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CUENTA Nº 03
Despacho del jueves nueve (09) de enero de 2003. Se
abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la
asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.-
Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre, intima al pago de honorarios profesionales
al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el
expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con
suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de
Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por
el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 29.625, contra el acto de fecha
2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la
solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de
Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La
Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095).
Visto que hasta la presente fecha no consta en autos la prueba de informes solicitada al Banco Federal, promovida por el ciudadano Francisco Torrealba, admitida por auto del 11-11-2002, la Sala acordó ratificar la referida solicitud a la referida entidad bancaria. Se libró Oficio Nº 03-006.
2.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.
Se acordó abrir cuaderno separado, a los fines de tramitar incidencia de recusación. Asimismo, a los fines de no paralizar la causa principal, se ordenó convocar al suplente o conjuez correspondiente. Se libró Oficio Nº 03-005. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa, siendo el Vicepresidente de la Sala quien ordenó la referida actuación.
3.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.
Se
acordó formar una (1) pieza separada con
los recaudos administrativos que acompañaron al escrito presentado, en
esta misma fecha, por el apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral. Se
deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001,
el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que fue recusado se
abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa, siendo el Secretario quien
ordenó la referida actuación.
ESCRITOS PRESENTADOS Y
AGREGADOS A LOS AUTOS:
4.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.
Los abogados
Rafael Conteras Millán, Jorge Enrique Dickson Urdaneta Y Nelson Enrique Pérez
Pulido, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.193, 64.595 y 66.407,
respectivamente, actuando en su propio nombre consignaron escrito mediante el cual
se opone al recurso interpuesto. Se deja constancia que en la actuación realizada
en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia,
pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la
causa, siendo el Secretario quien recibió el referido escrito.
5.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.
El ciudadano Roger Becerra, Presidente de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas, asistido por el abogado Francisco Artigas Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.936, consignó escrito mediante el cual da contestación al escrito presentado por el ciudadanos Luis Rafael Castillo Romero, Julio Cesar Arocha Pérez, Antonio Jhon Archer Fernández y Santiago Gutiérrez y al informe presentado por el Consejo Nacional Electoral.
6.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.
El
abogado Marcos Gómez Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
37.528, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional
Electoral, consignó escrito de informe sobre los aspectos de hecho y de
derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente
recurso contencioso electoral. Se deja constancia que en la actuación realizada
en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia,
pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la
causa, siendo el Secretario quien recibió el referido escrito.
7.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.
Los ciudadanos José Daniel Duarte y Jesús Corredor, Vice-presidente y Secretario de la Comisión Electoral de SITRAMECA, asistidos por la abogada Mercedes Valentina Manzini Tekhaus, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.381, consignaron escrito (acompañaron anexos)
8.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.
El Magistrado
Doctor Alberto Martini Urdaneta, Presidente de la Sala, consignó informe con
ocasión de la recusación que fuera propuesta en su contra en fecha 08-01-2002,
por el ciudadano Darío Vivas. Se deja constancia que en la actuación realizada
en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia,
pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la
causa, siendo el Secretario quien recibió el referido informe.
DILIGENCIA EN:
9.-
Expediente Nº 2002-000108: Víctor
Álvarez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.026, actuando con
el carácter de apoderado judicial del Municipio Autónomo Iribarren del Estado
Lara, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de
suspensión de efectos, contra la omisión del Consejo Nacional Electoral en
pronunciarse en relación a la solicitud extraordinaria de nulidad en sede
administrativa (Recurso Jerárquico), ejercido por el Municipio Iribarren del
Estado Lara ante dicho Consejo en fecha 4-06-2002, que pretendió a su vez la
nulidad de la totalidad de las actas y actuaciones derivadas del proceso eleccionario
de la organización sindical “SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL MUNICIPIO
AUTÓNOMO IRIBARREN Y DEMÁS DEPENDENCIAS DEL ESTADO LARA”, celebrado el día
24-09-2001.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-003, mediante el
cual se solicitó al
Presidente del Consejo Nacional Electoral el
expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el recurso.
10.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.
El ciudadano
Roger Becerra, Presidente de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores del Metro de
Caracas, asistido por el abogado Francisco Artigas Pérez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 57.936, consignó diligencia.
11.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.
El
abogado Marcos Gómez Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
37.528, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional
Electoral, consignó diligencia. Se deja constancia que en la actuación
realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo
ingerencia, pues una vez que fue recusado se abstuvo de efectuar cualquier
actuación en la causa, siendo el Secretario quien recibió la referida
diligencia.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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