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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de diciembre de 2003





CUENTA Nº 187

CUENTA Nº 187

 

 

Despacho del jueves once (11) de diciembre de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000119: Juzgado de Sustanciación de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los abogados JOSÉ NICOLAS DUQUE MORALES, DAVID NIÑO ANDRADE, RAMÓN URIBE DÍAZ y MIGUEL GERARDO BECERRA CHACÓN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 13.070, 52.864, 26.853 y 38.644, respectivamente, actuando en su propio nombre, contra la Resolución Nº 030807-387, de fecha 07-08-2003, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 173, de fecha 21-08-2003, contentiva de las “NORMAS PARA REGULAR LOS PROCESOS ELECTORALES DE GREMIOS Y COLEGIOS PROFESIONALES”. Oficio Nº 03-TS-SC-03-390 de fecha 09-12-2003, remitiendo el expediente Nº 2003-002866 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000120: Juzgado de Sustanciación de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los ciudadanos ROBERTO OSUNA, IVONNE MIJARES, JOSÉ ALONSO DUGARTE, CARLOS ALFONSO VALDIVIA y PEDRO MIGUEL BLANCO BERMONT, asistidos por los abogados Dorgi Doralys Jiménez Ramos y Carlos Navarro, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 66.487 y 54.621, respectivamente, contra el artículo 23 de Las Normas Para Regular Los Procesos de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular, contenidas en la Resolución Nº 030925-465, de fecha 25-09-2003 emanada del Consejo Nacional Electoral. Oficio Nº 03-TS-SC-03-391 de fecha 10-12-2003, remitiendo el expediente Nº 2003-002900 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

3.- Expediente Nº X-2003-000032 (CUADERNO SEPARADO): Lorenzo Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.561, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de Abogado de Caracas, asistido por el abogado Luis Ramón Obregón Martínez, se opone a la medida cautelar innominada dictada  en fecha 08-12-2003, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA). (Recurso Principal Expediente Nº 2003-000118).

 

Se acordó abrir la incidencia de oposición a la medida cautelar innominada a pruebas por el lapso de ocho (8) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, de conformidad con lo previsto en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000109: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remitió expediente contentivo del recurso contenciosos electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano Rómulo Rangel Ruiz, asistido por el abogado Juan José Molina Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233, contra las decisiones tomadas por los miembros del Consejo Nacional Electoral durante los días 11, 12, 13, 14, 15, 18, 20 y 22 de noviembre de 2002. Oficio Nº 03-2540 de fecha 07-10-2003, remitiendo el expediente Nº 2002-002943 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Vista la sentencia dictada por esta Sala en fecha 04-11-2003, mediante la cual se acepta la declinatoria de competencia formulada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,  y, conforme al cual se ordena remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de continuar con la tramitación de la causa, el Juzgador observó, que no consta en autos los antecedentes administrativos ni el informe sobre los hechos y el derecho relacionados con el caso, en consecuencia, se acordó,  de conformidad con lo previsto en el artículo 243 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, solicitar al Presidente del Consejo Nacional Electoral, los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Igualmente, se dejó constancia que una vez recibidos los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, el Juzgado,  pasara a pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso interpuesto. Se libró Oficio Nº 03-335.

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000091: Jesús Urbieta, León Arismendi, actuando en su propio nombre y en su carácter de apoderados judiciales de  la Confederación de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.) interponen  acción mero declarativa conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar, a los fines que esta Sala se pronuncie sobre el reconocimiento de dicha organización sindical como la organización más representativa de los trabajadores venezolanos.

 

Se dejó constancia que el Magistrado Alberto Martini Urdaneta distribuyo la ponencia correspondiente al proyecto de sentencia de la presente causa, a los magistrados Luis Martínez Hernández y Rafael Hernández Uzcátegui.

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

Visto el escrito presentado en fecha 10-12-2003, por el ciudadano Julián Fernando Niño, asistido por la abogada Sobeida González, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 53.679, mediante el cual ejerce recurso de hecho contra el auto dictado en fecha 08-12-2003, en el cual no se oyó la apelación formulada por el mencionado ciudadano contra el auto de pruebas dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 27-11-2003; esta Sala  acordó abrir cuaderno separado a los fines de la tramitación del recurso de hecho.

 

 

7.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

Para el mejor manejo del expediente y de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil,  se ordenó abrir la tercera  (3era) pieza.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

La Abogada Carmen Bianco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 37.290, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Rita Elena Añez, consignó escrito de conclusiones.

 

 

9.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

La Abogada Carmen Bianco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 37.290, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Amael José Castellano, consignó escrito de conclusiones.

