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Sala Electoral
  • Fecha: 03 de junio de 2004





CUENTA Nº 78

 

 

CUENTA Nº 78

 

 

Despacho del jueves tres (03) de junio de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2004-000059: Edgar Arteaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.369, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Cardozo, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral por no haber dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en fecha 06-05-2004 en la Asociación de Empleados Administrativos, Técnicos y de Servicio de la Universidad Central de Venezuela.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró Oficio Nº 04-151.

 

 

 

OFICIO LIBRADO EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000022: ALFREDO JESÚS TINEO SÁNCHEZ Y PASCUAL HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.707, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 040216-129 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-02-2004, mediante la cual niega la inscripción de la organización VISIÓN EMERGENTE (VISIÓN) como partido regional en el estado Miranda.

 

Se libró Oficio Nº 04-152, mediante el cual se comunica al Consejo Nacional Electoral el fallo dictado en fecha 01-06-2004. Asimismo, se remiten los antecedentes administrativos contenidos en  una  (1) pieza, relacionados con dicho juicio.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000056: MANUEL EMILIO GEDLER CEVALLOS, asistido por la abogada Dixy Corina Torres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 31.581, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión dictada por el Consejo Nacional Electoral en sesión del 06-05-2004, mediante la cual se ”... decidió rechazar la proposición presentada por el Dr. Ezequiel Zamora, en relación a conceder a la organización ‘Electores por Miranda’, la facultad de ser la segunda Agrupación Política calificada para escoger posición en la Boleta Electoral para las elecciones en el Estado Miranda”.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (1) pieza separada con  los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 04-129, mediante la cual se le notifica a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas del fallo dictado por esta Sala en fecha 11-05-2004.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000050:   PEDRO MARTÍNEZ, asistido por el abogado Carlos Coquis López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.140, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 040402-506, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-04-2004, publicada en Gaceta Electoral Nº 146 de fecha 23-04-2004, referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone (SINTREBRIFI), período 2003-2005. (Recibido el 14-05-2004)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-144, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral la admisión del recurso.

 

 

6.- Expediente Nº 2004-000050:   PEDRO MARTÍNEZ, asistido por el abogado Carlos Coquis López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.140, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 040402-506, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-04-2004, publicada en Gaceta Electoral Nº 146 de fecha 23-04-2004, referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone (SINTREBRIFI), período 2003-2005. (Recibido el 14-05-2004)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-143, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

7.- Expediente Nº 2004-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar interpuesta por los ciudadanos Alfonso Luis Wetter Meneses y Jorge José Jiménez contra la Junta Directiva de la Asociación Civil Puerto La Cruz Golf &Country Club, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la mencionada Asociación Civil para el período 2003-2005. Oficio Nº 445-04, de fecha 13-05-2004, remitiendo el expediente Nº  BP02-O-2004-000076 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 Cuaderno Separado).

 

Vista la decisión dictada por esta Sala en fecha 01-06-2004, se acordó comisionar al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de que practique las diligencias necesarias para comunicar de la referida decisión a la parte accionante, ciudadanos Alfonso Luis Wetter Meneses y Jorge José Jiménez, así como a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la Asociación Civil  “Puerto La Cruz Golf & Country Club”. Se libraron Oficios números 04-153, 04-154 y boletas.

 

 

8.- Expediente Nº 2003-000062: LUIS EDUARDO BETANCOURT, MARÍA NIEVES GUIÑAN, ANIBAL BLANCO, BELKYS DÍAZ, ANTONIO ARRIAGA, RAIMUNDO KAFRUNI, RAMIRO MORALES y DAMARIS PALOMO, asistidos por los abogados Italo Enrique Bejarano Y William Ayestaran,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.935 y 66.475, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Miranda, por la omisión de convocar a elecciones para elegir a los organismos directivos del  referido Colegio.

 

Visto que en fecha 06-08-2003, se dejó bajo la custodia y resguardo de esta Secretaría dos cassettes identificados con el número “1” y “2”, contentivos de la Asamblea Extraordinaria de fecha 31-07-03, los cuales fueron consignados por los abogados José Luis Rojas y Anny Sosa Orozco, actuando en su carácter de apoderados judiciales del Colegio de Médicos del Estado Miranda, se acordó agregar los referidos cassettes al expediente principal.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2004-000046: HECTOR MATA RODULFO, actuando con el carácter de Secretario General del Partido Político Regional MOVIMIENTO REGIONAL DE AVANZADA interpone acción de  amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Dirección Regional del Consejo Nacional Electoral en el Estado Nueva Esparta, referido al acto de escogencia de la ubicación en la Boleta Electoral de los partidos políticos y grupos de electoral para las próximas elecciones de Gobernador y Diputados al Consejo Legislativo del Estado Nueva Esparta, celebrado el 04-05-2004. (Recibido vía correo electrónico).

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó diligencia mediante la cual ratifica los alegatos expuestos en escrito y diligencia de fecha 14-05-2004 y 20-05-2004, respectivamente.

 

 

El Presidente,                                                                              

                                                                                                                 

                                                                                                          

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

 

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