![]() | ||
|
CUENTA Nº 106
Despacho del martes veintidós (22) de julio de
2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta
con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.-
Expediente Nº 2003-000063: Juan Raúl Reyes
Lozano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.387, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano EFRÉN AUGUSTO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ,
interpone recurso de interpretación con relación al Estatuto Electoral del
Poder Público.
Se dio cuenta a la sala
DILIGENCIA
EN:
2.-
Expediente Nº 2001-000095:
FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,
actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas
C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el
abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de
efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional
Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones
de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada
por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.
Los
ciudadanos Jhon Archer y Santiago Gutiérrez, asistidos por el abogado Dámaso
Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.606, consignaron
diligencia (Acompañaron anexos).
SECRETARÍA EN:
3.- Expediente Nº 2003-000021: FRANCISCO IGNACIO GONZÁLEZ JIMÉNEZ, asistido por el abogado John Pier Chacón Peraza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 55.125, interpone recurso de interpretación referido al Estatuto Electoral del Poder Público, específicamente el artículo 3 en relación a permitirse o no la postulación a la reelección del actual Gobernador del Estado Carabobo, en los comicios a celebrarse en el año 2004.
Se
ordenó pasar el expediente al ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI
URDANETA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
4.-
Expediente Nº 2003-000042:
LAZARO CALAZAN GEROME, actuando con el carácter de Secretario General de la
Comunidad Política “Gente Emergente”, asistido por el abogado Juan Pablo Bront
Pamphil, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 6.175, interpone recurso
contencioso electoral contra la Resolución Nº 030120-020, emanada del Consejo
Nacional Electoral en fecha 20-01-2003 y publicada en Gaceta Electoral Nº 170 del
30-05-2003, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración
interpuesto por el mencionado ciudadano contra la Resolución Nº 020315-187 del
15-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157, la cual autorizó el uso
provisional de la denominación “Visión Emergente” en el Estado Miranda.
De conformidad
con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y
Participación Política, se abrió la
causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir
de la presente fecha, inclusive.
5.-
Expediente Nº 2003-000040: MIGUEL
REQUENA, asistido por los abogados Gustavo Briceño Vivas y Joaquín Bracho Dos
Santos, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 13.658 y 77.795,
respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra el acto contenido en el Boletín Nº 13/2003
emanado de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, mediante el cual declaró concluido el
proceso electoral para elegir al Vicerrector Administrativo de la referida Casa
de Estudios y proclamó como Vicerrector al ciudadano Humberto García Larralde
para culminar el período 2000-2004.
Se agregó a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 21-07-2003, por los ciudadanos Miguel Antonio Castillejo Cans y Humberto García Larralde, ambos asistidos por las abogadas Ana Mercedes García Petit y Zully Rojas, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 27.780 y 36.887, respectivamente.
6.-
Expediente Nº 2003-000040: MIGUEL
REQUENA, asistido por los abogados Gustavo Briceño Vivas y Joaquín Bracho Dos
Santos, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 13.658 y 77.795,
respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra el acto contenido en el Boletín Nº 13/2003
emanado de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, mediante el cual declaró concluido el
proceso electoral para elegir al Vicerrector Administrativo de la referida Casa
de Estudios y proclamó como Vicerrector al ciudadano Humberto García Larralde
para culminar el período 2000-2004.
De conformidad con el artículo 397, único
aparte, del Código de Procedimiento
Civil y con la sentencia dictada por esta Sala en fecha 6-08-2001, signada con
el número 99, se fijó el día de hoy a
los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
7.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del referido Colegio.
Se dio cuenta a la Sala.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
8.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.
Los
abogados Gustavo Marín García, Tadeo Arrieche Franco y Juan Manuel Santana,
actuando en su propio nombre y con el carácter de miembros de la Junta
Directiva de la Asociación Civil Avanzada Gremial, consignaron escrito mediante
el cual se adhieren a la acción de amparo interpuesta.
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL:
9.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.
Visto que por
auto de fecha 17-07-2003, se fijó el día de hoy, para que tenga lugar la audiencia oral y publica, esta Sala
acordó diferir la realización de la misma, para el día martes 29-07-2003, 10:30
a.m., ello en virtud de ocupaciones inherentes a la Alta investidura de los
Magistrados de esta Sala.
DILIGENCIA
EN:
10.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.
Siendo 10:30 a.m., oportunidad que se tenía fijada para la celebración de la audiencia oral y publica de la acción de amparo, la cual quedó diferida para el día 29-07-2003, a las 10:30 a.m., el Secretario de la Sala Electoral dejó constancia que se encuentran presentes, los siguientes ciudadanos: José Horacio Vázquez Colmenares, Parte Accionante, William Pacheco, Presidente de la Federación de Abogados de Venezuela, Augusto Bravo, Presidente del Colegio de Abogados del Estado Aragua, Freddy Hurtado Crespo, Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, Scarlet Chacón, Vicepresidente de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua y Edgardo Parraga, Secretario de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua.
11.- Expediente Nº 2003-000048: JOSE HORACIO VÁSQUEZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.157, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento de la Ley de Abogados sobre Elección en los Organismos Profesionales y en el Instituto de Previsión Social del Abogado, dictado por la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 1992.
