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Sala Electoral
  • Fecha: 12 de agosto de 2003





CUENTA Nº 117

CUENTA Nº 117

 

 

Despacho del martes doce (12) de agosto de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000021: FRANCISCO IGNACIO GONZÁLEZ JIMÉNEZ, asistido por el abogado John Pier Chacón Peraza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 55.125, interpone recurso de interpretación referido al Estatuto Electoral del Poder Público, específicamente el artículo 3 en relación a permitirse o no la postulación a la reelección del actual Gobernador del Estado Carabobo, en los comicios a celebrarse en el año 2004.

 

Visto el escrito presentado por el ciudadano Francisco González, asistido por el abogado John Pier Chacón, mediante el cual recusó al Magistrado-Presidente de esta Sala, Dr. Alberto Martini Urdaneta, se declaró inadmisible la referida recusación.

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

2.- Expediente Nº 2003-000077: César Dorta y Enrique Flores, asistidos por el abogado Jesús Tovar, inscrito en Inpreabogado bajo el Nº 65.782,  interponen recurso de interpretación con relación al artículo 3 del Estatuto Electoral del Poder Público.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente causa.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

DILIGENCIA EN:

 

3.- Expediente Nº 2003-000061: EDISON ALVARADO, asistido por las abogadas Marelva Montserratt y Paola Antonelli, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 83.101 y 55.798, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), referido al proceso electoral celebrado el 20-06-2003, en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 03-195, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República, el auto de admisión del recurso dictado por este Juzgado en fecha 07-08-2003.

 

4.- Expediente Nº 2003-000061: EDISON ALVARADO, asistido por las abogadas Marelva Montserratt y Paola Antonelli, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 83.101 y 55.798, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), referido al proceso electoral celebrado el 20-06-2003, en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 03-196, mediante el cual se notifica al Presidente de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), el auto de admisión del recurso dictado por este Juzgado en fecha 07-08-2003.

 

5.- Expediente Nº 2003-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo remitió a esta Sala expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano VICTORIO CATAPANO, asistido por la abogada Fanny Mendoza de Bandres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.081, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “La Hacienda Country Club”, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Comisario Principal y Suplente y a los Miembros del Comité de Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 1620, de fecha 01-07-2003, remitiendo el expediente Nº 18182 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 03-192, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República, el fallo Nº 102, dictado por esta Sala en fecha 30-07-2003.

 

6.- Expediente Nº 2003-000064: Kerlin Gabriela Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.533, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos PEDRO BARAZARTE, ORLANDO GUANIPA, JESÚS FERNÁNDEZ, MARÍA GÓMEZ, CARMEN MARENCO, NERIO ELIDIO MEJÍA TILANO Y ELIZABETH CAÑIZALES, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscalía y representantes del Co-Gobierno Universitario del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia para el período 2003-2005, fijado para el día 31 de julio de 2003.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 03-189, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República, el fallo Nº 100, dictado por esta Sala en fecha 30-07-2003.

 

7.- Expediente Nº 2003-000050:  Juzgado Superior Quinto  de lo Contencioso Administrativo, Región Capital, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con suspensión de efectos por los ciudadanos CARLOS MAYZ, CECILIA BLANCO Y YONNY GUILÉN, asistidos por el abogado Agustín Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.922, contra la Resolución Nº 021227-313, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 169 de fecha 22-01-2003, mediante la cual se reconoce como válido el proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de Obreros Municipales Gubernamentales e Institutos Autónomos del Distrito Federal (SUOMGIA) en fecha  06-11-2001.  Oficio Nº 542-03, de fecha 26-06-2003, remitiendo el expediente Nº 03-282 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos Carlos Mayz, Cecilia Blanco y/o Yonny Guillén, parte recurrente, mediante la cual se le notifica del auto dictado por este Juzgado en fecha 31-07-2003.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

8.- Expediente Nº 2003-000053: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores, Estabilidad Laboral y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los abogados LEONARDO PINTO RONDO, MARIANO ALBORNOZ DÍAZ, MARÍA ELENA GIUSTI, TERESA DE JESÚS MORA de ALBORNOZ y VÍCTOR ODREMÁN, contra los actos emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Mérida elegida en fecha 20-03-2003, para organizar el proceso comicial para elegir a las autoridades del referido Colegio para el período 2003-2005. Oficio Nº 0480/310, de fecha 26-06-2003, remitiendo el expediente Nº 3905 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se acordó fijar el día lunes 18-08-2003, a las 10:00 a.m. a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual  las partes podrán exponer  sus alegatos y defensas. Se designó ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente acción  de amparo constitucional.

