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Sala Electoral
  • Fecha: 20 de marzo de 2003





CUENTA Nº 40

 

 

CUENTA Nº 40

 

 

 

Despacho del jueves veinte (20) de marzo de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

                                            

 

SECRETARÍA

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000008: Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana VESTALIA SAMPEDRO DE ARAUJO,  interpone recurso contencioso electoral contra las actas de escrutinio de la Circunscripción Nº 4 del Estado Carabobo que señala, correspondientes a la elección de Diputados Nominales a la Asamblea Nacional celebradas en junio de 2000.

 

Se designó ponente al Magistrado  Doctor  ORLANDO GRAVINA ALVARADO, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000020: HUMBERTO URBINA, CIRA ARANGUREN, asistidos por los abogados YESENIA PINO, ALEXIS LARA RIVERO y JESÚS HERGUETA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 71.842, 55.559, 79.571, respectivamente, y actuando igualmente en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las elecciones del Consejo Local de Planificación Pública de Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, realizadas en fecha 30-11-2002, publicada en Gaceta Municipal Nº 178-02 de fecha 10-12-2002.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-054, mediante el cual se solicita a la Alcaldía Municipio Zamora del Estado Miranda los antecedentes  administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

3.- Expediente Nº X-2002-000019 (CUADERNO SEPARADO): Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando en su propio nombre,  asistido por el abogado Walter Aranguren, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.984, intima al pago de honorarios profesionales al ciudadano Domingo José Urbina Simosa, en el expediente contentivo del  recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y medida cautelar innominada interpuesto por el abogado Edilberto  José Natera Barreto, apoderado judicial del ciudadano CONRADO PEÑALOZA BILGER, contra las Actas de Escrutinio del proceso comicial llevado a cabo en fecha 30-07-2000, para elegir el Alcalde del Municipio Maturín del Estado Monagas, así como contra el Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Junta Municipal Electoral del mencionado Municipio. Igualmente solicita medida preventiva de embargo sobre bienes muebles propiedad del demandado a los fines de evitar que la ejecución del fallo definitivo que profiera este tribunal se haga ilusoria (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000009).

 

El abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual solicita que se proceda a citar al intimado por cartel de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000013: LUBIS MANUEL HERAS SÁNCHEZ y EDDY   BLADIMIR CORONADO COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.551, actuando en nombre propio y asistiendo al primero, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada, contra el proceso comicial convocado por el Alcalde del Municipio Valencia del Estado Carabobo, para la elección de los representantes ante el Consejo Local de Planificación Pública del referido Municipio, de las organizaciones vecinales de las parroquias Candelaria, Caridad, Negro Primero, Miguel Peña, Rafael Urdaneta, San Blas, San José, Santa Rosa y Socorro del mencionado Municipio, así como de los demás sectores de la sociedad civil organizada que hacen vida activa en el Municipio.

 

Por recibida comunicación, de fecha 20-03-2003, anexo a la cual se  remite escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, suscrito por el ciudadano Gustavo Urriola, Alcalde Encargado del Municipio Valencia del Estado Carabobo, se acordó agregar al expediente judicial la referida comunicación, así como el anexo identificado con la letra “A”  y formar cinco (05) piezas separadas con  los restantes recaudos  que acompañó a la comunicación por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000014: WILLIAM OJEDA, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, consignó escrito mediante el cual interpone recurso contencioso electoral por abstención o carencia con solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por la omisión de pronunciamiento en relación a la solicitud de referendo revocatorio contra el Alcalde del Municipio Sucre del Estado Miranda, ciudadano José Rangel Avalos, formulada en fecha 28-08-2002.

 

Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Universal”.  Así mismo se acordó abrir cuaderno separado para la decisión de la solicitud de amparo cautelar. Se libraron los Oficios Nº 03-060, 03-061 y se expidió  cartel de emplazamiento. En esta misma oportunidad se abrió cuaderno separado al cual le fue asignado el Nº X-2003-000010.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000002: RICARDO GUTIERREZ e ISMAEL GARCÍA, asistido por el abogado Sixto Borrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.028, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 021203-457, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 03-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 de fecha 05-12-2002.

 

El abogado Sixto Borrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.028,  actuando en su propio nombre, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido  escrito de promoción de pruebas hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2003-000014: WILLIAM OJEDA, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, consignó escrito mediante el cual interpone recurso contencioso electoral por abstención o carencia con solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por la omisión de pronunciamiento en relación a la solicitud de referendo revocatorio contra el Alcalde del Municipio Sucre del Estado Miranda, ciudadano José Rangel Avalos, formulada en fecha 28-08-2002.

 

El ciudadano WILLIAM OJEDA, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, consignó diligencia mediante la cual solicita la entregada del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

8.- Expediente Nº 2003-000014: WILLIAM OJEDA, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, consignó escrito mediante el cual interpone recurso contencioso electoral por abstención o carencia con solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por la omisión de pronunciamiento en relación a la solicitud de referendo revocatorio contra el Alcalde del Municipio Sucre del Estado Miranda, ciudadano José Rangel Avalos, formulada en fecha 28-08-2002.

 

El ciudadano WILLIAM OJEDA, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, consignó diligencia mediante la cual otorgó Poder Apud-Acta al mencionado abogado.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

9.- Expediente Nº X-2003-000010: WILLIAM OJEDA, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, consignó escrito mediante el cual interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral por abstención o carencia contra el Consejo Nacional Electoral, por la omisión de pronunciamiento en relación a la solicitud de referendo revocatorio contra el Alcalde del Municipio Sucre del Estado Miranda, ciudadano José Rangel Avalos, formulada en fecha 28-08-2002.

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de decidir la solicitud de amparo cautelar.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000023: Juzgado Superior Quinto  de lo Contencioso Administrativo, Región Capital, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano Jesús Gerardo Bello Orea, Presidente de la Asociación Civil Comunidad de Comuneros de San Antonio de Los Altos, asistido por el abogado José Eduardo Guarapo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.897, contra la ciudadana LUCERO VERA, Síndico Municipal del Municipio Los Salias, quien mediante comunicación de fecha 22-11-2002, excluyó la postulación de la referida Asociación para conformar el Consejo Local de Planificación Pública.  Oficio Nº 197-03, de fecha 18-03-2003, remitiendo el expediente Nº 03-179 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor ORLANDO GRAVINA ALVARADO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

SECRETARÁ EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000012: CLODOALDO AGÜIN, ADRIANNA SANDOVAL Y ÁNGEL ROJAS, asistidos por el abogado Rafael Agüin Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.156, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo, por haber convocado a elecciones de Decano, Consejo de Apelaciones y Representantes Estudiantiles ante las distintas Asambleas de Facultad, Período 2003-2006, para el día 24-02-2003, en primera vuelta y  27-02-2003, en segunda vuelta.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 17-03-2003, por el abogado Rafael Agüin Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.156, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CLODOALDO AGÜIN, mediante la cual solicita copia certificada del escrito que cursa a los folios 148 al 167Vto. del expediente, la Sala ACORDÓ expedir  la certificación solicitada.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000012: CLODOALDO AGÜIN, ADRIANNA SANDOVAL Y ÁNGEL ROJAS, asistidos por el abogado Rafael Agüin Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.156, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo, por haber convocado a elecciones de Decano, Consejo de Apelaciones y Representantes Estudiantiles ante las distintas Asambleas de Facultad, Período 2003-2006, para el día 24-02-2003, en primera vuelta y  27-02-2003, en segunda vuelta.

 

El abogado Rafael Agüin Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.156, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CLODOALDO AGÜIN, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las  copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 20-03-2003.

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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