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Sala Electoral
  • Fecha: 09 de junio de 2003





SALA ACCIDENTAL Nº 2

SALA ACCIDENTAL Nº 2

 

CUENTA Nº 09

 

 

 

Despacho del lunes nueve (09) de junio de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Luis Martínez Hernández con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui y el Magistrado Iván Vásquez Tariba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

1.- Expediente Nº X-2003-000014:   Germán Romero, asistido por el abogado Alfredo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.404, fomuló recusación contra el Magistrado Luis Martínez Hernández, con fundamento en el artículo 82 ordinales 4,15 y 18 del Código de Procedimiento Civil.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se acordó abrir a pruebas por el lapso de ocho (8) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, de conformidad con lo previsto en el artículo 96 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000141: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y en  consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.

 

Visto el escrito presentado el 4-06-2003, por el ciudadano Germán Romero, mediante el cual plantea la recusación del Magistrado Doctor Luis Martínez Hernández; y visto igualmente el informe presentado en la oportunidad correspondiente por el mencionado Magistrado, se ordenó abrir cuaderno separado.  Asimismo,  se acordó paralizar la causa principal hasta tanto se decida la referida recusación y se proceda, en caso que sea procedente, a la constitución de la Sala Accidental que deberá seguir conociendo el expediente. En esta misma oportunidad se abrió cuaderno separado al cual le fue asignado el Nº X-2003-000014.

 

 

El Vicepresidente,

 

 

 

RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 


 

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