![]() | ||
|
SALA ACCIDENTAL Nº 2
CUENTA Nº 17
Despacho del jueves veintiséis (26) de junio de
2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Luis Martínez Hernández
con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui y el
Magistrado Iván Vásquez Tariba.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.-
Expediente Nº X-2003-000014: Germán Romero, asistido por el abogado
Alfredo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.404, fomuló
recusación contra el Magistrado Luis Martínez Hernández, con fundamento en el
artículo 82 ordinales 4,15 y 18 del Código de Procedimiento Civil.
Vista la recusación formulada contra el Magistrado Luis Martínez Hernández, por estar incurso en la causal prevista en el artículo 82, ordinales 41, 15 y 18 del Código de Procedimiento Civil, el Juzgado apreció que en relación a la causal prevista en el artículo 82, ordinal 18, la misma resulta inadmisible por haber operadora la caducidad y con relación a las dos restantes causales se observó que no habiéndose probado que el Magistrado Luis Martínez Hernández tiene algún interés en las resultas del juicio o adelantado opinión, tales afirmaciones debieron ser desestimadas y, en consecuencia, declarada sin lugar la recusación formulada.
El Vicepresidente,
RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |