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Sala Electoral
  • Fecha: 18 de agosto de 2003





CUENTA Nº 120

CUENTA Nº 120

 

 

Despacho del lunes dieciocho (18) de agosto de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000018: Rafael Agüin Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.156, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CLODOALDO AGÜIN, ÁNGEL ROJAS Y VICENZO PONTILLO, interpone recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo, referido al proceso electoral para elegir los Decanos, Consejos de Apelaciones y Representantes Estudiantiles ante las distintas Asambleas de Facultades de la Universidad de Carabobo, período 2003-2006.

 

Vista la solicitud de prórroga solicitada por el Magistrado Dr. Luis Martínez Hernández, para consignar el escrito razonado contentivo del voto salvado que anunció en la sesión de fecha 30 de julio de 2003, se acuerda otorgar una nueva prórroga de dicho lapso, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, en consecuencia, se difiere la publicación del fallo relacionado con la presente causa por un lapso de cinco (5) días de despachos siguientes al día de hoy, dentro del cual el mencionado Magistrado deberá consignar el mencionado voto salvado.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

2.- Expediente Nº 2003-000018: Rafael Agüin Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.156, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CLODOALDO AGÜIN, ÁNGEL ROJAS Y VICENZO PONTILLO, interpone recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo, referido al proceso electoral para elegir los Decanos, Consejos de Apelaciones y Representantes Estudiantiles ante las distintas Asambleas de Facultades de la Universidad de Carabobo, período 2003-2006.

 

El Magistrado Luis Martínez Hernández presentó escrito mediante el cual solicitó una prórroga para consignar el voto salvado que anunció en la  sesión del 30 de julio de 2003, de conformidad con los artículos 54, del Reglamento de Reuniones de la Corte Suprema de Justicia en Pleno, y 59, de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

 

3.- Expediente Nº 2003-000042: LAZARO CALAZAN GEROME, actuando con el carácter de Secretario General de la Comunidad Política “Gente Emergente”, asistido por el abogado Juan Pablo Bront Pamphil, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 6.175, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 030120-020, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-01-2003 y publicada en Gaceta Electoral Nº 170 del 30-05-2003, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado ciudadano contra la Resolución Nº 020315-187 del 15-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157, la cual autorizó el uso provisional de la denominación “Visión Emergente” en el Estado Miranda.


El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, actuando en su carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de conclusiones. (Acompañó anexo).

 

 

Nuevo asunto ingresado:

 

4.- Expediente Nº X-2003-000019 (CUADERNO SEPARADO): MIGUEL SILVA,  asistido por el abogado Javier Simón Gómez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.510, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de fecha 09-05-2003, contentivo de la admisión de postulación del ciudadano Julio Soto y el Acta de Proclamación de fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia. (Recurso Principal Expediente Nº 2003-000065)

 

Se designó ponente al Magistrado Dr. Luis Martínez Hernández, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000065: MIGUEL SILVA,  asistido por el abogado Javier Simón Gómez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.510, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de fecha 09-05-2003, contentivo de la admisión de postulación del ciudadano Julio Soto y el Acta de Proclamación de fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia.

 

Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República y al Rector de la Universidad del Zulia,  y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”.  Asimismo, se acordó reiterar la solicitud de los antecedentes administrativos, a los fines  de la notificación de dicha solicitud, se acordó comisionar suficientemente al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Se ordenó abrir cuaderno separado para tramitar y decidir la solicitud de medida cautelar innominada. Se libraron los Oficios Nº 03-208, 03-209 y 03-210, y se expidió  el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

6.- Expediente Nº 2003-000065: MIGUEL SILVA,  asistido por el abogado Javier Simón Gómez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.510, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de fecha 09-05-2003, contentivo de la admisión de postulación del ciudadano Julio Soto y el Acta de Proclamación de fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se libró comisión al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

 

7.- Expediente Nº 2003-000065: MIGUEL SILVA,  asistido por el abogado Javier Simón Gómez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.510, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de fecha 09-05-2003, contentivo de la admisión de postulación del ciudadano Julio Soto y el Acta de Proclamación de fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia.

 

Se dejó constancia de que en esta misma fecha se abrió cuaderno separado para tramitar y decidir la solicitud de medida cautelar innominada.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

8.- Expediente Nº 2003-000061: EDISON ALVARADO, asistido por las abogadas Marelva Montserratt y Paola Antonelli, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 83.101 y 55.798, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), referido al proceso electoral celebrado el 20-06-2003, en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Edison Alvarado, asistido por la abogada María Alejandra Díaz, presentó diligencia, anexa a la cual consigna el cartel publicado en el diario Últimas Noticias, de fecha 15-08-2003.

 

 

9.- Expediente Nº 2003-000051: CARLOS ELEAZAR VELÁSQUEZ y CELINA TREJO APARICIO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.587 y 5.232, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recursos contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, por los actos tendentes a realizar el proceso electoral para elegir las autoridades del referido Colegio, período 2003 y 2005 y cuyo acto de votación esta fijado para el día 11-07-2003.