Los
ciudadanos Freddy Hurtado, Scarlet Chacón y Edgardo Parraga, asistidos por la
abogada Rosa Pléssmann Rotondaro, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
17.691, consignaron diligencia mediante la cual solicitan se deje sin efecto la
medida cautelar acordada por esta Sala en fecha 09-07-2003
12.-
Expediente Nº 2003-000054: ROBERTO
ZARA, PEDRO ROBERTO RUIZ, JOSÉ RECIO, CUTBERTO GUARAPO RODRÍGUEZ, JORGE WEIR y
RAFAEL BELMONTE, actuando en propio nombre, asistidos por la abogada Felicia
Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172,
interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del
Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de convocar
a elecciones en el referido Colegio, para elegir a los organismos directivos
del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas.
El
ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada al ciudadano Carlos José
Jiménez Castillo, Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de Médicos
del Distrito Metropolitano de Caracas, la cual fue recibida por la Secretaria
del mencionado ciudadano, ciudadana Rosa de Chacón, en fecha 21-07-2003.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
13.-
Expediente Nº 2002-000083:
José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo
Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer
Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de
Ingenieros de Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo
constitucional contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de
Venezuela.
Vista el escrito presentado por el abogado José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, respectivamente, mediante el cual solicita la ejecución de la Sentencia Nº 67 de fecha 12 de junio de 2003, que a su vez conlleva la ejecución de la Sentencia Nº 157 de fecha 07 de octubre de 2002, se designó ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de la decisión correspondiente.
OFICIOS RECIBIDOS EN:
14.- Expediente Nº 2002-000098: Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo declina competencia para conocer de la acción de amparo
constitución interpuesto por los abogados José Ramón Sevilla Mata y Carlos
Alberto Barrero Hernández, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576
y 79.966, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales
del ciudadano RUBEN GERARDO BOLÍVAR LÓPEZ, contra la Junta Directiva Nacional
del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Oficio Nº 02-5863, de fecha 24-10-2002,
remitiendo el expediente Nº 2002-2040 (nomenclatura de esa Corte) (1 pieza
principal).
Por recibido
Oficio Nº FPTSJ-2003-28, suscrito por la abogada Eira María Torres Castro,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 39.288, actuando con el carácter de
Suplente Especial de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, mediante el
cual consignó la opinión del referido Ministerio.
15.- Expediente Nº 2002-000014: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por las ciudadanas ODALIS BOADA y LUISA GARCÍA DE HERNÁNDEZ, asistidas por el abogado Mario Bastardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.525, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de la Universidad de Oriente. Oficio Nº 963-2001, de fecha 14-11-2001, remitiendo el expediente Nº 07987 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza)
Por recibido
en esta misma fecha, Oficio Nº 421-03, de fecha 04-07-2003, emanado del Juzgado
de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta Primer Circuito Judicial del
Estado Sucre, anexo al cual se remite
las resultas de la Comisión conferida por esta Sala, en fecha 21-02-2002, se
acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
16.- Expediente Nº X-2003-000016 (CUADERNO SEPARADO): ROGER ALEXIS BECERRA TERAN, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral para la Renovación de la Dirigencia del Sindicato de Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA) asistido por el abogado Francisco Artigas Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.936, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con el recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 030611-306 de fecha 11-06-2003, emanada del Presidente de la Comisión Sindical y Gremial del Consejo Nacional Electoral, conforme con la cual se acordó la incorporación de los ciudadanos Santiago Gutiérrez Carmona, Julio Arocha Pérez, Luis Rafael Romero Castillo, Sheyla Espinoza, Haydee García, Carlos Marquina, Guillermo Blanco, Tomás Reyes y Fidel La Rosa en el Registro Electoral de Afiliados en el proceso comicial para elegir las autoridades de la referida organización sindical. (Recurso Principal Expediente Nº 2003-000043). La Sala declaró que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en la acción de amparo cautelar solicitada. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 95.
17.- Expediente Nº 2003-000057: JOSÉ QUINTÍN GÓMEZ, RAMÓN RODRÍGUEZ Y GILBERTO LÓPEZ REYES, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.623, 61.357 y 30.753, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, con relación al proceso electoral celebrado en fecha 11-07-2003, para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Colegio. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional ejercida. 2.- ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta. 3.- ACUERDA tramitar la acción de amparo constitucional conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000. 4.- ORDENA librar los respectivos oficios de notificación al Ministerio Publico y citación del presunto agraviante la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua en la persona de su Presidente ciudadano Freddy Hurtado, para que concurra la Tribunal a conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral, la cual se llevará acabo dentro de las noventa y seis (96) horas a partir de la última notificación efectuada. 5.- PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar y en consecuencia se ordena SUSPENDER EL ACTO DE PROCLAMACIÓN de los candidatos que resultaron electos en el proceso electoral realizado el día 11 de junio de 2003, en el Colegio de Abogados del Estado Aragua, para elegir a las autoridades de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario. Por tanto se mantiene y continúan en pleno ejercicio de sus funciones y facultades la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario actual. 6.- IMPROCEDENTE la solicitud de acumulación de acciones bajo análisis. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 96.
18.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO, actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano, asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela. La Sala declaró COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta, la cual ADMITIÓ y ACORDÓ TRAMITAR conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000. En consecuencia, ORDENÓ librar boleta de notificación a la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, asimismo, se ORDENÓ librar oficio al Ministerio Públicos. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 97.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |