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CUENTA Nº 114
Despacho del miércoles seis (06) de agosto de 2003.
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la
asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
DILIGENCIA
EN:
1.- Expediente Nº 2003-000065: MIGUEL SILVA, asistido por el abogado Javier Simón Gómez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.510, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de fecha 09-05-2003, contentivo de la admisión de postulación del ciudadano Julio Soto y el Acta de Proclamación de fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-180, mediante el cual se
notifica a la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, el auto de
solicitud de los antecedentes administrativos. El referido oficio fue enviado a
través del servicio de encomienda MRW.
2.- Expediente Nº 2003-000067:
JUDITH SAYAGO BRICEÑO Y JUAN RAMON QUINTANA, asistidos por los abogados
Mario Díaz Angulo y Marcos López Sayago, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 12.261 y 91.327, respectivamente, interponen recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos
dictados por la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado
Barinas, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del
referido Colegio.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-186,
anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes,
a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la
Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, la cual
fue enviada a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
DILIGENCIA
EN:
3.- Expediente Nº 2003-000064: Kerlin Gabriela Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.533, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos PEDRO BARAZARTE, ORLANDO GUANIPA, JESÚS FERNÁNDEZ, MARÍA GÓMEZ, CARMEN MARENCO, NERIO ELIDIO MEJÍA TILANO Y ELIZABETH CAÑIZALES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscalía y representantes del Co-Gobierno Universitario del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia para el período 2003-2005, fijado para el día 31 de julio de 2003.
La abogada Kerlin Rodríguez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página B-11 del Diario El Nacional, de fecha 06-08-03, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.
4.- Expediente Nº 2003-000064: Kerlin Gabriela Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.533, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos PEDRO BARAZARTE, ORLANDO GUANIPA, JESÚS FERNÁNDEZ, MARÍA GÓMEZ, CARMEN MARENCO, NERIO ELIDIO MEJÍA TILANO Y ELIZABETH CAÑIZALES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscalía y representantes del Co-Gobierno Universitario del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia para el período 2003-2005, fijado para el día 31 de julio de 2003.
La abogada Kerlin Gabriela Rodríguez, consignó diligencia mediante la cual sustituyó el poder que le fuera otorgado, reservándose el ejercicio de las facultades conferidas en el mismo, en la abogada GRELOISIDA OJEDA.
5.- Expediente Nº 2003-000064: Kerlin Gabriela Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.533, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos PEDRO BARAZARTE, ORLANDO GUANIPA, JESÚS FERNÁNDEZ, MARÍA GÓMEZ, CARMEN MARENCO, NERIO ELIDIO MEJÍA TILANO Y ELIZABETH CAÑIZALES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscalía y representantes del Co-Gobierno Universitario del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia para el período 2003-2005, fijado para el día 31 de julio de 2003.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-177, mediante el cual se notifica a la
Comisión Electoral del Colegio de Contadores del Estado Zulia, la solicitud de los antecedentes
administrativos. El referido oficio fue enviado a través del servicio de
encomienda MRW.
Auto en:
6.- Expediente Nº 2003-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo remitió a esta Sala expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano VICTORIO CATAPANO, asistido por la abogada Fanny Mendoza de Bandres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.081, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “La Hacienda Country Club”, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Comisario Principal y Suplente y a los Miembros del Comité de Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 1620, de fecha 01-07-2003, remitiendo el expediente Nº 18182 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Vista la decisión dictada por esta Sala
en fecha 30-07-2003, mediante la cual se admitió el presente recurso, y ordenó
la tramitación correspondiente, se acordó solicitar el informe sobre los hechos
y el derecho, así como los antecedentes administrativos del caso, a la Comisión
Electoral de la Asociación Civil La Hacienda Country Club. Se libró comisión al
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de que practique las
diligencias necesarias para notificar a dicho órgano electoral. Asimismo, se
ordenó emplazar a los interesados en la presente causa mediante la publicación
de un cartel en la prensa. Se acordó notificar a la parte recurrente y al
Fiscal General de la República. Se libraron Oficio Nº 03-191, Oficio Nº 03-192
y Oficio Nº 03-193.
