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Sala Electoral
  • Fecha: 10 de diciembre de 2003





CUENTA Nº 186

 

 

CUENTA Nº 186

 

 

 

Despacho del miércoles diez (10) de diciembre de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  intima al pago de honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano  FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625,  contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095).

 

El abogado Francisco Artigas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.936, actuando con el carácter de apoderado judicial de SITRAMECA, consignó diligencia mediante la cual solicita realizar el pago de los honorarios profesionales acordados en dos cuotas.

 

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000079: Williams Dávila Barrios, asistido por el abogado Carlos Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.575, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la abstención de éste en cuanto al pronunciamiento referido a la solicitud de referendo revocatorio del mandato del ciudadano Florencio Porras, Gobernador del Estado Mérida.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-331, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por esta Sala en fecha 02-12-2003.

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000102: CARLOS NATERA MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.065, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Extraordinaria de fecha 19-09-2003 emanada de  la Junta Directiva del Colegio de Médicos del Estado Barinas y contra  la Asamblea Extraordinaria celebrada en el referido Colegio en fecha  22-09-2003, en la cual se eligió  Comisión Electoral para regir el proceso electoral a celebrarse en el referido  Colegio Profesional para elegir a las autoridades del mismo.

 

Se agregó a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 08-12-2003, por  la abogada Mercedes Rivas Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 11.141, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, y en fecha 09-12-2003, por el abogado Carlos Natera Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.065, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas, así como los anexos que acompañaron a los mismos.

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000102: CARLOS NATERA MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.065, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Extraordinaria de fecha 19-09-2003 emanada de  la Junta Directiva del Colegio de Médicos del Estado Barinas y contra  la Asamblea Extraordinaria celebrada en el referido Colegio en fecha  22-09-2003, en la cual se eligió  Comisión Electoral para regir el proceso electoral a celebrarse en el referido  Colegio Profesional para elegir a las autoridades del mismo.

 

De conformidad con el artículo 397, único aparte,  del Código de Procedimiento Civil y con la sentencia dictada por esta Sala en fecha 6 de agosto de 2001, signada con el  número 99, se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA).

 

El abogado  Lorenzo Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.561, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de Abogado de Caracas, asistido por el abogado Luis Ramón Obregón Martínez, consignó escrito mediante el cual plantea oposición a la medida cautelar innominada dictada en fecha 08-12-2003.

 

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

El ciudadano Julián Fernando Niño, asistido por la abogada Sobeida González, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 53.679, consignó escrito mediante el cual ejerce recurso de hecho contra el auto dictado en fecha 08-12-2003.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA).

 

El abogado  Lorenzo Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.561, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de Abogado de Caracas, asistido por el abogado Luis Ramón Obregón Martínez, consignó diligencia mediante la cual solicita tres copias certificadas de las actuaciones contenidas en los folios 104 y 105 del expediente.

 

 

 

8.- Expediente Nº 2003-000095: Alejandro Mirabal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.644, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDGAR MIRABAL, RICARDO MALAVE y DOMINGO ECHEVERRIA, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra los actos de fecha 12-06-2003, 26-06-2003, 03-07-2003 y 22-07-2003 emanados de la Federación Nacional de Empleados (FENADE).

 

El  ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-327, mediante el cual se notifica al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Trabajo, Tránsito y Menores del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, del auto dictado en fecha 02-12-2003, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

9.- Expediente Nº 2003-000095: Alejandro Mirabal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.644, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDGAR MIRABAL, RICARDO MALAVE y DOMINGO ECHEVERRIA, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra los actos de fecha 12-06-2003, 26-06-2003, 03-07-2003 y 22-07-2003 emanados de la Federación Nacional de Empleados (FENADE).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-328, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado de Primera Instancia en lo  Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al ciudadano Juan Hurtado, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000087:  Virginia Sarmiento Briceño, Ramón Reinoso Rodríguez, José Pastor Martínez, Carlos J. Montilla y Juan Carlos Dávila Solano, asistidos por el abogado Omar Reverol Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.339,  interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 27-11-2003, por  la ciudadana Judith Sayago Briceño, asistida por el abogado Marcos López Sayago, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 91.327,  mediante la cual solicita la devolución del poder original que cursa a los folios 143 al 145, del Oficio Nº 0296 de fecha 07-10-2003, que corre inserto al folio 140 y del Oficio Nº 0280 de fecha 01-11-2003, que cursa al folio 142 del expediente, esta Sala ACORDÓ  la devolución de los referidos documentos, previa su certificación.

 

 

 

BOLETAS LIBRADAS EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000087:  Virginia Sarmiento Briceño, Ramón Reinoso Rodríguez, José Pastor Martínez, Carlos J. Montilla y Juan Carlos Dávila Solano, asistidos por el abogado Omar Reverol Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.339,  interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Se libró boleta a los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO BRICEÑO, RAMÓN REINOSO RODRÍGUEZ, JOSÉ PASTOR MARTÍNEZ, CARLOS MONTILLA y JUAN CARLOS DAVILA SOLANO (parte recurrente), mediante la cual se les notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 09-12-2003. Asimismo, se libró boleta a JUDITH SAYAGO BRICEÑO Y JUAN RAMÓN QUINTANA, PRESIDENTE Y SECRETARIO GENERAL, DEL COLEGIO DE MÉDICOS DEL ESTADO BARINAS, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 09-12-2003.

 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El abogado  Lorenzo Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.561, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de Abogado de Caracas, asistido por el abogado Luis Ramón Obregón Martínez, consignó escrito mediante el cual plantea oposición a la medida cautelar innominada dictada en fecha 08-12-2003.

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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