Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 26 de mayo de 2003





CUENTA Nº 74

 

CUENTA Nº 74

 

 

 

Despacho del lunes veintiséis (26) de mayo de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

                                            

 

 

SECRETARÍA

 

DILIGENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000020: HUMBERTO URBINA, CIRA ARANGUREN, asistidos por los abogados YESENIA PINO, ALEXIS LARA RIVERO y JESÚS HERGUETA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 71.842, 55.559, 79.571, respectivamente, y actuando igualmente en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las elecciones del Consejo Local de Planificación Pública de Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, realizadas en fecha 30-11-2002, publicada en Gaceta Municipal Nº 178-02 de fecha 10-12-2002.

 

El abogado Miguel Ángel Casanova Obispo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.635, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Gerardo Antonio Rojas Benavides, Alcalde del Municipio Zamora del Estado Miranda, consignó diligencia mediante la cual deja constancia de haber recibido las copia certificadas de la Sentencia Nº 47 de fecha 08-05-2003, acordadas mediante auto de fecha 22-05-2003.

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000020: HUMBERTO URBINA, CIRA ARANGUREN, asistidos por los abogados YESENIA PINO, ALEXIS LARA RIVERO y JESÚS HERGUETA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 71.842, 55.559, 79.571, respectivamente, y actuando igualmente en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las elecciones del Consejo Local de Planificación Pública de Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, realizadas en fecha 30-11-2002, publicada en Gaceta Municipal Nº 178-02 de fecha 10-12-2002.

 

El abogado Miguel Ángel Casanova Obispo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.635, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Gerardo Antonio Rojas Benavides, Alcalde del Municipio Zamora del Estado Miranda, consignó diligencia mediante la cual dejo constancia de haber recibido las copia certificada del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho presentado en fecha 26-03-2003, acordada mediante auto de fecha 22-05-2003.

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000020: HUMBERTO URBINA, CIRA ARANGUREN, asistidos por los abogados YESENIA PINO, ALEXIS LARA RIVERO y JESÚS HERGUETA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 71.842, 55.559, 79.571, respectivamente, y actuando igualmente en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las elecciones del Consejo Local de Planificación Pública de Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, realizadas en fecha 30-11-2002, publicada en Gaceta Municipal Nº 178-02 de fecha 10-12-2002.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-107, mediante el cual se comunica al Alcalde del Municipio Zamora del Estado Miranda el fallo dictado por esta Sala en fecha 08-05-2003. Asimismo, se remiten antecedentes administrativos contenidos en una (1) pieza.

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000014: WILLIAM OJEDA, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, consignó escrito mediante el cual interpone recurso contencioso electoral por abstención o carencia con solicitud de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, por la omisión de pronunciamiento en relación a la solicitud de referendo revocatorio contra el Alcalde del Municipio Sucre del Estado Miranda, ciudadano José Rangel Avalos, formulada en fecha 28-08-2002.

 

El ciudadano Alguacil  consignó copia del Oficio Nº 03-114, mediante el cual se comunica  al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el fallo dictado en fecha 20-05-2003.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000141: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y en  consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 03-106, mediante el cual se convoca al Segundo Suplente Doctor Iván Vásquez Tariba, para constituir la Sala Electoral Accidental que habrá de continuar conociendo de la causa.

Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2001-000141, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que presentó su inhibición se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa.

 

 

 

COMUNICACIONES RECIBIDAS EN:

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000141: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y en  consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.

 

El Doctor Iván Vásquez Tariba, Segundo Suplente de la Sala, presentó comunicación mediante la cual manifiesta su aceptación a la convocatoria que le fue hecha para constituir la Sala Electoral Accidental que habrá de continuar conociendo de la causa.

Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2001-000141, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que presentó su inhibición se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

7.- Expediente Nº X-2003-000012 (Cuaderno Separado): HUMBERTO URBINA, CIRA ARANGUREN, asistidos por los abogados YESENIA PINO, ALEXIS LARA RIVERO y JESÚS HERGUETA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 71.842, 55.559, 79.571, respectivamente, y actuando igualmente en su propio nombre, interponen solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra las elecciones del Consejo Local de Planificación Pública de Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, realizadas en fecha 30-11-2002, publicada en Gaceta Municipal Nº 178-02 de fecha 10-12-2002. (Recurso Principal Expediente Nº 2003-000020).

