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Sala Electoral
  • Fecha: 07 de octubre de 2003





CUENTA Nº 149

 

CUENTA Nº 149

 

 

Despacho del martes siete (07) de octubre de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000105: LUIS EDUARDO BETANCOURT, WILLIAM AYESTARAN, ANTONIO ARRIAGA, DAMARIS PALOMO y JOSÉ LUIS GARCÍA, asistido por el abogado William Ayestaran, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.475, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 031001-468, de fecha 1-10-2003, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual suspende por diez (10) días el proceso electoral convocado para elegir a las autoridades del Colegio de Médicos del Estado Miranda.

 

Se acordó solicitar los antecedentes  administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso al Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró Oficio Nº 03-272.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000105: LUIS EDUARDO BETANCOURT, WILLIAM AYESTARAN, ANTONIO ARRIAGA, DAMARIS PALOMO y JOSÉ LUIS GARCÍA, asistido por el abogado William Ayestaran, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.475, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 031001-468, de fecha 1-10-2003, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual suspende por diez (10) días el proceso electoral convocado para elegir a las autoridades del Colegio de Médicos del Estado Miranda.

 

Los ciudadanos Damaris Palomo y William Ayestarán, este último inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.475, presentaron escrito   mediante el cual expone que proceden a consignar nuevamente escrito recursivo toda vez “existen errores en la pagina, dos (2), Tres (03) y Cuatro (04) por faltar la última línea” (Acompañaron anexo).

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000064: Kerlin Gabriela Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.533, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos PEDRO BARAZARTE, ORLANDO GUANIPA, JESÚS FERNÁNDEZ, MARÍA GÓMEZ, CARMEN MARENCO, NERIO ELIDIO MEJÍA TILANO Y ELIZABETH CAÑIZALES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscalía y representantes del Co-Gobierno Universitario del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia para el período 2003-2005, fijado para el día 31 de julio de 2003.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-259, anexó al cual se remite comisionó conferida al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia a los fines de notificar a la Junta Directiva, Comisión Electoral y Asamblea, todas del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia del fallo dictado en fecha 23-09-2003, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000069: MILADY OROPEZA, LESLI TERESA MORENO, CREINQUIN SAMUEL PERDOMO MENA, CARMEN ELENA LONGA, ANA MARÍA SUEIRAS, LUIS AVILES ARJONA, JOSÉ SALAS, JUAN ALVAREZ y REINA PARRA,  asistidos por el abogado Alberto Borges Geofroy, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 6.080, interponen acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Bosch Telecom. C.A. y Compañías Afines (SITRATEN).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta  librada al Sindicato de Trabajadores de la Empresa Telenorma (SITRATEN), en la persona de su Secretario General ciudadano Freddy Giovanni Orellano, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 23-09-2003.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000067: JUDITH SAYAGO BRICEÑO Y JUAN RAMON QUINTANA, asistidos por los abogados Mario Díaz Angulo y Marcos López Sayago, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 12.261 y 91.327, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del referido Colegio.

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 1-10-2003, por el abogado Marcos López Sayago, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 91.327, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos  Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, (parte recurrente), el Juzgado de Sustanciación pasa a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiéndolas.

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo remitió a esta Sala expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano VICTORIO CATAPANO, asistido por la abogada Fanny Mendoza de Bandres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.081, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “La Hacienda Country Club”, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Comisario Principal y Suplente y a los Miembros del Comité de Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 1620, de fecha 01-07-2003, remitiendo el expediente Nº 18182 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Visto el escrito presentado en fecha 06-10-2003, por el ciudadano Juan Campos, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Asociación Civil La Hacienda Country Club, asistido por el abogado Luis Cruces Torrealba,  mediante el cual solicita se fije una nueva oportunidad para la evacuación de la prueba testimonial admitida mediante auto de fecha 25-09-2003, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la misma, y  conforme al principio de preclusión de los lapsos procesales y lo previsto en el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, negó la solicitud formulada.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2003-000089: Francisco Díaz, asistido por el abogado Freddy Urbina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.871, interpone recurso contencioso electoral con acción de amparo constitucional cautelar contra el proceso de elección de los Jueces de Paz de la Parroquia Las Fuentes, El Paraíso, en la ciudad de Caracas, realizado el 10-08-03.

 

El ciudadano Francisco Díaz, asistido por el abogado Freddy Urbina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.036, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

8.- Expediente Nº 2003-000045: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar contra la decisión de fecha 28-04-2003, emanada del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental “Francisco de Miranda”, mediante la cual negó la solicitud de suspensión del proceso de consulta estudiantil para la escogencia de los representantes estudiantiles a los órganos de Co-gobierno de la referida Universidad.

 

Vista la decisión dictada por esta Sala en fecha 02-10-2003, se acordó comisionar suficientemente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar de la referida decisión a la parte accionante, así como, al Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental “Francisco de Miranda”. Se libraron Oficios Nos. 03-270, 03-271 y boleta.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2003-000104: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declina la competencia para conocer de la apelación interpuesta por el ciudadano Antonio Martínez, asistido por el abogado José Bastidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.823, contra la sentencia dictada en fecha 24-08-2001, por el Juzgado Superior en lo Civil (bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, mediante la cual declaró sin lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos ANTONIO MARTÍNEZ, ARTURO ALLOCCA y LUIS MARIÑEZ, contra el ciudadano Virgilio Solórzano, en su condición de Director del Instituto Regional de Deportes del Estado Aragua, referido a la elección de las autoridades de la Asociación de Levantamiento de Pesas del Estado Aragua. Oficio Nº 03-6366, de fecha 29-09-2003, remitiendo el expediente Nº 01-25851 (nomenclatura de esa Corte) (1 pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL:

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000074: Federico Yarza Zarraga y Luis Aparicio, asistidos por  el abogado  Luis Ramón Coronado, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la convocatoria a elecciones de los representantes de las comunidades organizadas por ante el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Valencia del Estado Carabobo.

