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Sala Electoral
  • Fecha: 06 de agosto de 2003





CUENTA Nº 114

CUENTA Nº 114

 

 

Despacho del miércoles seis (06) de agosto de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000065: MIGUEL SILVA,  asistido por el abogado Javier Simón Gómez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.510, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de fecha 09-05-2003, contentivo de la admisión de postulación del ciudadano Julio Soto y el Acta de Proclamación de fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-180, mediante el cual se notifica a la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, el auto de solicitud de los antecedentes administrativos. El referido oficio fue enviado a través del servicio de encomienda MRW.

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000067: JUDITH SAYAGO BRICEÑO Y JUAN RAMON QUINTANA, asistidos por los abogados Mario Díaz Angulo y Marcos López Sayago, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 12.261 y 91.327, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del referido Colegio.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-186, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, la cual fue enviada a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

DILIGENCIA EN:

 

3.- Expediente Nº 2003-000064: Kerlin Gabriela Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.533, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos PEDRO BARAZARTE, ORLANDO GUANIPA, JESÚS FERNÁNDEZ, MARÍA GÓMEZ, CARMEN MARENCO, NERIO ELIDIO MEJÍA TILANO Y ELIZABETH CAÑIZALES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscalía y representantes del Co-Gobierno Universitario del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia para el período 2003-2005, fijado para el día 31 de julio de 2003.

 

La abogada Kerlin Rodríguez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página B-11 del Diario El Nacional, de fecha 06-08-03, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

4.- Expediente Nº 2003-000064: Kerlin Gabriela Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.533, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos PEDRO BARAZARTE, ORLANDO GUANIPA, JESÚS FERNÁNDEZ, MARÍA GÓMEZ, CARMEN MARENCO, NERIO ELIDIO MEJÍA TILANO Y ELIZABETH CAÑIZALES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscalía y representantes del Co-Gobierno Universitario del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia para el período 2003-2005, fijado para el día 31 de julio de 2003.

 

La abogada Kerlin Gabriela Rodríguez, consignó diligencia mediante la cual sustituyó el poder que le fuera otorgado, reservándose el ejercicio de las facultades conferidas en el mismo, en la abogada GRELOISIDA OJEDA.

 

5.- Expediente Nº 2003-000064: Kerlin Gabriela Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.533, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos PEDRO BARAZARTE, ORLANDO GUANIPA, JESÚS FERNÁNDEZ, MARÍA GÓMEZ, CARMEN MARENCO, NERIO ELIDIO MEJÍA TILANO Y ELIZABETH CAÑIZALES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscalía y representantes del Co-Gobierno Universitario del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia para el período 2003-2005, fijado para el día 31 de julio de 2003.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-177, mediante el cual se notifica a la Comisión Electoral del Colegio de Contadores del Estado Zulia,  la solicitud de los antecedentes administrativos. El referido oficio fue enviado a través del servicio de encomienda MRW.

 

 

Auto en:

 

6.- Expediente Nº 2003-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo remitió a esta Sala expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano VICTORIO CATAPANO, asistido por la abogada Fanny Mendoza de Bandres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.081, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “La Hacienda Country Club”, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Comisario Principal y Suplente y a los Miembros del Comité de Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 1620, de fecha 01-07-2003, remitiendo el expediente Nº 18182 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Vista la decisión dictada por esta Sala en fecha 30-07-2003, mediante la cual se admitió el presente recurso, y ordenó la tramitación correspondiente, se acordó solicitar el informe sobre los hechos y el derecho, así como los antecedentes administrativos del caso, a la Comisión Electoral de la Asociación Civil La Hacienda Country Club. Se libró comisión al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a dicho órgano electoral. Asimismo, se ordenó emplazar a los interesados en la presente causa mediante la publicación de un cartel en la prensa. Se acordó notificar a la parte recurrente y al Fiscal General de la República. Se libraron Oficio Nº 03-191, Oficio Nº 03-192 y Oficio Nº 03-193. 

 

Oficio en:

 

7.- Expediente Nº 2003-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo remitió a esta Sala expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano VICTORIO CATAPANO, asistido por la abogada Fanny Mendoza de Bandres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.081, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “La Hacienda Country Club”, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Comisario Principal y Suplente y a los Miembros del Comité de Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 1620, de fecha 01-07-2003, remitiendo el expediente Nº 18182 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se libró Oficio Nº 03-194, mediante el cual se notifica Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el fallo dictado por esta Sala en fecha 30-07-2003.

 

 

NOTA DEL SECRETARIO EN:

 

8.- Expediente Nº 2003-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo remitió a esta Sala expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano VICTORIO CATAPANO, asistido por la abogada Fanny Mendoza de Bandres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.081, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “La Hacienda Country Club”, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Comisario Principal y Suplente y a los Miembros del Comité de Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 1620, de fecha 01-07-2003, remitiendo el expediente Nº 18182 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se libró comisión al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la Comisión Electoral de la Asociación Civil La Hacienda Country Club.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

9.- Expediente Nº 2003-000074: Federico Yarza Zarraga y Luis Aparicio, asistidos por  el abogado  Luis Ramón Coronado, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la convocatoria a elecciones de los representantes de las comunidades organizadas por ante el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Valencia del Estado Carabobo.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que se pronuncie  sobre la admisión de la presente acción de amparo.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

10.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.

 

Vista la solicitud de ampliación de la sentencia, presentada por los abogados José Horacio Vásquez Colmenares y José Quintín Gómez, se designó ponente al  Magistrado  Doctor  Alberto Martini Urdaneta, a los fines de que esta Sala dicte el pronunciamiento correspondiente. 

