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Sala Electoral
  • Fecha: 09 de enero de 2003





CUENTA Nº 03

 

 

 

CUENTA Nº 03

 

 

 

Despacho del jueves nueve (09) de enero de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  intima al pago de honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano  FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625,  contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095).

 

Visto que hasta la presente fecha no consta en autos la prueba de informes solicitada al Banco Federal, promovida por el ciudadano Francisco Torrealba, admitida por auto del 11-11-2002, la Sala acordó ratificar  la referida  solicitud a la referida entidad bancaria. Se libró Oficio Nº 03-006.

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

Se acordó abrir cuaderno separado, a los fines de tramitar  incidencia de recusación. Asimismo, a los fines de no paralizar la causa principal, se ordenó convocar al suplente o conjuez correspondiente. Se libró Oficio Nº 03-005. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa, siendo el Vicepresidente de la Sala quien ordenó la referida actuación.

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

Se acordó formar una (1) pieza separada con  los recaudos administrativos que acompañaron al escrito presentado, en esta misma fecha, por el apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa, siendo el Secretario quien ordenó la referida actuación.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

Los abogados Rafael Conteras Millán, Jorge Enrique Dickson Urdaneta Y Nelson Enrique Pérez Pulido, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.193, 64.595 y 66.407, respectivamente, actuando en su propio nombre consignaron escrito mediante el cual se opone al recurso interpuesto. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa, siendo el Secretario quien recibió el referido escrito.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

El ciudadano Roger Becerra, Presidente de la Comisión Electoral del  Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas, asistido por el abogado Francisco Artigas Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.936, consignó escrito mediante el cual da contestación al escrito presentado por el ciudadanos Luis Rafael Castillo Romero, Julio Cesar Arocha Pérez, Antonio Jhon Archer Fernández y Santiago Gutiérrez y al informe presentado por el Consejo Nacional Electoral.

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

El abogado Marcos Gómez Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.528, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa, siendo el Secretario quien recibió el referido escrito.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

Los ciudadanos José Daniel Duarte y Jesús Corredor, Vice-presidente y Secretario de la Comisión Electoral de SITRAMECA, asistidos por la abogada Mercedes Valentina Manzini Tekhaus, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.381, consignaron escrito (acompañaron anexos)

 

 

8.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

El Magistrado Doctor Alberto Martini Urdaneta, Presidente de la Sala, consignó informe con ocasión de la recusación que fuera propuesta en su contra en fecha 08-01-2002, por el ciudadano Darío Vivas. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa, siendo el Secretario quien recibió el referido informe.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2002-000108: Víctor Álvarez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.026, actuando con el carácter de apoderado judicial del Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la omisión del Consejo Nacional Electoral en pronunciarse en relación a la solicitud extraordinaria de nulidad en sede administrativa (Recurso Jerárquico), ejercido por el Municipio Iribarren del Estado Lara ante dicho Consejo en fecha 4-06-2002, que pretendió a su vez la nulidad de la totalidad de las actas y actuaciones derivadas del proceso eleccionario de la organización sindical “SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO IRIBARREN Y DEMÁS DEPENDENCIAS DEL ESTADO LARA”, celebrado el día 24-09-2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-003, mediante el cual se solicitó al Presidente del Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

El ciudadano Roger Becerra, Presidente de la Comisión Electoral del  Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas, asistido por el abogado Francisco Artigas Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.936, consignó diligencia.

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

El abogado Marcos Gómez Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.528, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó diligencia. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa, siendo el Secretario quien recibió la referida diligencia.

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

                                                                                    El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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