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

La Abogada Carmen Bianco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 37.290, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Manuel Vicente Castillo Guilarte, consignó escrito de conclusiones.

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

La Abogada Carmen Bianco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 37.290, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Eulogio Timoteo Pérez Ramos, consignó escrito de conclusiones.

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

La Abogada Carmen Bianco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 37.290, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano José Gregorio Scrimaldi Malpa, consignó escrito de conclusiones.

 

 

13.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

La Abogada Carmen Bianco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 37.290, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano José Rafael Marcano Brizuela, consignó escrito de conclusiones.

 

 

14.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

La Abogada Carmen Bianco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 37.290, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Roger de Jesús Acosta León, consignó escrito de conclusiones.

 

 

15.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

El ciudadano Peter Félix Carchidio, Presidente de la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, asistido por el abogado Edgar Rodríguez Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.306, consignó escrito de conclusiones.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

16.- Expediente Nº 2003-000083: Jorge Luis García AARÓN, asistido por el abogado Leonel Rodríguez Ochoa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.658, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, relacionado con el proceso electoral del Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Zulia.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-317, mediante el cual se comunica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por esta Sala en fecha 18-11-2003. Asimismo,  se remiten los antecedentes administrativos contenidos en  tres  (3) piezas.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

17.- Expediente Nº 2003-000102: CARLOS NATERA MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.065, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Extraordinaria de fecha 19-09-2003 emanada de  la Junta Directiva del Colegio de Médicos del Estado Barinas y contra  la Asamblea Extraordinaria celebrada en el referido Colegio en fecha  22-09-2003, en la cual se eligió  Comisión Electoral para regir el proceso electoral a celebrarse en el referido  Colegio Profesional para elegir a las autoridades del mismo.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados por la abogada Mercedes Rivas, apoderada judicial de los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, y el abogado Carlos Natera, apoderado judicial de la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiéndolas. Asimismo, el abogado Carlos Natera, formula un conjunto de consideraciones jurídicas relacionadas con la causa, por tanto, queda reservada su apreciación para la oportunidad de dictar el pronunciamiento definitivo en la causa.

 

 

18.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA).

 

Se acordó, de conformidad con el artículo 244 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, emplazar a todos los interesados, mediante cartel que se publicará en el diario “El Nacional”. Se libró cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

19.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA).

 

Visto el escrito presentado en fecha 09-12-2003, por el abogado  Lorenzo Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.561, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de Abogado de Caracas, asistido por el abogado Luis Ramón Obregón Martínez, mediante el cual se opone a la medida cautelar innominada dictada  en fecha 08-12-2003, esta Sala de conformidad con lo previsto en los artículos 602, 603 y 604 del Código de Procedimiento Civil, acordó a los fines de  tramitar la referida incidencia, abrir cuaderno separado.

 

 

20.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA).

 

Se dejó constancia de la apertura del Cuaderno Separado a los fines de la  tramitación de la oposición a la medida cautelar innominada acordada mediante fallo de fecha 8-12-2003, que fue formulada por el abogado  Lorenzo Romero, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de Abogado de Caracas. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº 2003-X-000032.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

21.- Expediente Nº 2003-000114: JOSE MOGOLLÓN, asistido por el abogado Oswaldo Galíndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.553, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 031105-771 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 5-11-2003, referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO).

 

El ciudadano José Mogollo, asistido por la abogada Leida Marcela León, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 51.868, consignó “Escrito de Reforma” y solicita a la Sala la “TUTELA CONSTITUCIONAL PREVENTIVA Y ANTICIPADA” (Acompañó anexos).

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

22.- Expediente Nº X-2003-000030 (CUADERNO SEPARADO): WILLIAM AYESTARAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.475, actuando en su propio nombre, interpone solicitud de amparo cautelar en fecha 13 de noviembre de 2003, contra la Resolución Nº 031030-713, emanada por el  Consejo Nacional Electoral en fecha 30-10-2003, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos LUIS EDUARDO BETANCOURT, WILLIAM AYESTARAN, ANTONIO ARRIAGA, DAMARIS PALOMO y JOSÉ LUIS GARCÍA, asistido por el abogado William Ayestaran, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.475, contra la Resolución Nº 031001-468, de fecha 1-10-2003, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual suspende por diez (10) días el proceso electoral convocado para elegir a las autoridades del Colegio de Médicos del Estado Miranda. (Recurso Principal Expediente Nº 2003-000105).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 03-334, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por esta Sala en fecha 2-12-2003.

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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