 

El abogado Miguel Ángel Casanova Obispo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.635, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Gerardo Antonio Rojas Benavides, Alcalde del Municipio Zamora del Estado Miranda, consignó escrito mediante el cual solicita copia certificada de la Sentencia Nº 52 de fecha 20-05-2003.

 

 

 

BOLETAS Y OFICIOS LIBRADOS EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000212: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ELEUTERIO SEPÚLVEDA AVENDAÑO, asistido por la abogada Zuleima González, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.299, contra la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros y sus Similares de los Municipios Simón Rodríguez, Aragua, Freites, Libertad y Anaco del Estado Anzoátegui (S.T.P. FEDEPETROLANACO), en relación a las elecciones de la Junta Directiva del referido Sindicato para el período 2001-2004. Oficio Nº 1737-2001, de fecha 21-11-2001, remitiendo el expediente Nº 7433 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Se libró boletas a los ciudadanos ELEUTERIO SEPÚLVEDA AVENDAÑO, (parte accionante), y LUIS RIOS, Presidente de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros y sus Similares de los Municipios Simón Rodríguez, Aragua, Freites, Libertad y Anaco del Estado Anzoátegui (S.T.P. FEDEPETROLANACO), mediante las cuales se les notifica el fallo dictado por esta Sala en fecha 20-05-2003.

 

 

9.- Expediente Nº X-2003-000013 (CUADERNO SEPARADO): SAÚL CASTELLANO, LUIS BLANCO y ALEXIS BORGES, asistidos por la abogada Zully Campos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 55.859, interponen solicitud de medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra el proceso comicial celebrada en la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), período 2002-2004 y que culminó con el acto de proclamación y juramentación de fecha 02-12-2002. (Recurso Principal Expediente Nº 2003-000031).

 

Se libró Boleta a los ciudadanos SAÚL CASTELLANOS, LUIS BLANCO y ALEXIS BORGES (parte recurrente), mediante la cual se les comunica el fallo dictado por esta Sala en fecha 20-05-2003. Igualmente, se libró Oficio Nº 03-116, mediante el cual se comunica al Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas del fallo dictado por esta Sala en fecha 20-05-2003. Finalmente, se libró Oficio Nº 03-117, mediante el cual se comunica a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), el fallo dictado por esta Sala en fecha 20-05-2003.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000031: SAÚL CASTELLANO, LUIS BLANCO y ALEXIS BORGES, asistidos por la abogada Zully Campos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 55.859, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el proceso comicial celebrada en la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), período 2002-2004 y que culminó con el acto de proclamación y juramentación de fecha 02-12-2002.

 

Los ciudadanos José Estacio, Depsit Reyes, Gloria Suárez, María Higuera y Esperanza Bonalde, asistidos por el abogado Carlos Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, presentaron escrito mediante el cual exponen alegatos a favor del recurso interpuesto. (Acompañan anexo).

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000031: SAÚL CASTELLANO, LUIS BLANCO y ALEXIS BORGES, asistidos por la abogada Zully Campos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 55.859, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el proceso comicial celebrada en la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), período 2002-2004 y que culminó con el acto de proclamación y juramentación de fecha 02-12-2002.

 

Los ciudadanos Ángel García, William Chacón, Juan Ortiz y Eva Guarate, Miembros de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos (CASEP), asistidos por el abogado Jorge Gómez Mantellini, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 583, presentaron escrito mediante el cual exponen las razones por las cuales estiman debe ser declarado sin lugar el recurso interpuesto. (Acompañan anexos).

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000031: SAÚL CASTELLANO, LUIS BLANCO y ALEXIS BORGES, asistidos por la abogada Zully Campos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 55.859, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el proceso comicial celebrada en la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), período 2002-2004 y que culminó con el acto de proclamación y juramentación de fecha 02-12-2002.

 

El ciudadano Irving Bermúdez Díaz, asistido por el abogado Jorge Gómez Mantellini, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 583, presentó escrito mediante el cual expone las razones por las cuales estiman debe ser declarado improcedente el recurso interpuesto. (Acompañan anexos). Se acordó agregar al expediente judicial el mencionado escrito y  formar un (01) anexo con  los recaudos  que acompañaron al referido escrito, identificado como anexo 1.

 

 

 

El Presidente,                                                                                                     

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados