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CUENTA Nº 100
Despacho del jueves diez (10) de julio de 2003. Se
abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la
asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
DILIGENCIA
EN:
1.- Expediente Nº 2002-000106: TIBURCIO ESCALONA y CÉSAR CARZADILLAS, asistidos por los abogados Alfredo D’Ascoli Centeno y Andrés Gimes La Rosa, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 59.308 y 66.256, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela, Juntas Electorales Regionales y Seccionales, éstas últimas del Estado Cojedes, referido al proceso electoral en el cual se designarán a los miembros de la Asamblea, Junta Directiva Nacional y de Seccionales, Tribunal Disciplinario, Junta Directiva de Centros, y la Asamblea de Representantes de Centros del Colegio de Ingenieros de Venezuela a celebrarse el día 04-12-2002.
El
ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos TIBURCIO ESCALONA y
CESAR CARZADILLA, mediante la cual se les comunica el fallo dictado por esta
Sala en fecha 1-07-2003. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal,
de los referidos ciudadanos, de conformidad con el artículo 233 del Código de
Procedimiento Civil, en fecha 07-07-2003.
2.- Expediente Nº 2002-000106: TIBURCIO ESCALONA y CÉSAR CARZADILLAS, asistidos por los abogados Alfredo D’Ascoli Centeno y Andrés Gimes La Rosa, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 59.308 y 66.256, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela, Juntas Electorales Regionales y Seccionales, éstas últimas del Estado Cojedes, referido al proceso electoral en el cual se designarán a los miembros de la Asamblea, Junta Directiva Nacional y de Seccionales, Tribunal Disciplinario, Junta Directiva de Centros, y la Asamblea de Representantes de Centros del Colegio de Ingenieros de Venezuela a celebrarse el día 04-12-2002.
El ciudadano
Secretario de esta Sala dejó constancia de que en esta fecha el ciudadano Alguacil
le manifestó que se había trasladado al domicilio procesal de los ciudadanos
TIBURCIO ESCALONA y CESAR CARZADILLA, y que dejó la boleta de notificación
librada a los mencionados ciudadanos,
de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento
Civil.
3.-
Expediente Nº 2003-000051:
CARLOS ELEAZAR VELÁSQUEZ y CELINA TREJO APARICIO, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 9.587 y 5.232, respectivamente, actuando en su propio nombre,
interponen recursos contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar, contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado
Aragua, por los actos tendentes a realizar el proceso electoral para elegir las
autoridades del referido Colegio, período 2003 y 2005 y cuyo acto de votación
esta fijado para el día 11-07-2003.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-154, anexo al cual se
remitió comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del
Tránsito, del Trabajo, de Menores y de Estabilidad Laboral de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua,
a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a
la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, la cual fue
enviada a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
4.-
Expediente Nº 2003-000043:
ROGER ALEXIS BECERRA TERAN, actuando con el carácter de Presidente de la
Comisión Electoral para la Renovación de la Dirigencia del Sindicato de
Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA) asistido por el abogado
Francisco Artigas Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.936,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar, contra la Resolución Nº 030611-306 de fecha 11-06-2003, emanada del
Presidente de la Comisión Sindical y Gremial del Consejo Nacional Electoral,
conforme con la cual se acordó la incorporación de los ciudadanos Santiago
Gutiérrez Carmona, Julio Arocha Pérez, Luis Rafael Romero Castillo, Sheyla
Espinoza, Haydee García, Carlos Marquina, Guillermo Blanco, Tomás Reyes y Fidel
La Rosa en el Registro Electoral de Afiliados en el proceso comicial para
elegir las autoridades de la referida organización sindical.
El
ciudadano ROGER ALEXIS BECERRA TERAN, actuando con el carácter de Presidente de
la Comisión Electoral para la Renovación de la Dirigencia del Sindicato de
Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA) asistido por la abogada
María Isabel Marín Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 88.933, presentó diligencia anexa a la cual consignó
la página 25 del diario “Últimas Noticia” de fecha 10-07-2003, donde apareció
públicado el cartel de emplazamiento a
los interesados.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
5.-
Expediente Nº 2003-000043:
ROGER ALEXIS BECERRA TERAN, actuando con el carácter de Presidente de la
Comisión Electoral para la Renovación de la Dirigencia del Sindicato de
Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA) asistido por el abogado
Francisco Artigas Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.936,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar, contra la Resolución Nº 030611-306 de fecha 11-06-2003, emanada del
Presidente de la Comisión Sindical y Gremial del Consejo Nacional Electoral,
conforme con la cual se acordó la incorporación de los ciudadanos Santiago
Gutiérrez Carmona, Julio Arocha Pérez, Luis Rafael Romero Castillo, Sheyla
Espinoza, Haydee García, Carlos Marquina, Guillermo Blanco, Tomás Reyes y Fidel
La Rosa en el Registro Electoral de Afiliados en el proceso comicial para
elegir las autoridades de la referida organización sindical.
