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CUENTA Nº 120
Despacho del lunes dieciocho (18) de agosto de
2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta
con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente Nº 2003-000018: Rafael Agüin Rojas, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 10.156, actuando con el carácter de apoderado
judicial de los ciudadanos CLODOALDO AGÜIN, ÁNGEL ROJAS Y VICENZO PONTILLO,
interpone recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la
Universidad de Carabobo, referido al proceso electoral para elegir los Decanos,
Consejos de Apelaciones y Representantes Estudiantiles ante las distintas
Asambleas de Facultades de la Universidad de Carabobo, período 2003-2006.
Vista la
solicitud de prórroga solicitada por el Magistrado Dr. Luis Martínez Hernández,
para consignar el escrito razonado contentivo del voto salvado que anunció en
la sesión de fecha 30 de julio de 2003, se acuerda otorgar una nueva prórroga
de dicho lapso, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica de la
Corte Suprema de Justicia, en consecuencia, se difiere la publicación del fallo
relacionado con la presente causa por un lapso de cinco (5) días de despachos
siguientes al día de hoy, dentro del cual el mencionado Magistrado deberá
consignar el mencionado voto salvado.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
2.- Expediente Nº 2003-000018: Rafael Agüin Rojas, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 10.156, actuando con el carácter de apoderado
judicial de los ciudadanos CLODOALDO AGÜIN, ÁNGEL ROJAS Y VICENZO PONTILLO,
interpone recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la
Universidad de Carabobo, referido al proceso electoral para elegir los Decanos,
Consejos de Apelaciones y Representantes Estudiantiles ante las distintas
Asambleas de Facultades de la Universidad de Carabobo, período 2003-2006.
El Magistrado Luis Martínez Hernández
presentó escrito mediante el cual solicitó una prórroga para consignar el voto
salvado que anunció en la sesión del 30
de julio de 2003, de conformidad con los artículos 54, del Reglamento de
Reuniones de la Corte Suprema de Justicia en Pleno, y 59, de la Ley Orgánica de
la Corte Suprema de Justicia.
3.-
Expediente Nº 2003-000042:
LAZARO CALAZAN GEROME, actuando con el carácter de Secretario General de la
Comunidad Política “Gente Emergente”, asistido por el abogado Juan Pablo Bront
Pamphil, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 6.175, interpone recurso
contencioso electoral contra la Resolución Nº 030120-020, emanada del Consejo
Nacional Electoral en fecha 20-01-2003 y publicada en Gaceta Electoral Nº 170
del 30-05-2003, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de
reconsideración interpuesto por el mencionado ciudadano contra la Resolución Nº
020315-187 del 15-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157, la cual
autorizó el uso provisional de la denominación “Visión Emergente” en el Estado
Miranda.
El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212,
actuando en su carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral,
consignó escrito de conclusiones. (Acompañó anexo).
Nuevo asunto ingresado:
4.-
Expediente Nº X-2003-000019 (CUADERNO SEPARADO): MIGUEL SILVA, asistido por el abogado Javier Simón Gómez González, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 51.510, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de
fecha 09-05-2003, contentivo de la admisión de postulación del ciudadano Julio
Soto y el Acta de Proclamación de fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión
Electoral de la Universidad del Zulia. (Recurso Principal Expediente Nº
2003-000065)
Se designó
ponente al Magistrado Dr. Luis
Martínez Hernández, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
5.- Expediente Nº 2003-000065: MIGUEL
SILVA, asistido por el abogado Javier
Simón Gómez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.510,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida
cautelar innominada contra el acto de fecha 09-05-2003, contentivo de la
admisión de postulación del ciudadano Julio Soto y el Acta de Proclamación de
fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia.
Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de
la República y al Rector de la Universidad del Zulia, y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel
en el diario “Últimas Noticias”.
Asimismo, se acordó reiterar la solicitud de los antecedentes
administrativos, a los fines de la
notificación de dicha solicitud, se acordó comisionar suficientemente al
Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial
del Estado Zulia. Se ordenó abrir cuaderno separado para tramitar y decidir la
solicitud de medida cautelar innominada. Se libraron los Oficios Nº 03-208, 03-209 y 03-210, y se expidió el cartel de emplazamiento a los
interesados.
6.- Expediente
Nº 2003-000065: MIGUEL SILVA,
asistido por el abogado Javier Simón Gómez González, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 51.510, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de
fecha 09-05-2003, contentivo de la admisión de postulación del ciudadano Julio
Soto y el Acta de Proclamación de fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión
Electoral de la Universidad del Zulia.
Se dejó
constancia de que en esta oportunidad se libró comisión al Juzgado Superior Primero en lo Civil y
Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
7.- Expediente
Nº 2003-000065: MIGUEL SILVA,
asistido por el abogado Javier Simón Gómez González, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 51.510, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de
fecha 09-05-2003, contentivo de la admisión de postulación del ciudadano Julio
Soto y el Acta de Proclamación de fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión Electoral
de la Universidad del Zulia.
Se dejó
constancia de que en esta misma fecha se abrió cuaderno separado para tramitar y decidir la solicitud de
medida cautelar innominada.
DILIGENCIA EN:
8.- Expediente Nº 2003-000061: EDISON ALVARADO, asistido por las
abogadas Marelva Montserratt y Paola Antonelli, inscritas en el Inpreabogado
bajo los números 83.101 y 55.798, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del
Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), referido al proceso
electoral celebrado el 20-06-2003, en el referido Sindicato.
El ciudadano
Edison Alvarado, asistido por la abogada María Alejandra Díaz, presentó
diligencia, anexa a la cual consigna el cartel publicado en el diario Últimas
Noticias, de fecha 15-08-2003.
9.-
Expediente Nº 2003-000051:
CARLOS ELEAZAR VELÁSQUEZ y CELINA TREJO APARICIO, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 9.587 y 5.232, respectivamente, actuando en su propio nombre,
interponen recursos contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar, contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado
Aragua, por los actos tendentes a realizar el proceso electoral para elegir las
autoridades del referido Colegio, período 2003 y 2005 y cuyo acto de votación
esta fijado para el día 11-07-2003.
Los abogados
Gilberto Chacón y Carlos Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº
17.510 y 9.587, respectivamente, consignan diligencia, mediante la cual
ratifican los alegatos contenidos en el
recurso y consignan escrito de alegatos.(Acompañaron anexo).
OFICIO RECIBIDO
EN:
10.-
Expediente Nº 2003-000051:
CARLOS ELEAZAR VELÁSQUEZ y CELINA TREJO APARICIO, inscritos en el Inpreabogado bajo
los números 9.587 y 5.232, respectivamente, actuando en su propio nombre,
interponen recursos contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar, contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado
Aragua, por los actos tendentes a realizar el proceso electoral para elegir las
autoridades del referido Colegio, período 2003 y 2005 y cuyo acto de votación
esta fijado para el día 11-07-2003.
Por recibido
oficio N° 0430-687, emanado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil,
Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial
del Estado Aragua, anexo al cual remite las resultas de la comisión que le
fuera conferido.
La sala actuando
en sede constitucional
Designación de ponente:
11.- Expediente Nº 2003-000055: LEOPOLDO NIÑO, asistido por el abogado Jesús María Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.077, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Carabobo.
Se designó
ponente al Magistrado Dr. Luis
Martínez Hernández, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
DILIGENCIA EN:
12.- Expediente Nº 2003-000073: Ana Teresa Heredia interpone acción de
amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar
provisionalísima contra el Memorandum s/n, de fecha 30 de julio de 2003,
emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de
Venezuela.
La ciudadana
ZAIDA PAREDES, asistida por el abogado Lorenzo Romero, inscrito en el
Inpreabogado bajo el Nº 24.399, presentó diligencia, anexa a la cual consigna
informe sobre los hechos relacionados con la presente causa (Acompañó anexos).
