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Sala Electoral
  • Fecha: 27 de noviembre de 2003





CUENTA Nº 179

 

 

CUENTA Nº 179

 

 

Despacho del jueves veintisiete (27) de noviembre de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  intima al pago de honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano  FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625,  contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095).

 

Siendo las 12:30 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar el acto de Constitución del Tribunal Retasador comparecen los abogados Eglis Elena Quintero González, Inpreabogado Nº 85.943 y Enrique Rafael Tineo Suquet, Inpreabogado Nº 58.367, Jueces Retasadores designados; quedando constituido el Tribunal de Retasa conjuntamente con el Magistrado Dr. Alberto Martini Urdaneta, Secretario Alfredo De Stefano Pérez y Alguacil Alexis Sáez. Se designó ponente al Dr. Enrique Rafael Tineo Suquet, y se fija las 12:00 m. del cuarto día de despacho siguiente al de hoy, para que tenga lugar la primera reunión del Tribunal Retasador.

 

 

 

BOLETAS LIBRADOS EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000068: WILFREDO ESCALANTE HERNÁNDEZ y ROMAN ARREAZA, asistidos por el abogado Antonio José Paraco Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.241, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

Se libró Boleta al ciudadano Román Arreaza, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 25-11-2003.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000067: JUDITH SAYAGO BRICEÑO Y JUAN RAMON QUINTANA, asistidos por los abogados Mario Díaz Angulo y Marcos López Sayago, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 12.261 y 91.327, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del referido Colegio.

 

El abogado Carlos Natera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.065, consignó diligencia mediante la cual deja constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 26-11-2003.

 

 

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000021: FRANCISCO IGNACIO GONZÁLEZ JIMÉNEZ, asistido por el abogado John Pier Chacón Peraza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 55.125, interpone recurso de interpretación referido al Estatuto Electoral del Poder Público, específicamente el artículo 3 en relación a permitirse o no la postulación a la reelección del actual Gobernador del Estado Carabobo, en los comicios a celebrarse en el año 2004. (Acumulado con Exp. Nº 2003-000035).

 

Por recibido Oficio Nº 2451, de fecha 29-10-2003, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte,  anexo al cual se remite las resultas de la Comisión conferida por esta Sala, en fecha 19 de junio de 2003, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentaos en fecha 25-11-2003, por el ciudadano Julián Fernando Niño Gamboa; por el ciudadano Peter Dçelix Carchidio; por los ciudadanos Julio Romero y Patricia Zanella, por los ciudadanos Yolman Gómez, Johan Gómez y Adrián Aguirre, y por la abogada Carmen Bianco, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Rita Elena Añez, Manuel Vicente Castillo Gullarte, Roger de Jesús Acosta de León, José Rafael Marcano Brizuela, Eulogio Timoteo Pérez Ramos, Amael José Castellano Coronado y José Gregorio Scrimaldu Malpa; el Juzgado de Sustanciación paso a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo y negando, según el caso, las pruebas. Se libraron Oficios Nos. 03-322 al Ministerio de Educación Superior y 03-323 a la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre” y boletas a los ciudadanos a Roger Acosta, Eulogio Pérez Ramos y Amael Castellano,  de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000102: CARLOS NATERA MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.065, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Extraordinaria de fecha 19-09-2003 emanada de  la Junta Directiva del Colegio de Médicos del Estado Barinas y contra  la Asamblea Extraordinaria celebrada en el referido Colegio en fecha  22-09-2003, en la cual se eligió  Comisión Electoral para regir el proceso electoral a celebrarse en el referido  Colegio Profesional para elegir a las autoridades del mismo.

 

El abogado Marcos López Sayago, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 91.327, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, consignó escrito mediante el cual se opone al recurso interpuesto.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

7.- Expediente Nº 2003-000115: MICHEL BRIONNE, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.897, actuando en su propio nombre, remite vía fax,  amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto de fecha 17-11-2003, emanado de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano. 