El
ciudadano ROGER ALEXIS BECERRA TERAN, actuando con el carácter de Presidente de
la Comisión Electoral para la Renovación de la Dirigencia del Sindicato de
Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA) asistido por la abogada
María Isabel Marín Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
88.933, presentó escrito.
6.- Expediente Nº 2003-000037: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó la competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Ramón Agustín López, asistido por la abogada Sor Teresa de Sandoval, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 19.331, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato Único de Empleados Públicos de la Gobernación del Estado Carabobo (SUEPGEC) celebrada el 13-04-1999.Oficio S/N, de fecha 22-03-2003, remitiendo el expediente Nº 14.904 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Vista la sentencia de fecha 8-07-2003, mediante la cual se ordenó al
Juzgado de Sustanciación pronunciarse sobre la admisión del recurso, el Juzgado
observó que no consta en autos los antecedentes administrativos del caso ni el
informe sobre los hechos y el derecho, por tanto acordó solicitar a la Junta Directiva del Sindicato Único de Empleados Públicos de
la Gobernación del Estado Carabobo (SUEPGEC), Asimismo, se comisionó al Juzgado
Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Carabobo, a los fines de que practique las diligencias necesarias para
notificar al referido Sindicato. Se libraron Oficios Nos. 03-160 y 03-161.
DILIGENCIA
EN:
7.-
Expediente Nº 2003-000042:
LAZARO CALAZAN GEROME, actuando con el carácter de Secretario General de la
Comunidad Política “Gente Emergente”, asistido por el abogado Juan Pablo Bront
Pamphil, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 6.175, interpone recurso
contencioso electoral contra la Resolución Nº 030120-020, emanada del Consejo
Nacional Electoral en fecha 20-01-2003 y publicada en Gaceta Electoral Nº 170
del 30-05-2003, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de
reconsideración interpuesto por el mencionado ciudadano contra la Resolución Nº
020315-187 del 15-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157, la cual
autorizó el uso provisional de la denominación “Visión Emergente” en el Estado
Miranda.
El ciudadano LAZARO CALAZAN GEROME, actuando con el carácter de Secretario General de la Comunidad Política “Gente Emergente”, asistido por el abogado Juan Pablo Bront Pamphil, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 6.175, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página B/16 del diario “El Nacional” de fecha 10-07-2003, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.
8.-
Expediente Nº 2003-000040: MIGUEL
REQUENA, asistido por los abogados Gustavo Briceño Vivas y Joaquín Bracho Dos
Santos, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 13.658 y 77.795,
respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra el acto contenido en el Boletín Nº 13/2003
emanado de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, mediante el cual declaró concluido el
proceso electoral para elegir al Vicerrector Administrativo de la referida Casa
de Estudios y proclamó como Vicerrector al ciudadano Humberto García Larralde
para culminar el período 2000-2004.
El abogado Gustavo Briceño Vivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.658, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Miguel Requena, presentó diligencia anexa a la cual consignó escrito suscrito por profesores y alumnos de la Universidad Central de Venezuela mediante el cual se adhieren al recurso interpuesto y solicitan se declare la nulidad de las decisiones tomadas por la Comisión Electoral de la Universidad central de Venezuela.
9.-
Expediente Nº 2003-000040: MIGUEL
REQUENA, asistido por los abogados Gustavo Briceño Vivas y Joaquín Bracho Dos
Santos, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 13.658 y 77.795,
respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra el acto contenido en el Boletín Nº 13/2003
emanado de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, mediante el cual declaró concluido el
proceso electoral para elegir al Vicerrector Administrativo de la referida Casa
de Estudios y proclamó como Vicerrector al ciudadano Humberto García Larralde
para culminar el período 2000-2004.
Se
acordó formar una (1) pieza de anexo con
el recaudo que acompañaron al escrito presentado en esta misma fecha,
por el ciudadano Miguel Antonio Castillejo Cans, Presidente de la Comisión
Electoral de la Universidad Central de Venezuela, asistido por la abogada Ana
Mercedes García Petit, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 27.780.