Oficio en:
7.- Expediente Nº 2003-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo remitió a esta Sala expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano VICTORIO CATAPANO, asistido por la abogada Fanny Mendoza de Bandres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.081, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “La Hacienda Country Club”, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Comisario Principal y Suplente y a los Miembros del Comité de Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 1620, de fecha 01-07-2003, remitiendo el expediente Nº 18182 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Se libró Oficio Nº 03-194, mediante el
cual se notifica Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y
Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el fallo dictado
por esta Sala en fecha 30-07-2003.
NOTA DEL
SECRETARIO EN:
8.- Expediente Nº 2003-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo remitió a esta Sala expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano VICTORIO CATAPANO, asistido por la abogada Fanny Mendoza de Bandres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.081, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “La Hacienda Country Club”, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Comisario Principal y Suplente y a los Miembros del Comité de Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 1620, de fecha 01-07-2003, remitiendo el expediente Nº 18182 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Se
dejó constancia de que en esta oportunidad se libró comisión al Juzgado Cuarto
de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo, a los fines de que practique las diligencias
necesarias para notificar a la Comisión Electoral de la Asociación Civil La
Hacienda Country Club.
NUEVO ASUNTO
INGRESADO:
9.- Expediente Nº 2003-000074: Federico Yarza Zarraga y Luis
Aparicio, asistidos por el
abogado Luis Ramón Coronado, interponen
acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar
innominada contra la convocatoria a elecciones de los representantes de las
comunidades organizadas por ante el Consejo Local de Planificación Pública del
Municipio Valencia del Estado Carabobo.
Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la presente acción de amparo.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
10.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.
Vista la solicitud de ampliación de la sentencia, presentada por los abogados José Horacio Vásquez Colmenares y José Quintín Gómez, se designó ponente al Magistrado Doctor Alberto Martini Urdaneta, a los fines de que esta Sala dicte el pronunciamiento correspondiente.
Oficio y boleta libradOs en:
11.- Expediente Nº 2003-000073: Ana Teresa Heredia interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar provisionalísima contra el Memorandum s/n, de fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela.
Se
libró Oficio Nº 03-190, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la
República del fallo dictado por esta Sala en esta misma fecha. Asimismo, se
libró boleta de notificación, mediante la cual se notifica a la Comisión
Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela del fallo dictado
por esta Sala en esta misma fecha.
DILIGENCIA
EN:
12.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del referido Colegio.
La
ciudadana Carmen Morella Mujica, en su carácter de Presidenta de la Comisión
Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, asistida por la abogada
Astrid Mijares, consignó diligencia mediante la cual otorga Poder Apud Acta a
la mencionada abogada.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
13.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del referido Colegio.
Los abogados José Luis Rojas y Anny Sosa Orozco, actuando en su carácter de apoderados judiciales del Colegio de Médicos del Estado Miranda, consignaron escritos de alegatos. (Acompañaron anexos).
NOTA DEL
SECRETARIO EN:
14.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del referido Colegio.
Se
acordó dejar bajo la custodia y resguardo de esta Secretaría los dos cassettes
identificados con el número “1” y “2”, contentivos de la Asamblea
Extraordinaria de fecha 31-07-03, que acompañaron, como anexos, los apoderados
judiciales del Colegio de Médicos del Estado Miranda en su escrito de alegatos.
Audiencia constitucional:
15.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del referido Colegio.
La Sala declaró Con
Lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos
Luis Eduardo Betancourt, María Nieves Guiñán, Aníbal Blanco, Belkys Díaz,
Antonio Arriaga, Raimundo Kafruni,
Wilfredo Cabeza, Ramiro Morales, José Luis García y Damaris Palomo, asistidos
por los abogados Ítalo Enrique Bejarano y William Ayestarán, contra la Comisión
Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda. En consecuencia, se ordena
a la referida Comisión Electoral que dentro de los cinco (5) días continuos
contados a partir de la presente fecha, realizar una nueva convocatoria a los
fines de renovar las autoridades del referido Colegio.
16.-
Expediente Nº 2003-000070: Juzgado Superior Primero en lo Civil,
Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y en lo Contencioso
Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Bolívar, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo
constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar
innominada por el ciudadano TOM LUIS DIÁZ TEQUEDOR, asistido por el abogado
Argenis Centeno, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.116, contra la
Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria
Siderúrgica y sus Similares del Estado Bolívar (S.U.T.I.S.S.), por haberlo
excluido del registro electoral para el proceso electoral a celebrarse el
29-07-2003, en el referido Sindicato.