 

9.- Expediente Nº 2003-000073: Ana Teresa Heredia interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar provisionalísima contra el Memorandum s/n, de fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

Se acordó fijar el día lunes 18-08-2003, a las 2:00 p.m. a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual  las partes podrán exponer  sus alegatos y defensas. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente acción  de amparo constitucional.

 

 

SECRETARÍA EN:

 

10.- Expediente Nº 2003-000055: LEOPOLDO NIÑO, asistido por el abogado Jesús María Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.077, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Carabobo.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 8-08-2003, por el ciudadano Gustavo Sánchez, asistido por el abogado Pedro Rendón Vidarte, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.845, mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia Nº 110 que cursa a los folios 165 al 177, ambos inclusive del expediente, esta Sala ACORDÓ expedir  la certificación solicitada.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

11.- Expediente Nº 2003-000055: LEOPOLDO NIÑO, asistido por el abogado Jesús María Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.077, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Carabobo.

 

El ciudadano José Tinoco, asistido por el abogado Mario Lugo Tovar, consignó diligencia, anexa a la cual consigna la página 11 del diario “El Carabobeño”, de fecha 07-08-03, donde aparece publicado el boletín Informativo N° 2, suscrito por la Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad de Carabobo.

 

12.- Expediente Nº 2003-000076: Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por Francisco Díaz, asistido por el abogado Luis Vera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.235, contra los ciudadanos Heriberto Salas, Presidente de la Junta Parroquial del Paraíso, Carmen de Pressutty, Presidenta de la Junta de Vecinos, y Carlos Becerra, Coordinador de la Unidad de Jueces de Paz.  Oficio Nº 753-03, de fecha 07-08-2003, remitiendo el expediente Nº 03-325 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Francisco Díaz, asistido por el abogado Edgar Arteaga Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.369, consignó diligencia, mediante la cual solicita la devolución de los documentos que cursan a los folios 10,11,12, 36, 37, 39, 40, 41, 42 y 43 del expediente.

 

 

ACTO DE AUDIENCIA CONSTITUCIONAL:

 

13.- Expediente Nº 2003-000068: WILFREDO ESCALANTE HERNÁNDEZ y ROMAN ARREAZA, asistidos por el abogado Antonio José Paraco Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

La Sala declaró: Con Lugar la acción de amparo constitucional interpuesta. En consecuencia, se ordenó a la Junta Directiva actual convocar a una Asamblea de agremiados para que en un lapso no mayor de cinco (5) días continuos contados a partir de la presente fecha, designe una nueva Comisión Electoral a los fines de renovar las autoridades del referido Colegio profesional; cuyo acto de votación deberá efectuarse en un máximo de sesenta (60) días continuos contados a partir de la designación de la Comisión Electoral.

 

 

SENTENCIA:

 

 

14.- Expediente Nº 2003-000076: Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por Francisco Díaz, asistido por el abogado Luis Vera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.235, contra los ciudadanos Heriberto Salas, Presidente de la Junta Parroquial del Paraíso, Carmen de Pressutty, Presidenta de la Junta de Vecinos, y Carlos Becerra, Coordinador de la Unidad de Jueces de Paz.  Oficio Nº 753-03, de fecha 07-08-2003, remitiendo el expediente Nº 03-325 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró inadmisible la presente acción de amparo. Ponente: Dr. Rafael Hernández Uzcátegui. Sentencia Nº 118.

 

15.- Expediente Nº 2002-000083: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela. La Sala ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral que dentro de un lapso que no excederá de sesenta (60) días hábiles de la administración, contados a partir de la notificación que del presente fallo se ordena realizar, tenga lugar todo el proceso electoral a fin de elegir a las autoridades del Colegio de Ingenieros de Venezuela, en los términos indicados en la motiva, y dentro de los primeros diez (10) días hábiles de dicho lapso deberá realizar las siguientes actuaciones: 1) Dictar la Resolución contentiva de la nueva "Normativa para el Proceso Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela", 2) Convocar a dicho proceso electoral y publicar tal convocatoria en Gaceta Electoral , 3) Elaborar el Proyecto Electoral y 4) Difundir, de la forma que considere más idónea, la celebración del proceso electoral de dicho gremio, a efecto de favorecer la participación de los agremiados. De todo lo ordenado dará cuenta a esta Sala. Ponente: Dr. Alberto Martini Urdaneta. Sentencia Nº 119.