 

Vista la diligencia presentada en fecha 26-11-2003, por el abogado Michel Brionne, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.897, actuando en su propio nombre, mediante la cual apela de la decisión dictada por esta Sala en fecha 25-11-2003, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta e, igualmente, apela del auto dictado en la misma fecha, que declaró inadmisible la recusación formulada contra la ciudadana Magali Escaray, Secretaria del Magistrado Luis Martínez Hernández, la Sala declaró INADMISIBLE ambas apelaciones.

 

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL:

 

 

8.- Expediente Nº 2003-000087:  Virginia Sarmiento Briceño, Ramón Reinoso Rodríguez, José Pastor Martínez, Carlos J. Montilla y Juan Carlos Dávila Solano, asistidos por el abogado Omar Reverol Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.339,  interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

La Sala declaró QUE NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR con relación a la acción de amparo constitucional interpuesta. Se hizo saber a las partes que el texto íntegro del fallo, seria publicado dentro del lapso de cinco días continuos, contados a partir de la presente fecha.

 

 

9.- Expediente Nº 2003-000087:  Virginia Sarmiento Briceño, Ramón Reinoso Rodríguez, José Pastor Martínez, Carlos J. Montilla y Juan Carlos Dávila Solano, asistidos por el abogado Omar Reverol Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.339,  interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Los  abogados Carlos Natera Martínez y José Agustín Catalá, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 329, respectivamente, actuando con el carácter de apoderado judiciales de la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Barinas, consignaron copia del poder con vista al original, en la audiencia constitucional.

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000087:  Virginia Sarmiento Briceño, Ramón Reinoso Rodríguez, José Pastor Martínez, Carlos J. Montilla y Juan Carlos Dávila Solano, asistidos por el abogado Omar Reverol Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.339,  interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Los abogados  Mario Díaz Angulo y Marcos López Sayago, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 12.261 y 91.327, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Gustavo Pérez Barrios, consignaron escrito  en la audiencia constitucional (acompañaron anexos).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000087:  Virginia Sarmiento Briceño, Ramón Reinoso Rodríguez, José Pastor Martínez, Carlos J. Montilla y Juan Carlos Dávila Solano, asistidos por el abogado Omar Reverol Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.339,  interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

La ciudadano Judith Sayago Briceño, asistida por el abogado Marcos López Sayago, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 91.327, consignó diligencia mediante la cual solicita la devolución del poder original y de los Oficios Nos. 0296 de fecha 08-10-03 y 0280 de fecha 01-10-2003.

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada a la parte accionante mediante la cual se les notifica del fallo dictado por esta Sala, en fecha 18-11-03.

 

 

 

OFICIOS LIBRADOS EN:

 

 

13.- Expediente Nº 2003-000112: Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Miguel Mejías Jaime, actuando con el carácter de Director Regional del Sistema de Salud del Estado Miranda y Director General de la Corporación de Salud del Estado Miranda, asistido por el abogado Francisco Lepore Girón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.093, contra el Alcalde del Municipio Independencia del Estado Miranda, referido a la legalidad o no del proceso electoral celebrado el 03-05-2003 en la Asociación Civil Ambulatorio Cartanal (ASOCIAMCAR). Oficio Nº 1029-03, de fecha 31-10-2003, remitiendo el expediente Nº 03-417 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se libró Oficio Nº 03-321, anexo al cual se remite copia certificada al Juzgado Superior Quinto en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, del fallo dictado por esta Sala en fecha 25-11-2003.

 

 

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

 

14.- Expediente Nº 2003-000045: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar contra la decisión de fecha 28-04-2003, emanada del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental “Francisco de Miranda”, mediante la cual negó la solicitud de suspensión del proceso de consulta estudiantil para la escogencia de los representantes estudiantiles a los órganos de Co-gobierno de la referida Universidad.

 

Por recibido Oficio Nº 0820-861, de fecha 18-11-2003, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,  anexo al cual se remite las resultas de la Comisión conferida por esta Sala, en fecha 07-10-2003, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

El Presidente,

 

                                     

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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