado
de Sustanciación lo declaró inadmisible por extemporáneo, pues el mismo fue
presentado una vez que había fenecido el correspondiente lapso para promoción
de pruebas. Se libraron Oficios Nos. 03-125, 03-122 y 03-123 a la
Superintendencia de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas, a la Fiscalía
General de la República y a la Dirección de Identificación y Extranjería
(DIEX), respectivamente. Igualmente se libró Oficio Nº 03-124, a la Caja de
Ahorros del Sector de Empleados Públicos (CASEP).
DILIGENCIA EN:
5.- Expediente Nº 2003-000018: Rafael Agüin Rojas, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 10.156, actuando con el carácter de apoderado
judicial de los ciudadanos CLODOALDO AGÜIN, ÁNGEL ROJAS Y VICENZO PONTILLO,
interpone recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la
Universidad de Carabobo, referido al proceso electoral para elegir los Decanos,
Consejos de Apelaciones y Representantes Estudiantiles ante las distintas
Asambleas de Facultades de la Universidad de Carabobo, período 2003-2006.
El abogado
Rafael Agüin Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.156, actuando
con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CLODOALDO AGÜIN, ÁNGEL
ROJAS Y VICENZO PONTILLO, presentó diligencia anexa a la cual consignó escrito
de promoción de pruebas acompañado de recaudos. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código
de Procedimiento Civil, se ordenó reservar la referida diligencia así como el
escrito de pruebas y sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el
lapso de promoción.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
6.- Expediente Nº 2003-000036: Sala Constitucional del Tribunal Supremo
de Justicia remitió expediente contentivo de la consulta de la sentencia
dictada en fecha 31-07-1997 por la Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo, mediante la cual declaró inadmisible la acción de amparo
constitucional interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar
innominada por la ciudadana MERY BAUTE, asistida por el abogado William Baute
Mendoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.534, contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de
Odontólogos de Venezuela y la Comisión Electoral del Colegio de Odontólogos
Metropolitano, referida a las elecciones para escoger a los integrantes de la
Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de
Venezuela y del Colegio de Odontólogos Metropolitano, para el período
1997-1999. Oficio Nº 03-1269 de fecha 29-05-2003, remitiendo el expediente Nº
2002-000675 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).
Se designó ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de la decisión correspondiente.
7.-
Expediente Nº 2002-000083:
José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo
Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer
Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de
Ingenieros de Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo
constitucional contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de
Venezuela.
Se designó ponente al
Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de la decisión
correspondiente.
ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
8.- Expediente Nº 2002-000088: Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo declina competencia para conocer de la acción de amparo
constitución interpuesto por el abogado WILMER COLINA GUTIERREZ inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 51.994, actuando con el carácter de apoderado
judicial del Colegio de Ingenieros del Estado Zulia, contra la Junta Directiva
Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Oficio Nº 02-02-5294, de fecha
01-10-2002, remitiendo el expediente Nº 2002-1873 (nomenclatura de esa Corte)
(1 pieza principal).
El ciudadano Felipe Paz, actuando con el carácter de Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea de Representantes del Centro de Ingenieros del Estado Zulia, asistido por los abogados Nelson Augusto Buitrago Rincón y Alexis Darío Bracho Bozo, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.467 y 89.811, respectivamente, presentó escrito mediante el cual solicita se convalide y homologue las acciones realizadas por la Asamblea de Representantes del Centro de Ingenieros del Estado Zulia (CIDEZ), a los fines de ejecutar las decisiones dictadas por la Sala en el presente caso. (Acompañó anexos).
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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