 

Los abogados Gilberto Chacón y Carlos Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 17.510 y 9.587, respectivamente, consignan diligencia, mediante la cual ratifican los alegatos  contenidos en el recurso y consignan escrito de alegatos.(Acompañaron anexo).

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

10.- Expediente Nº 2003-000051: CARLOS ELEAZAR VELÁSQUEZ y CELINA TREJO APARICIO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 9.587 y 5.232, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recursos contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, por los actos tendentes a realizar el proceso electoral para elegir las autoridades del referido Colegio, período 2003 y 2005 y cuyo acto de votación esta fijado para el día 11-07-2003.

 

Por recibido oficio N° 0430-687, emanado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, anexo al cual remite las resultas de la comisión que le fuera conferido.

 

 

 

La sala actuando en sede constitucional

 

 

Designación de ponente:

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000055: LEOPOLDO NIÑO, asistido por el abogado Jesús María Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.077, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Carabobo.

 

Se designó ponente al Magistrado Dr. Luis Martínez Hernández, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

12.- Expediente Nº 2003-000073: Ana Teresa Heredia interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar provisionalísima contra el Memorandum s/n, de fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

La ciudadana ZAIDA PAREDES, asistida por el abogado Lorenzo Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.399, presentó diligencia, anexa a la cual consigna informe sobre los hechos relacionados con la presente causa  (Acompañó anexos).

 

13.- Expediente Nº 2003-000053: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores, Estabilidad Laboral y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los abogados LEONARDO PINTO RONDO, MARIANO ALBORNOZ DÍAZ, MARÍA ELENA GIUSTI, TERESA DE JESÚS MORA de ALBORNOZ y VÍCTOR ODREMÁN, contra los actos emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Mérida elegida en fecha 20-03-2003, para organizar el proceso comicial para elegir a las autoridades del referido Colegio para el período 2003-2005. Oficio Nº 0480/310, de fecha 26-06-2003, remitiendo el expediente Nº 3905 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Los abogados Leonardo Pinto y Mariano Albornoz presentaron, mediante la cual solicitan copia certificada de todo el expediente.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

14.- Expediente Nº 2003-000053: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores, Estabilidad Laboral y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los abogados LEONARDO PINTO RONDO, MARIANO ALBORNOZ DÍAZ, MARÍA ELENA GIUSTI, TERESA DE JESÚS MORA de ALBORNOZ y VÍCTOR ODREMÁN, contra los actos emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Mérida elegida en fecha 20-03-2003, para organizar el proceso comicial para elegir a las autoridades del referido Colegio para el período 2003-2005. Oficio Nº 0480/310, de fecha 26-06-2003, remitiendo el expediente Nº 3905 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Los abogados Leopoldo Garrido y Mariebe Calderón, actuando en su condición de miembros de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Mérida, presentaron escrito de informes. (Acompañaron anexos).

 

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

15.- Expediente Nº 2003-000073: Ana Teresa Heredia interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar provisionalísima contra el Memorandum s/n, de fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 4 de agosto de 2003, por la ciudadana ANA TERESA HEREDIA, asistida por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, contra el Memorando s/n de fecha 30 de julio de 2003, emanado de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela, en consecuencia, resuelve: 1.- Dejar SIN EFECTO el Memorando antes identificado, mediante el cual se declaró nula la elección de los Delegados del Colegio de Odontólogos Metropolitano a la Convención Nacional. 2.- Se ordena a todas las autoridades, órganos e instancias gremiales con competencias en la materia, que permitan la participación de los Delegados representantes del Colegio de Odontólogos Metropolitano, con todos los derechos, facultades y funciones inherentes a su condición, en la celebración de las Convenciones Nacionales del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

16.- Expediente Nº 2003-000053: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores, Estabilidad Laboral y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por los abogados LEONARDO PINTO RONDO, MARIANO ALBORNOZ DÍAZ, MARÍA ELENA GIUSTI, TERESA DE JESÚS MORA de ALBORNOZ y VÍCTOR ODREMÁN, contra los actos emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Mérida elegida en fecha 20-03-2003, para organizar el proceso comicial para elegir a las autoridades del referido Colegio para el período 2003-2005. Oficio Nº 0480/310, de fecha 26-06-2003, remitiendo el expediente Nº 3905 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

La Sala declaró SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

17.- Expediente Nº 2003-000068: WILFREDO ESCALANTE HERNÁNDEZ y ROMAN ARREAZA, asistidos por el abogado Antonio José Paraco Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas. La Sala declaró aclarada en los términos expuestos la sentencia de esta Sala Nº 123, de fecha 12-08-03. Ponente: Dr. Rafael Hernández Uzcátegui. Sentencia Nº 126.

 

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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