Oficio Nº 835, de fecha 23-07-2003, remitiendo el expediente Nº 9994
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró:
1) Su competencia para conocer la presente acción de amparo. 2) Inadmisible
la presente acción. Ponente: Dr. Rafael
Hernández Uzcátegui. Sentencia Nº 111.
17.-
Expediente Nº 2003-000071:
Juzgado
Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores
y en lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer de la acción
de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida
cautelar innominada por el ciudadano DAVID CENTENO, asistido por el abogado
Argenis Centeno, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.116, contra la
Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Siderúrgica
y sus Similares del Estado Bolívar (S.U.T.I.S.S.), por haberlo excluido del
registro electoral para el proceso electoral a celebrarse el 29-07-2003, en el
referido Sindicato. Oficio Nº 836, de
fecha 23-07-2003, remitiendo el expediente Nº 9995 (nomenclatura de ese
Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: 1) Su competencia para
conocer la presente acción de amparo. 2) Inadmisible la presente acción.
Ponente: Dr. Rafael Hernández
Uzcátegui. Sentencia Nº 112.
18.-
Expediente Nº 2003-000072:
FREDDY PEÑALOZA, asistido por los
abogados Ciro Alejandro Parra y Edith Rangel de Peñaloza, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 844 y 19.609, interpone acción de amparo
constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra
la Comisión electoral de la Operadora La Hormiga Asociación Civil. La Sala ordenó
la corrección de la presente solicitud. Ponente: Dr. Rafael Hernández Uzcátegui.
Sentencia Nº 113.
19.-
Expediente Nº 2003-000073: Ana
Teresa Heredia interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con
solicitud de medida cautelar provisionalísima contra el Memorandum s/n, de
fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del
Colegio de Odontólogos de Venezuela. La Sala declaró: 1) Competente para
conocer la presente acción de amparo. 2) Admite la presente acción y
acuerda tramitarla. 3) Se declara CON LUGAR la solicitud de medida
cautelar y en consecuencia: 1) Se suspenden los efectos del Memorando s/n de
fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del
Colegio de Odontólogos de Venezuela, el cual declaró nulo el proceso realizado
para la elección de los Delegados a la Convención Nacional en el seno del
Colegio de Odontólogos Metropolitano, y, 2) Se ordena que se admita la participación
de todos los ciudadanos que resultaron electos como Delegados por el mencionado
Colegio de Odontólogos Metropolitano, en la Convención Nacional de ese gremio
que tendrá lugar los días 8 y 9 de agosto de 2003. Ponente: Dr. Luis Martínez Hernández. Sentencia
Nº 114.
20.-
Expediente Nº X-2003-000017: ROBERTO
ZARA, PEDRO ROBERTO RUIZ, JOSÉ RECIO, CUTBERTO GUARAPO Y JORGE WEIR interponen
amparo constitucional sobrevenido contra la Comisión Electoral del Colegio de
Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas. La Sala declaró: 1) Competente para
conocer la presente acción de amparo sobrevenido. 2) Inadmisible la
acción interpuesta. Ponente: Dr. Luis
Martínez Hernández. Sentencia Nº 115.
21.-
Expediente Nº 2003-000048:
JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional
con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de
Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de
Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados
de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992. La Sala declaró: 1) inadmisible
la solicitud de adhesión presentada por el ciudadano Cornelio Vegas Pérez.
2) Improcedentes las solicitudes de ampliación de la sentencia Nº 105,
de fecha 4 de agosto de 2003. Ponente: Dr. ALBERTO
MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 116.
22.-
Expediente Nº 2003-000062:
LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ,
ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos
por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo
constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado
Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos
directivos del referido Colegio. La Sala declaró CON
LUGAR la presente acción de amparo. En consecuencia, se ordenó a la
referida Comisión Electoral que dentro de los cinco (5) días continuos contados
a partir de la presente fecha, realizar una nueva convocatoria a los fines de
renovar las autoridades del referido colegio. Ponente: Dr. Rafael Hernández Uzcátegui.
Sentencia Nº 117.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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