13.- Expediente Nº 2003-000053: Juzgado Superior Primero en lo Civil,
Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores, Estabilidad Laboral y Amparo
Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida declinó la
competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los abogados
LEONARDO PINTO RONDO, MARIANO ALBORNOZ DÍAZ, MARÍA ELENA GIUSTI, TERESA DE
JESÚS MORA de ALBORNOZ y VÍCTOR ODREMÁN, contra los actos emanados de la
Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Mérida elegida en fecha
20-03-2003, para organizar el proceso comicial para elegir a las autoridades
del referido Colegio para el período 2003-2005. Oficio Nº 0480/310, de fecha
26-06-2003, remitiendo el expediente Nº 3905 (nomenclatura de ese Juzgado) (1
pieza principal).
Los abogados
Leonardo Pinto y Mariano Albornoz presentaron, mediante la cual solicitan copia
certificada de todo el expediente.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
14.- Expediente Nº 2003-000053: Juzgado Superior Primero en lo Civil,
Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores, Estabilidad Laboral y Amparo
Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida declinó la
competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los abogados
LEONARDO PINTO RONDO, MARIANO ALBORNOZ DÍAZ, MARÍA ELENA GIUSTI, TERESA DE
JESÚS MORA de ALBORNOZ y VÍCTOR ODREMÁN, contra los actos emanados de la
Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Mérida elegida en fecha
20-03-2003, para organizar el proceso comicial para elegir a las autoridades
del referido Colegio para el período 2003-2005. Oficio Nº 0480/310, de fecha
26-06-2003, remitiendo el expediente Nº 3905 (nomenclatura de ese Juzgado) (1
pieza principal).
Los abogados
Leopoldo Garrido y Mariebe Calderón, actuando en su condición de miembros de la
Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Mérida, presentaron
escrito de informes. (Acompañaron anexos).
AUDIENCIA
CONSTITUCIONAL EN:
15.- Expediente Nº 2003-000073: Ana Teresa Heredia interpone acción de
amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar
provisionalísima contra el Memorandum s/n, de fecha 30 de julio de 2003,
emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de
Venezuela.
La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 4 de agosto de 2003, por la ciudadana ANA TERESA HEREDIA, asistida por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, contra el Memorando s/n de fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela, en consecuencia, resuelve: 1.- Dejar SIN EFECTO el Memorando antes identificado, mediante el cual se declaró nula la elección de los Delegados del Colegio de Odontólogos Metropolitano a la Convención Nacional. 2.- Se ordena a todas las autoridades, órganos e instancias gremiales con competencias en la materia, que permitan la participación de los Delegados representantes del Colegio de Odontólogos Metropolitano, con todos los derechos, facultades y funciones inherentes a su condición, en la celebración de las Convenciones Nacionales del Colegio de Odontólogos de Venezuela.
16.- Expediente Nº 2003-000053: Juzgado Superior Primero en lo Civil,
Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores, Estabilidad Laboral y Amparo
Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida declinó la
competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los abogados
LEONARDO PINTO RONDO, MARIANO ALBORNOZ DÍAZ, MARÍA ELENA GIUSTI, TERESA DE
JESÚS MORA de ALBORNOZ y VÍCTOR ODREMÁN, contra los actos emanados de la
Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Mérida elegida en fecha
20-03-2003, para organizar el proceso comicial para elegir a las autoridades
del referido Colegio para el período 2003-2005. Oficio Nº 0480/310, de fecha
26-06-2003, remitiendo el expediente Nº 3905 (nomenclatura de ese Juzgado) (1
pieza principal).
La Sala declaró
SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta.
SENTENCIA
17.- Expediente Nº
2003-000068: WILFREDO ESCALANTE HERNÁNDEZ y ROMAN ARREAZA, asistidos por el
abogado Antonio José Paraco Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
54.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral
del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas. La Sala declaró aclarada en los
términos expuestos la sentencia de esta Sala Nº 123, de fecha 12-08-03.
Ponente: Dr. Rafael Hernández
Uzcátegui. Sentencia Nº 126.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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