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CUENTA Nº 176
Despacho del lunes veinticuatro (24) de noviembre de 2003. Se abrió la
sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia
del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael
Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
1.-
Expediente Nº 2003-000052:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Carabobo remitió a esta Sala expediente
contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con
solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano VICTORIO CATAPANO,
asistido por la abogada Fany Mendoza de Bandres, inscrita en el Inpreabogado
bajo el número 12.081, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “La
Hacienda Country Club”, referido al proceso electoral para elegir a la Junta
Directiva, Comisario Principal y Suplente y a los Miembros del Comité de
Disciplina de la mencionada Asociación Civil. Oficio Nº 1620, de fecha 01-07-2003,
remitiendo el expediente Nº 18182 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza
principal).
Vista la
diligencia presentada en fecha
10-11-2003, por el ciudadano Juan Campos, asistido por la abogada Belia Ornela
Bolívar, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 88.950, mediante la cual solicita la devolución del
Libro de Actas y Cuaderno de Votación originales pertenecientes a la Asociación
La Hacienda Country Club, que acompañaron al escrito de promoción de pruebas
presentado en fecha 23-09-2003, por el ciudadano Juan Campos, esta Sala
ACORDÓ la devolución de
los mismos, previa su certificación en autos.
2.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO
SEPARADO): Rommel Rafael
Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su
propio nombre, intima al pago de
honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas
(SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral
conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de
Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda
(SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 29.625,
contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional
Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones
de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A.,
formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente
Nº 2001-000095).
Visto que
consta en autos la consignación de los honorarios profesionales
correspondientes a los jueces retasadores, se fija las 12:30 p.m. del tercer
(3º) día de despacho siguiente a la presente fecha, para que tenga lugar el
acto de constitución del Tribunal Retasador.
OFICIOS RECIBIDOS EN:
3.- Expediente Nº 2003-000065: MIGUEL SILVA, asistido por el abogado Javier Simón Gómez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.510, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de fecha 09-05-2003, contentivo de la admisión de postulación del ciudadano Julio Soto y el Acta de Proclamación de fecha 16-07-2003 emanada de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia.
Por recibido
Oficio Nº 277, de fecha 05-11-2003, emanado del Juzgado Superior Primero en lo
Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual se remite las resultas de la
Comisión conferida por esta Sala, en fecha
22-10-2003, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio,
así como su anexo.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
4.-
Expediente Nº 2003-000090:
Juzgado Superior Quinto en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital,
declinó la competencia para conocer de recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el abogado
Carlos Guillermo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.800, en su
carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Eunice González, Carlos
Jiménez, Belly Castillo, Elsa Cárdenas, Ely Quintero, Pablo Marrero, Mahuan
Pineda, Miguel Arias, Miguel Escobar, José Moreno y Guillermo Torres, contra la
providencia administrativa DS-OAL-2750, de fecha 20 de mayo de 2003, emanada de
la Superintendencia de Cajas de Ahorros. Oficio Nº 748, de fecha 28-08-2003,
remitiendo el expediente Nº 03-339
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
De conformidad
con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y
Participación Política, se abrió la
causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir
de la presente fecha, inclusive.
DILIGENCIA EN:
5.-
Expediente Nº 2003-000109: Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia remitió expediente contentivo
del recurso contenciosos electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de
medida cautelar innominada por el ciudadano Rómulo Rangel Ruiz, asistido por el
abogado Juan José Molina Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
93.233, contra las decisiones tomadas por los miembros del Consejo Nacional
Electoral durante los días 11, 12, 13, 14, 15, 18, 20 y 22 de noviembre de
2002. Oficio Nº 03-2540 de fecha 07-10-2003, remitiendo el expediente Nº
2002-002943 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta
librada al ciudadano Rómulo Rangel Ruiz, mediante el cual se le notifica del
fallo dictado por esta Sala en fecha 04-11-2003.
6.-
Expediente Nº 2003-000106: JOSÉ
ANÍBAL NÚÑEZ LUGO, RAFAEL R0MERO y OMAR INFANTE, asistidos por el abogado Pedro
Enrique Bermúdez Gil, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.363,
interponen acción de amparo constitucional contra los ciudadanos José Luis
Zapata, Mario Fernández, Pablo Sánchez, José Ríos, Víctor Aguilar, Edicson
Quintero, Nancy Gitens, Leander González, Socorro Rodríguez, Bulmaro Noguera,
Federico Valencia, Laura Chirinos, Jesús Longart, Martín Boada, Pio Valencia y
Anneric Álvarez referido a la elección de las autoridades de la Asociación
Civil Hacienda Country Club.
Vista la
diligencia presentada en fecha 18-11-2003, por el ciudadano José Aníbal Núñez
Lugo, asistido por el abogado Pedro Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo
el número 18.363, mediante la cual
solicita copia certificada del escrito
libelar, el cual cursa a los folios 1
al 32 Vto. del expediente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.
BOLETAS
LIBRADAS EN:
7.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA
RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA
CARRILLO, actuando con el carácter de
integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano, asistidas por el abogado Ricardo Baroni
Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción
de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de
Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y
vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal
Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.
Se libraron boletas de notificación del
fallo dictado por esta Sala, en fecha 18-11-03. a la Comisión Electoral
Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela y a la parte accionante.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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