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Sala Electoral
  • Fecha: 12 de marzo de 2003





CUENTA Nº 35

 

 

 

CUENTA Nº 35

 

 

 

Despacho del miércoles doce (12) de marzo de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

                                            

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000019: CLAUDIO RIVAS, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 011108-374, de fecha 08-11-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 03-052.

 

 

 

OFICIO LIBRADO EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000190: ARIEL RODRÍGUEZ SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.955, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral,  interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto de convocatoria para las elecciones de Jueces de Paz del Estado Miranda, correspondiente a la Circunscripción Intermunicipal de Los Palos Grandes, a celebrarse el día 25 de noviembre de 2001.

 

Se libró Oficio Nº 03-053, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el fallo dictado por esta Sala en fecha 21-02-2003.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000014: WILLIAM OJEDA, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, consignó escrito mediante el cual interpone recurso contencioso electoral por abstención o carencia con solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por la omisión de pronunciamiento en relación a la solicitud de referendo revocatorio contra el Alcalde del Municipio Sucre del Estado Miranda, ciudadano José Rangel Avalos, formulada en fecha 28-08-2002.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el  recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como los anexos que acompañaron al mismos.

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000002: RICARDO GUTIERREZ e ISMAEL GARCÍA, asistido por el abogado Sixto Borrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.028, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 021203-457, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 de fecha 05-12-2002.

 

El abogado Sixto Borrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.028, actuando en su propio nombre consignó escrito mediante el cual solicita se le tenga como parte en el procedimiento y solicita se declare la nulidad de la Resolución impugnada. (Acompaña Anexos).

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000009: Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN ALVAREZ DE LUGO,  interpone recurso contencioso electoral contra las actas de escrutinio de la Circunscripción Electoral del Distrito Federal, correspondientes  a la elección de  Diputados por Lista a la Asamblea Nacional, celebradas en junio de 2000.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-051, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 10-03-2003.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

 

6.- Expediente Nº 2002-000103: Carlos Escarrá Malavé, Víctor Álvarez Medina y Anna María De Stefano, inscritos en el Inpreabogado bajo los números, 14.880, 72.026 y 80.458, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente, interponen recurso de interpretación conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, referido al artículo 141 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. La Sala declaró PRIMERO: Ratifica la admisión del recurso de interpretación del artículo 141 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Interpreta en los términos que se dejan establecidos en el fallo el artículo 141 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 21.

 

 

7.- Expediente Nº 2003-000015: PABLO ENRIQUE HERRERA PÉREZ, asistido por la abogada María de Nicolais, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.120, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Electoral Principal de la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela (SOITAVE), referido a la elección de la Junta Directiva Nacional de la mencionada Sociedad, período 2003-2005. La Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer de la solicitud de amparo constitucional; 2.  INADMISIBLE la acción de amparo. Ponente: ORLANDO GRAVINA ALVARADO. Sentencia Nº 22.

 

 

8.- Expediente Nº 2002-000097: Alirio Naime y Ana Paula Dinis, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.288  y 44.491, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano LIBORIO GUARULLA, Gobernador del Estado Amazonas, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta a la solicitud de convocatoria a elecciones para elegir al Alcalde del Municipio Río Negro del Estado Amazonas formulada por el mencionado ciudadano en fecha 17-09-2002. La Sala declaró INADMISIBLE la solicitud de aclaratoria presentada en fecha 5 de febrero de 2003 por el abogado David Matheus Brito, en su carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, de la sentencia dictada por esta Sala en fecha 4 de febrero de 2003, en la que se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano  Liborio Guarulla contra “...el silencio del Consejo Nacional Electoral a la solicitud de convocatoria de elecciones para designar Alcalde en el Municipio Río Negro del Estado Amazonas...”.  Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 23.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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