10.-
Expediente Nº 2003-000040: MIGUEL
REQUENA, asistido por los abogados Gustavo Briceño Vivas y Joaquín Bracho Dos
Santos, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 13.658 y 77.795,
respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra el acto contenido en el Boletín Nº 13/2003
emanado de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, mediante el cual declaró concluido el
proceso electoral para elegir al Vicerrector Administrativo de la referida Casa
de Estudios y proclamó como Vicerrector al ciudadano Humberto García Larralde
para culminar el período 2000-2004.
El ciudadano Humberto García Larralde, asistido por la abogada Ana Mercedes García Petit, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 27.780, consignó escrito mediante el cual solicita se declare improcedente el recurso interpuesto.
11.-
Expediente Nº 2003-000040: MIGUEL
REQUENA, asistido por los abogados Gustavo Briceño Vivas y Joaquín Bracho Dos
Santos, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 13.658 y 77.795,
respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra el acto contenido en el Boletín Nº 13/2003
emanado de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, mediante el cual declaró concluido el
proceso electoral para elegir al Vicerrector Administrativo de la referida Casa
de Estudios y proclamó como Vicerrector al ciudadano Humberto García Larralde
para culminar el período 2000-2004.
El ciudadano Miguel Antonio Castillejo Cans, Presidente de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, asistido por la abogada Ana Mercedes García Petit, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 27.780, consignó escrito mediante el cual solicita se declare improcedente el recurso interpuesto (Acompañó anexos).
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
12.- Expediente Nº 2003-000055: LEOPOLDO NIÑO, asistido por el abogado Jesús María Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.077, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Carabobo.
Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la presente acción de amparo.
OFICIOS
LIBRADOS EN:
13.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.
Se libró Oficio
Nº 03-157, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del
fallo dictado por esta Sala en fecha 09-07-2003. Asimismo, se libró Oficio Nº
03-158, mediante el cual se notifica a la Federación de Colegios de Abogados de
Venezuela del fallo dictado por esta Sala en fecha 09-07-2003. Finalmente se
libró Oficio Nº 03-159, mediante el cual se notifica a la Junta Electoral del
Colegio de Abogados del Estado Aragua del fallo dictado por esta Sala en fecha
09-07-2003.
DILIGENCIA EN:
14.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.
El abogado JOSÉ HORACIO VÁSQUEZ COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de la sentencia Nº 88 dictada por esta Sala en fecha 09-07-2003. Asimismo, solicitó se le designara como correo especial a los fines de practicar la notificación de la parte presuntamente agraviante.
15.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.
El abogado JOSÉ HORACIO VÁSQUEZ COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las actuaciones a los fines de fungir como correo especial. Asimismo, dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 10-07-2003 de la sentencia Nº 88 dictada por esta Sala en fecha 09-07-2003.
SECRETARÍA
EN:
16.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.
Vista la
sentencia Nº 88 dictada por esta Sala, en fecha 09 de julio de 2003, mediante
la cual admitió la acción de amparo constitucional con solicitud de medida
cautelar innominada, y vista, igualmente, la diligencia presentada por el
abogado JOSÉ HORACIO VÁSQUEZ COLMENARES, mediante la cual solicitó se le
designe como correo especial a los fines de practicar la notificación de la
parte presuntamente agraviante (Junta Electoral del Colegio de Abogados del
Estado Aragua), esta Sala acordó nombrar al mencionado abogado como correo especial a los fines de que
gestione la notificación de la aludida sentencia por medio de cualquier
Alguacil o Notario del lugar donde resida el demandado.
17.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.
Vista
la diligencia presentada en fecha 10-07-2003, por el abogado José Horacio
Vásquez Colmenares, mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia
Nº 88 que cursa a los folios 23 al 45, ambos inclusive del expediente, esta
Sala ACORDÓ expedir la
certificación solicitada.
18.-
Expediente Nº 2003-000054: ROBERTO
ZARA, PEDRO ROBERTO RUIZ, JOSÉ RECIO, CUTBERTO GUARAPO RODRÍGUEZ, JORGE WEIR y
RAFAEL BELMONTE, actuando en propio nombre, asistidos por la abogada Felicia
Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172,
interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del
Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de convocar
a elecciones en el referido Colegio, para elegir a los organismos directivos
del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas.
Visto que en la foliatura del expediente existe un error a partir del
folio 36 del mismo, se ordenó testar dicha
foliatura a partir de éste
(exclusive). Asimismo, se acordó volver a foliar el expediente desde el
referido folio en adelante, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.
19.- Expediente Nº 2003-000046: Carlos Alberto Rausseo Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.248, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana EVELYN CLARET RIVERO TORTOLERO, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el número 3 del artículo 30 del Reglamento General de la Universidad Pedagógica Experimental “Libertador”. La Sala declaró que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 89.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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