 

Se acordó fijar el día 09-10-2003, a las 10:30 a.m._a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual  las partes podrán exponer  sus alegatos y defensas. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ,  a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente acción  de amparo constitucional.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000074: Federico Yarza Zarraga y Luis Aparicio, asistidos por  el abogado  Luis Ramón Coronado, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la convocatoria a elecciones de los representantes de las comunidades organizadas por ante el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Valencia del Estado Carabobo.

 

El abogado Mauricio Subero Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.667, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Francisco Cabrera Santos, Alcalde del Municipio Valencia del Estado Carabobo, presentó diligencia anexa a la cual consignó instrumento poder. Asimismo, en nombre de su representado se dio por notificado de la decisión dictada en fecha 12-08-2003 por medio de la cual se admitió la acción de amparo y solicitó se fije la audiencia oral y publica de las partes.

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000087:  Virginia Sarmiento Briceño, Ramón Reinoso Rodríguez, José Pastor Martínez, Carlos J. Montilla y Juan Carlos Dávila Solano, asistidos por el abogado Omar Reverol Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.339,  interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-247, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del fallo dictado en fecha 23-09-2003, mediante el cual se admitió la acción.

 

 

13.- Expediente Nº 2003-000087:  Virginia Sarmiento Briceño, Ramón Reinoso Rodríguez, José Pastor Martínez, Carlos J. Montilla y Juan Carlos Dávila Solano, asistidos por el abogado Omar Reverol Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.339,  interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-246, anexo al cual se remite comisión conferida  al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas el fallo dictado en fecha 23-09-2003, mediante el cual se admitió la acción, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

14.- Expediente Nº 2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-248, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del fallo dictado por esta Sala en fecha 23-09-2003, mediante el cual se admitió la acción de amparo constitucional interpuesta.

 

 

SENTENCIA

 

 

15.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela. La Sala ordenó a la Comisión Electoral del Colegio de Odontólogos de Venezuela, que informe dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación, respecto al cumplimiento de lo ordenado en la sentencia número 106 de fecha 4 de agosto de 2003, con especificación de cuáles han sido las actuaciones realizadas por la misma a tal fin, especialmente en lo concerniente a la situación actual del proceso electoral cuya convocatoria se ordenó en relación con los correspondientes cronogramas, así del acatamiento de la normativa interna gremial y de las Normas para regular los procesos electorales de Gremios y Colegios Profesionales dictadas por el Consejo Nacional Electoral. De igual forma la aludida Comisión Electoral deberá complementar tal información con los datos que considere convenientes. Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia Nº 161.

 

 

16.- Expediente Nº 2003-000103: JUAN CORREA SIFONTES, FRANCISCO MANZANILLA, PABLO SALCEDO NADAL y LIDE DÍAZ,  actuando con el carácter de candidatos a los cargos de Presidente, Secretario de Actividades Científicas, Secretario de Finanzas y Miembro Principal del Tribunal Disciplinario, del Colegio de Médicos del Estado Miranda, asistido por el abogado Germán José Pérez Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 8.477, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra Consejo Nacional Electoral en relación a la Resolución Nº 031001-468, mediante la cual se ordenó la suspensión por el término de diez (10) días hábiles,  el proceso electoral destinado a la elección de las autoridades gremiales del Colegio de Médicos del Estado Miranda. La Sala declaró INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional intentada, y en consecuencia DECLINA el conocimiento de la misma en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia.  Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 162.

 

 

17.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  intima al pago de honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano  FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625,  contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095). La Sala declaró SIN LUGAR la oposición al derecho a percibir Honorarios Profesionales por parte del abogado ROMMEL RAFAEL ORONOZ SILVA interpuesta por la intimidada organización SINDICATO DE TRABAJADORES DEL METRO DE CARACAS (SITRAMECA), con ocasión de las actuaciones profesionales realizadas por el referido abogado a su favor, en el proceso judicial que fuera sustanciado por la Sala bajo los Expedientes Nos. 2001-000095 y 2001-000105. Se fijó las 11:00 a.m. del QUINTO (5to) DÍA DE DESPACHO siguiente a aquel en el cual consta la última de las notificaciones de las partes, a efecto de que se nombren o designen los JUECES RETASADORES, en los términos previstos en el artículo 27 de la Ley de Abogados. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 163.

 

 

18.- Expediente Nº 2002-000083: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela. La Sala ACORDÓ la solicitud formulada por los apoderados judiciales del Consejo Nacional Electoral, y estableció, que se tome el día diez (10) de septiembre de 2003 como día a quo, a los fines de que se inicie el lapso de sesenta (60) días hábiles de la Administración, para que tenga lugar todo el proceso electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 164.

 

 

19.- Expediente Nº 2003-000093: Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano Nelson Antonio Sánchez Contreras, asistido por el abogado Fredy José Durán Labastidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 68.010, contra el acto emanado de la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes en fecha 12-03-1999, referido a la postulación del mencionado ciudadano como candidato a representante estudiantil ante el Consejo de la Faculta de Ciencias Jurídicas y Políticas de la referida Universidad.  Oficio Nº 0319-2003, de fecha 02-09-2003, remitiendo el expediente Nº 01080 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: PRIMERO: ACEPTA la declinatoria de competencia formulada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. SEGUNDO: que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en la acción de amparo constitucional interpuesta, conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 165.

                       

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 


 

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