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Sala Electoral
  • Fecha: 21 de febrero de 2003





 

            El  viernes veintiuno (21) de febrero de 2003, no hubo despacho en esta Sala.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000083: José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela.

 

El ciudadano Carlos Rafael García, asistido por la abogada Nahomi Amaya, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 95.094, consignó escrito.

 

 

SENTENCIA

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000012: CLODOALDO AGÜIN, ADRIANNA SANDOVAL Y ÁNGEL ROJAS, asistidos por el abogado Rafael Agüin Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.156, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo, por haber convocado a elecciones de Decano, Consejo de Apelaciones y Representantes Estudiantiles ante las distintas Asambleas de Facultad, Período 2003-2006, para el día 24-02-2003, en primera vuelta y  27-02-2003, en segunda vuelta. La Sala declaró 1.- ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta. 2. IMPROCEDENTE la declaratoria de medida cautelar innominada solicitada en el procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 585 y 588, parágrafo primero, del Código de Procedimiento Civil. 3.- ACUERDA tramitar la solicitud de amparo constitucional conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000. 4.- ORDENA librar oficio de notificación al Ministerio Público y citación a la presunta agraviante, Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo, en la persona de su Presidente. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 16.

 

 

3.- Expediente Nº 2002-000100: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de conformidad con lo previsto en el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, remite a esta Sala expediente contentivo de la amparo constitucional interpuesta por la abogada NORELIS COROMOTO CARRILLO ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 96.457,  actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JHON RICARDO FERNÁNDEZ, RAFAEL OVIDIO ROJAS MARQUINA, ALEXANDER KRINITZKY, MANUEL SÁNCHEZ, JOSÉ ADALBERTO BARIENTOS, GLADIS MABELIS DAVILA, HUGO TORRES Y OSWALDO LEON CUEVAS,  contra  la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Mérida. Oficio Nº 0334-2002, de fecha 01-11-2002). (1 pieza). La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta. En consecuencia, se ordenó a la Comisión Electoral Colegio de Médicos del Estado Mérida que convoque a elecciones dentro de (30) treinta días contados a partir de la celebración de la audiencia constitucional.  Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 17.

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000190: ARIEL RODRÍGUEZ SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.955, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral,  interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto de convocatoria para las elecciones de Jueces de Paz del Estado Miranda, correspondiente a la Circunscripción Intermunicipal de Los Palos Grandes, a celebrarse el día 25 de noviembre de 2001. La Sala declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN, y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el proceso de amparo constitucional interpuesto. Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 18.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

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