 

 

Oficio y boleta libradOs en:

 

11.- Expediente Nº 2003-000073: Ana Teresa Heredia interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar provisionalísima contra el Memorandum s/n, de fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

Se libró Oficio Nº 03-190, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del fallo dictado por esta Sala en esta misma fecha. Asimismo, se libró boleta de notificación, mediante la cual se notifica a la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela del fallo dictado por esta Sala en esta misma fecha.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

12.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del  referido Colegio.

 

La ciudadana Carmen Morella Mujica, en su carácter de Presidenta de la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, asistida por la abogada Astrid Mijares, consignó diligencia mediante la cual otorga Poder Apud Acta a la mencionada abogada.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

13.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del  referido Colegio.

 

Los abogados José Luis Rojas y Anny Sosa Orozco, actuando en su carácter de apoderados judiciales del Colegio de Médicos del Estado Miranda, consignaron escritos de alegatos. (Acompañaron anexos).

 

 

NOTA DEL SECRETARIO EN:

 

14.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del  referido Colegio.

 

Se acordó dejar bajo la custodia y resguardo de esta Secretaría los dos cassettes identificados con el número “1” y “2”, contentivos de la Asamblea Extraordinaria de fecha 31-07-03, que acompañaron, como anexos, los apoderados judiciales del Colegio de Médicos del Estado Miranda en su  escrito de alegatos.

 

 

Audiencia constitucional:

 

15.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del  referido Colegio.

 

La Sala declaró Con Lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Luis Eduardo Betancourt, María Nieves Guiñán, Aníbal Blanco, Belkys Díaz, Antonio  Arriaga, Raimundo Kafruni, Wilfredo Cabeza, Ramiro Morales, José Luis García y Damaris Palomo, asistidos por los abogados Ítalo Enrique Bejarano y William Ayestarán, contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda. En consecuencia, se ordena a la referida Comisión Electoral que dentro de los cinco (5) días continuos contados a partir de la presente fecha, realizar una nueva convocatoria a los fines de renovar las autoridades del referido Colegio.

 

 

 

SENTENCIAS

 

 

16.- Expediente Nº 2003-000070:  Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y en lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano TOM LUIS DIÁZ TEQUEDOR, asistido por el abogado Argenis Centeno, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.116, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Siderúrgica y sus Similares del Estado Bolívar (S.U.T.I.S.S.), por haberlo excluido del registro electoral para el proceso electoral a celebrarse el 29-07-2003, en el referido Sindicato.  Oficio Nº 835, de fecha 23-07-2003, remitiendo el expediente Nº 9994 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: 1) Su competencia para conocer la presente acción de amparo. 2) Inadmisible la presente acción. Ponente: Dr. Rafael Hernández Uzcátegui. Sentencia Nº 111.

 

17.- Expediente Nº 2003-000071: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y en lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano DAVID CENTENO, asistido por el abogado Argenis Centeno, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.116, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Siderúrgica y sus Similares del Estado Bolívar (S.U.T.I.S.S.), por haberlo excluido del registro electoral para el proceso electoral a celebrarse el 29-07-2003, en el referido Sindicato.  Oficio Nº 836, de fecha 23-07-2003, remitiendo el expediente Nº 9995 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: 1) Su competencia para conocer la presente acción de amparo. 2) Inadmisible la presente acción. Ponente: Dr. Rafael Hernández Uzcátegui. Sentencia Nº 112.

 

18.- Expediente Nº 2003-000072: FREDDY PEÑALOZA,  asistido por los abogados Ciro Alejandro Parra y Edith Rangel de Peñaloza, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 844 y 19.609, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión electoral de la Operadora La Hormiga Asociación Civil. La Sala ordenó la corrección de la presente solicitud. Ponente: Dr. Rafael Hernández Uzcátegui. Sentencia Nº 113.

 

19.- Expediente Nº 2003-000073: Ana Teresa Heredia interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar provisionalísima contra el Memorandum s/n, de fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela. La Sala declaró: 1) Competente para conocer la presente acción de amparo. 2) Admite la presente acción y acuerda tramitarla. 3) Se declara CON LUGAR la solicitud de medida cautelar y en consecuencia: 1) Se suspenden los efectos del Memorando s/n de fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela, el cual declaró nulo el proceso realizado para la elección de los Delegados a la Convención Nacional en el seno del Colegio de Odontólogos Metropolitano, y, 2) Se ordena que se admita la participación de todos los ciudadanos que resultaron electos como Delegados por el mencionado Colegio de Odontólogos Metropolitano, en la Convención Nacional de ese gremio que tendrá lugar los días 8 y 9 de agosto de 2003. Ponente: Dr. Luis Martínez Hernández. Sentencia Nº 114.

 

20.- Expediente Nº X-2003-000017: ROBERTO ZARA, PEDRO ROBERTO RUIZ, JOSÉ RECIO, CUTBERTO GUARAPO Y JORGE WEIR interponen amparo constitucional sobrevenido contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas. La Sala declaró: 1) Competente para conocer la presente acción de amparo sobrevenido. 2) Inadmisible la acción interpuesta. Ponente: Dr. Luis Martínez Hernández. Sentencia Nº 115.

 

21.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992. La Sala declaró: 1) inadmisible la solicitud de adhesión presentada por el ciudadano Cornelio Vegas Pérez. 2) Improcedentes las solicitudes de ampliación de la sentencia Nº 105, de fecha 4 de agosto de 2003. Ponente: Dr. ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 116.

 

22.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del  referido Colegio. La Sala declaró CON LUGAR la presente acción de amparo. En consecuencia, se ordenó a la referida Comisión Electoral que dentro de los cinco (5) días continuos contados a partir de la presente fecha, realizar una nueva convocatoria a los fines de renovar las autoridades del referido colegio. Ponente: Dr. Rafael Hernández Uzcátegui. Sentencia Nº 117.

 

 

El Presidente,

 

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

 

 

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

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