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CUENTA Nº 30
Despacho del miércoles tres (03) de marzo de 2004.
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la
asistencia del Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARIA
DILIGENCIA
EN:
1.-
Expediente Nº 2004-000009:
JOSÉ ANTONIO SENGES, asistido por el
abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
69.014, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de
amparo cautelar y subsidiariamente medida de suspensión de efectos, contra el
proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos de Metropolitanos en
fecha 09-07-2003, para elegir a los Delegados a la Convención Nacional.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-027, mediante el
cual se solicita al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe
sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.
2.-
Expediente Nº 2004-000013: CARLOS ALBERTO GUEVARA SOLANO, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando en su propio nombre, interpone
recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la
decisión del Consejo Nacional Electoral, de fecha 24 de febrero de 2004, mediante la cual, acordó someter al procedimiento
de reparo las “planillas o renglones que contienen ‘caligrafía similar o de una
mano’, en las cuales se solicita convocar a diferentes referendos revocatorios
de funcionarios que ocupan Cargos de Elección Popular.
El abogado CARLOS
ALBERTO GUEVARA SOLANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575,
actuando en su propio nombre, presentó diligencia anexa a la cual consignó la
Gaceta Electoral Nº 189 de fecha 27-02-2004.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
3.-
Expediente Nº 2004-000009:
JOSÉ ANTONIO SENGES, asistido por el
abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
69.014, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de
amparo cautelar y subsidiariamente medida de suspensión de efectos, contra el
proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos de Metropolitanos en
fecha 09-07-2003, para elegir a los Delegados a la Convención Nacional.
El abogado
David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, actuando
con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó
escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así
como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso
electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así
como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del
mencionado órgano electoral y formar una (1) pieza separada con los recaudos restantes que acompañaron al escrito,
por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
4.-
Expediente Nº 2003-000091: Jesús Urbieta, León Arismendi, actuando en su propio nombre y en su
carácter de apoderados judiciales de la Confederación
de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.) interponen acción mero declarativa conjuntamente con
acción de amparo constitucional cautelar, a los fines que esta Sala se
pronuncie sobre el reconocimiento de dicha organización sindical como la
organización más representativa de los trabajadores venezolanos.
Siendo
las doce del mediodía (12:00 m.) día y hora fijada, para que
tuviera lugar la declaración testimonial del ciudadano José Ignacio Urquijo, se
dejó constancia de la comparecencia del aludido ciudadano, el cual rindió
testimonio.
DILIGENCIA EN:
5.-
Expediente Nº 2003-000091: Jesús Urbieta, León Arismendi, actuando en su propio nombre y en su
carácter de apoderados judiciales de la Confederación
de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.) interponen acción mero declarativa conjuntamente con
acción de amparo constitucional cautelar, a los fines que esta Sala se
pronuncie sobre el reconocimiento de dicha organización sindical como la
organización más representativa de los trabajadores venezolanos.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-031, mediante el cual se notifica a
CONATEL del auto dictado por esta Sala en fecha 29-02-2004.
NUEVO
ASUNTO INGRESADO:
6.-
Expediente Nº 2004-000016: ENRIQUE
OCHOA ANTICH y RAÚL PINTO PEÑA, asistidos
por el abogado Ismael Ramírez Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
30.837, interponen acción de amparo constitucional contra la resolución
adoptada en el Directorio del Consejo Nacional Electoral, por tres (3) de sus
rectores, ciudadanos Francisco Carrasquero, Jorge Rodríguez y Oscar Battaglini,
mediante la cual se decidió colocar en status de observación y someterlas a la
fase de reparos, numerosas planillas de recolección de firmas denominadas como
“planillas planas o asistidas” y contra
la decisión anunciada el 02-03-2004 por el rector principal del Directorio del
Consejo Nacional Electoral, ciudadano Jorge Rodríguez.
Se dio cuenta
a la Sala.
DILIGENCIA
EN:
7.-
Expediente Nº 2004-000016: ENRIQUE
OCHOA ANTICH y RAÚL PINTO PEÑA, asistidos
por el abogado Ismael Ramírez Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
30.837, interponen acción de amparo constitucional contra la resolución
adoptada en el Directorio del Consejo Nacional Electoral, por tres (3) de sus
rectores, ciudadanos Francisco Carrasquero, Jorge Rodríguez y Oscar Battaglini,
mediante la cual se decidió colocar en status de observación y someterlas a la
fase de reparos, numerosas planillas de recolección de firmas denominadas como
“planillas planas o asistidas” y contra
la decisión anunciada el 02-03-2004 por el rector principal del Directorio del
Consejo Nacional Electoral, ciudadano Jorge Rodríguez.
Los ciudadanos
William Lara e Ismael García, asistidos por el abogado Juan José Molina,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233, consignaron diligencia
mediante la cual de conformidad con el artículo 88 de la Ley Orgánica de la
Corte Suprema de Justicia y los artículos 82 numeral 15 y 90 del Código de
Procedimiento Civil, recusan al Magistrado Presidente Doctor Alberto Martini
Urdaneta.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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