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Sala Electoral
  • Fecha: 28 de enero de 2003





SALA ACCIDENTAL Nº 1

 

 

 

SALA ACCIDENTAL Nº 1

 

 

CUENTA Nº 10

 

 

 

Despacho del martes veintiocho (28) de enero de 2003. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Rengifo Camacaro. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

                                                                                                       

Se constituyó la Sala Accidental, la cual quedó integrada así: Presidente: ALBERTO MARTINI URDANETA; Vicepresidente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ; Magistrado: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO; Secretario: ALFREDO DE STEFANO; Alguacil ALEXIS SAEZ. La Sala dará despacho los días lunes, martes, miércoles y jueves de cada semana, de 8:30 a.m. a 3:00 p.m.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

El Magistrado Alberto Martini Urdaneta, consignó diligencia mediante la cual se inhibe de conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por estar incurso en la causal de inhibición prevista en el artículo 82 ordinal 15 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia decisoria, por cuanto la causa se abrió a pruebas de pleno derecho, de conformidad con el artículo 388 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-009, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, la admisión del recurso interpuesto. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, siendo el Secretario quien recibió la referida actuación.

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 03-008, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República, la admisión del recurso interpuesto. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, siendo el Secretario quien recibió la referida actuación.

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

El ciudadano Luis Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 69.014, consignó diligencia  mediante la cual solicita que los Magistrado Luis Martínez Hernández, Rafael Rengifo Camacaro y María Auxiliadora González, se inhiban de conocer del recurso, y en el supuesto negado que esta inhibición no ocurra subsidiariamente de conformidad con el artículo 82 ordinal 15º del Código de Procedimiento Civil recusa a los mencionados Magistrados. Se deja constancia que en la actuación realizada en el Expediente Nº 2003-000001, el Presidente de esta Sala no tuvo ingerencia, pues una vez que se inhibió se abstuvo de efectuar cualquier actuación en la causa, siendo el Secretario quien recibió la referida actuación.

 

 

                                                                                                                       

El Presidente,                                       

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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