 

16.- Expediente Nº 2003-000057: JOSÉ QUINTÍN GÓMEZ, RAMÓN RODRÍGUEZ Y GILBERTO LÓPEZ REYES, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.623, 61.357 y 30.753, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, con relación al proceso electoral celebrado en fecha 11-07-2003, para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Colegio. La Sala declaró: 1) Se HOMOLOGA el desistimiento del presente procedimiento, formulado por el ciudadano José Quintín Gómez. 2) Se prosigue la tramitación procesal de la presente acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos RAMÓN RODRÍGUEZ y GILBERTO LÓPEZ REYES, quienes señalan que actúan con el carácter de candidatos a ocupar los cargos de Presidente y Vicepresidente de la Junta Directiva y Presidencia del Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del Estado Aragua, por la plancha N° 3, contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, representado por el ciudadano Freddy Hurtado en su carácter de Presidente. Ponente: Dr. Alberto Martini Urdaneta. Sentencia Nº 120.

 

17.- Expediente Nº 2003-000072: FREDDY PEÑALOZA,  asistido por los abogados Ciro Alejandro Parra y Edith Rangel de Peñaloza, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 844 y 19.609, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión electoral de la Operadora La Hormiga Asociación Civil. La Sala declaró: 1). Su COMPETENCIA para conocer y decidir la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, incoada por el ciudadano Freddy Peñaloza, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Concesionarios del Mercado la Hormiga "Operadora La Hormiga". 2). ADMITE la referida acción de amparo y acuerda tramitarla conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1º de febrero de 2000. 3). CON LUGAR la solicitud de medida cautelar, en virtud de lo cual se suspenden las elecciones para la escogencia de las autoridades del referido ente asociativo. Ponente: Dr. Rafael Hernández Uzcátegui. Sentencia Nº 121.

 

18.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas. La Sala declaró improcedente la solicitud formulada por el abogado Luis Obregón. Ponente: Dr. Alberto Martini Urdaneta. Sentencia Nº 122.

 

19.- Expediente Nº 2003-000068: WILFREDO ESCALANTE HERNÁNDEZ y ROMAN ARREAZA, asistidos por el abogado Antonio José Paraco Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas. La Sala declaró: Con Lugar la acción de amparo constitucional interpuesta. En consecuencia, se ordenó a la Junta Directiva actual convocar a una Asamblea de agremiados para que en un lapso no mayor de cinco (5) días continuos contados a partir de la presente fecha, designe una nueva Comisión Electoral a los fines de renovar las autoridades del referido Colegio profesional; cuyo acto de votación deberá efectuarse en un máximo de sesenta (60) días continuos contados a partir de la designación de la Comisión Electoral. Ponente: Dr. Rafael Hernández Uzcátegui. Sentencia Nº 123.

 

20.- Expediente Nº 2003-000074: Federico Yarza Zarraga y Luis Aparicio, asistidos por  el abogado  Luis Ramón Coronado, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la convocatoria a elecciones de los representantes de las comunidades organizadas por ante el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Valencia del Estado Carabobo. LA Sala ADMITIÓ la presente acción de amparo y declaró CON LUGAR la solicitud de medida cautelar innominada y, en consecuencia, se ORDENÓ LA SUSPENSIÓN DEL ACTO DE VOTACIÓN para escoger a los representantes de la comunidad organizada ante el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Valencia del Estado Carabobo fijado para el día 17 de agosto del 2003.  Ponente: Dr. Luis Martínez Hernández. Sentencia Nº 124.

 

21.- Expediente Nº 2003-000075: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el abogado José Enrique Montes de Oca Chirinos contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, en virtud de la no admisión de su candidatura uninominal al cargo de tercer suplente de la Junta Directiva  de dicho gremio. Oficio Nº 55-03, de fecha 21-07-2003, remitiendo el expediente Nº 03-6316 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala  admitió la presente acción de amparo y declaró SIN LUGAR la solicitud de medida cautelar innominada formulada por el accionante. Ponente: Dr. Luis Martínez Hernández. Sentencia Nº 125.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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