![]() | ||
|
CUENTA Nº 29
Despacho del miércoles veintiséis (26) de
febrero de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini
Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez
Hernández y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO
INGRESADO:
1.-
Expediente Nº 2003-000013: LUBIS MANUEL HERAS SÁNCHEZ y EDDY BLADIMIR CORONADO COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo
el número 78.551, actuando en nombre propio y asistiendo al primero, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y
medida cautelar innominada, contra el proceso comicial convocado por el Alcalde
del Municipio Valencia del Estado Carabobo, para la elección de los
representantes ante el Consejo Local de Planificación Pública del referido
Municipio, de las organizaciones vecinales de las parroquias Candelaria,
Caridad, Negro Primero, Miguel Peña, Rafael Urdaneta, San Blas, San José, Santa
Rosa y Socorro del mencionado Municipio, así como de los demás sectores de la
sociedad civil organizada que hacen vida activa en el Municipio.
Se dio cuenta a la Sala.
SECRETARÍA
EN:
2.- Expediente Nº 2002-000100: Juzgado Superior Primero en lo Civil,
Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción
Judicial del Estado Mérida, de conformidad con lo previsto en el artículo 85 de
la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, remite a esta Sala expediente
contentivo de la amparo constitucional interpuesta por la abogada NORELIS
COROMOTO CARRILLO ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
96.457, actuando con el carácter de
apoderada judicial de los ciudadanos JHON RICARDO FERNÁNDEZ, RAFAEL OVIDIO
ROJAS MARQUINA, ALEXANDER KRINITZKY, MANUEL SÁNCHEZ, JOSÉ ADALBERTO BARIENTOS,
GLADIS MABELIS DAVILA, HUGO TORRES Y OSWALDO LEON CUEVAS, contra
la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Mérida. Oficio
Nº 0334-2002, de fecha 01-11-2002). (1 pieza).
Se acordó comisionar al Juzgado
Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que practique
las diligencias necesarias para notificar a la Comisión Electoral del Colegio
de Médicos del Estado Mérida, del fallo dictado por esta Sala en fecha
21-02-2003. Se libró Oficio Nº 03-045 y boleta. Así mismo se libró boleta a la
parte accionante de conformidad, con lo previsto en el artículo
174 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente de conformidad con lo previsto en
el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías
Constitucionales.
DILIGENCIA
EN:
3.- Expediente Nº 2003-000011:
Olegario Castro Parra y Heriberto Nava Castillo, titulares de las cédulas
de identidad números 3.264.770 y 8.501.967, respectivamente, remitieron
comunicación mediante la cual solicitan: “1.- Anular el Registro Electoral
del último proceso comicial del Municipio Páez del Estado Zulia y las dos
últimas inscripciones (...) 2.- Actualizar el Registro Electoral Municipal,
excluyendo los ciudadanos fallecidos, y quienes realmente no residan en el
Municipio. 3.- Investigar para determinar la residencia actual de los electores
tratando de ubicarlos en las direcciones existentes en el Registro Electoral
haciendo las respectivas auditorias de campo, también investigar las huellas
dactilares de estos nuevos inscritos, en especial en centros de votación como
El Molinete, Caño Hondo, Iruamana Carretal, Colopantui, Guarero Moina, Cusia,
Cojoro, Paraguaipoa, Las Guardias, El Cañito, Sinamaica, Alpanate y
Marichipais. 4.- Determinar que el Registro Electoral se efectuó en las
condiciones señaladas por la ley (...)”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-037, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo y Tributario de la Región Occidental (Maracaibo), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a los ciudadanos Olegario Castro Parra y Heriberto Nava Castillo (parte recurrente), Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS
AUTOS:
4.-
Expediente Nº 2002-000108: Víctor
Álvarez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.026, actuando con
el carácter de apoderado judicial del Municipio Autónomo Iribarren del Estado
Lara, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de
suspensión de efectos, contra la omisión del Consejo Nacional Electoral en
pronunciarse en relación a la solicitud extraordinaria de nulidad en sede
administrativa (Recurso Jerárquico), ejercido por el Municipio Iribarren del
Estado Lara ante dicho Consejo en fecha 4-06-2002, que pretendió a su vez la
nulidad de la totalidad de las actas y actuaciones derivadas del proceso
eleccionario de la organización sindical “SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL
MUNICIPIO AUTÓNOMO IRIBARREN Y DEMÁS DEPENDENCIAS DEL ESTADO LARA”, celebrado
el día 24-09-2001.
La abogada Anna María De Stefano, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 80.458, actuando con el carácter de apoderada judicial del Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara, consignó escrito de conclusiones.
5.-
Expediente Nº 2002-000108: Víctor
Álvarez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.026, actuando con
el carácter de apoderado judicial del Municipio Autónomo Iribarren del Estado
Lara, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de
suspensión de efectos, contra la omisión del Consejo Nacional Electoral en
pronunciarse en relación a la solicitud extraordinaria de nulidad en sede
administrativa (Recurso Jerárquico), ejercido por el Municipio Iribarren del
Estado Lara ante dicho Consejo en fecha 4-06-2002, que pretendió a su vez la
nulidad de la totalidad de las actas y actuaciones derivadas del proceso
eleccionario de la organización sindical “SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL
MUNICIPIO AUTÓNOMO IRIBARREN Y DEMÁS DEPENDENCIAS DEL ESTADO LARA”, celebrado
el día 24-09-2001.
El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 46.212, actuando con el carácter
de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de
conclusiones.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |